LO TRIBUTARIO (nº 864)

La seguridad jurídica: el deber de informar a los administrados

Se leen noticias de la intención de la Administración de simplificar el vocabulario y las expresiones que se emplean en los documentos de uno habitual en las relaciones tributarias. En algunos aspectos, estas facilidades para el cumplimiento de las obligaciones y de los deberes tributarios pueden entrañar un verdadero perjuicio en los derechos de los administrados no sólo porque el lenguaje científico (sujeción, no sujeción, exención, gravamen, reducción, deducción, desgravación…) tiene sus especificaciones y sus propios contenidos, sino también porque un criterio de interpretación de las normas es “el sentido propio de sus palabras” (art. 3.1 Cc) y, en las normas tributarias, la ley ordena (art. 12.2 LGT) que, en tanto no se definan por la normativa tributaria los términos empleados en sus normas se entenderán conforme a sus sentido jurídico, técnico o usual, según proceda”.

A este respecto no se puede olvidar que, en España, el castellano es la lengua española oficial del Estado, de modo que “Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla”. En las relaciones entre administrados y Administración, en sus actuaciones, ésta está sometida plenamente, a la Constitución, a la ley y al Derecho (art. 3 Ley 40/2015, LRJSP). Los administrados tributarios tienen derecho a utilizar las lenguas oficiales del territorio de su comunidad autónoma de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento jurídico (art. 34.1.d) LGT y art. 13 Ley 39/2015 LPAC). Todos los administrados tienen derecho a que se les informe y asista en castellano de sus derechos y deberes. La diversidad de planes de enseñanza podría recomendar una prueba específica, ineludible y eliminatoria, de conocimiento y empleo del castellano para el ingreso en los cuerpos naciones de la función pública. Desde luego, no existe obligación de conocer el lenguaje informático y se debe considerar como una lesión grave de la seguridad jurídica en la aplicación de los tributos toda referencia a términos o expresiones en idioma que no sea el castellano, la lengua española, en las instrucciones para cumplimentar documentos o practicar actuaciones con efectos tributarios.

Todos tenemos derecho a ser informados y asistidos por la Administración sobre el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones tributarias (arts. 34.1.a) y 85.1 LGT) y a ser informados al inicio de las actuaciones de comprobación o inspección de la naturaleza y alcance de las mismas, así como de sus derechos y obligaciones en el curso de tales actuaciones (art. 34.1.ñ) LGT). En particular, los interesados deben ser informados al inicio de las actuaciones del procedimiento de Inspección sobre la naturaleza alcance de las mismas, así como de sus derechos y obligaciones en el curso de tales actuaciones (art. 167.2 LGT). La información a que tienen derecho los administrados tributarios no es sólo respecto de las normas que deben aplicar o que se les deben aplicar. Así, en el artículo 34 LGT, se regula el derecho a ser informado de valores de bienes inmuebles que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión (art. 117 LGT). Del mismo modo se debe informar a los administrados porque tienen derecho a conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que son parte (art. 34.1.d) LGT); y a conocer la identidad de las autoridades y personal al servicio de la Administración bajo cuya responsabilidad se tramitan las actuaciones y procedimientos tributarios en los que tenga la condición de interesado.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

¡Navidad! Dios se hizo como nosotros por amor. Como había anunciado los profetas: “Porque un niño nos ha nacido, un hijo se nos ha dado. Sobre sus hombros está el imperio y lleva por nombre: Consejero maravilloso, Dios fuerte, Padre sempiterno, Príncipe de la paz” (Is 9,5). Y también: “Pero tú, Belén Efrata, aunque tan pequeña entre los clanes de Judá, de ti saldrá el que ha de ser dominador en Israel; sus orígenes son muy antiguos, de días remotos. Por eso él los entregará hasta el tiempo en que dé a luz la que ha de dar a luz” (Mi 5,1-2).

“La generación de Jesucristo fue así. María, su madre, estaba desposada con José, y antes de que conviviesen se encontró con que había concebido en su seno por obra del Espíritu Santo. José, su esposo, como era justo y no quería exponerla a infamia, pensó repudiarla en secreto. Consideraba él estas cosas, cuando un ángel del Señor se le apareció en sueños y le dijo: “ – José, hijo de David, no temas recibir a María, tu esposa, porque lo que en ella ha sido concebido es obra del Espíritu Santo. Dará a luz un hijo y le pondrá por nombre Jesús, porque él salvará a su pueblo de sus pecados. Todo esto sucedió para que se cumpliera lo que dijo el Señor por medio del Profeta: Mirad, la virgen concebirá y dará a luz un hijo, a quien pondrán por nombre Enmanuel, que significa Dios-con-nosotros. Al despertarse, José hizo lo que el ángel del señor le había ordenado y recibió a su esposa. Y, sin que la hubiera conocido, dio ella a luz un hijo y le puso por nombre Jesús” (Mt 1,18-25)

“En aquellos días se promulgó un edicto de César Augusto, para que se empadronase todo el mundo. Este primer empadronamiento se hizo cuando Quirino era gobernador de Siria. Todos iban a inscribirse, cada uno a su ciudad. José, como era de la casa y familia de David, subió desde Nazaret, ciudad de Galilea, a la ciudad de David llamada Belén, en Judea, para empadronarse con María, su esposa, que estaba encinta. Y cuando ellos se encontraban allí, le llegó la hora del parto, y dio a luz a su hijo primogénito; lo envolvió en pañales y lo recostó en un pesebre, porque no había lugar para ellos en el aposento” (Lc 2,1-7)

“Había unos pastores por aquellos contornos, que dormían al raso y vigilaban por turno su rebaño durante la noche. De improviso un ángel del Señor se les presentó, y la gloria del Señor los rodeó de luz. Y se llenaron de un gran temor. El ángel les dijo: - No temáis. Mirad que vengo a anunciaros una gran alegría, que lo será para todo el pueblo: hoy os ha nacido, en la ciudad de David, el salvador, el Cristo, el Señor; y esto os servirá de señal; encontraréis a un niño envuelto en pañales y reclinado en un pesebre. De pronto apareció junto al ángel una muchedumbre de la milicia celestial, que alababa a Dios diciendo: “Gloria a Dios en las alturas y paz en la tierra a los hombres en los que Él se complace”. Cuando los ángeles les dejaron, marchándose hacia el cielo, los pastores se decían unos a otros: - Vayamos a Belén para ver esto que ha ocurrido y que el Señor nos ha manifestado. Y fueron presurosos y encontraron a María y a José y al niño reclinado en el pesebre. Al verlo reconocieron las cosas que les habían sido anunciadas sobre el niño. Y todos los que lo oyeron se maravillaron de cuanto los pastores les habían dicho. María guardaba todas estas cosas ponderándolas en su corazón. Y los pastores regresaron, glorificando y alabando a Dios, por todo lo que habían oído y visto, según les fue dicho” (Lc 2,8-20)

LA HOJA SEMANAL
(de 26 a 31 de diciembre)

Lunes (26)

San Esteban, diácono y mártir
Palabras: “Todos os odiarán por mi nombre; …” (Mt 10,22)
Reflexión: … el que persevere hasta el final se salvará”
Propósito, durante el día: Jesús, María y José que este siempre con los tres

Martes (27)

San Juan, apóstol y evangelista
Palabras: Entonces entró también el otro discípulo, … (Jn 20,8)
Reflexión: … el que había llegado primero al sepulcro; vio y creyó”
Propósito, durante el día: Jesús, José y María, os doy el corazón y el alma mía

Miércoles (28)

Los Santos Inocentes, mártires
Palabras: “Levántate, coge al niño y a su madre y huye a Egipto” (Mt 2,13)
Reflexión: Herodes mandó matar a todos los niños de dos años para abajo en Belén
Propósito, durante el día: Jesús, José y María, asistidme en mi última agonía

Jueves (29)

Santo Tomás Becket, obispo y mártir (5º día dentro de la Octava de Navidad)
Palabras: “Cuando llegó el tiempo de la purificación… los padres de Jesús… (Lc 2,22)
Reflexión: … lo llevaron a Jerusalén para presentarlo al Señor”
Propósito, durante el día: Jesús, José y María con vos descanse en paz el alma mía

Viernes (30)

La Sagrada Familia: Jesús, María y José (ciclo A)
Palabras: “Y, avisado en sueños, se retiró a Galilea y se estableció … (Mt 2,23)
Reflexión: … en un pueblo llamado Nazaret”
Propósito, durante el día: Jesús, Hijo de Dios, ten compasión de mí

Sábado (31)

San Silvestre I, papa (7º día dentro de la Octava de Navidad)
Palabras: “La Palabra era la luz verdadera, que alumbra a todo hombre … (Jn 1,15)
Reflexión: … Vino a su casa y los suyos no la recibieron”
Propósito, durante el día: Madre del Amor Hermoso, ayuda a tus hijos

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del día 25 (Navidad) están saturadas del amor de del Amor, hecho hombre para salvarnos: “El mensajero que anuncia la paz, que trae la Buena Nueva, que pregona la vitoria” (Is 52); “Hijo mío eres tú; hoy te he engendrado” o “Yo seré para él un padre, y él será para mí un hijo” (Heb 1); “Y la palabra se hizo carne y acampó entre nosotros y hemos contemplado su gloria: gloria propia del Hijo único del Padre, lleno de gracia y de verdad” (Jn 1). Nació Jesús, Dios con nosotros. La Madre de Dios es nuestra Madre.  

PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO

- “Hermanos, hermanas, ¿qué nos dice José hoy a nosotros? También nosotros tenemos nuestros sueños, y quizá en Navidad pensamos más en ellos, los discutimos juntos. Quizá añoramos algunos sueños rotos, y vemos que las mejores esperanzas a menudo deben enfrentarse a situaciones inesperadas, desconcertantes. Y cuando esto sucede, José nos indica el camino: no hay que ceder a los sentimientos negativos, como la rabia y la cerrazón, ¡este es un camino equivocado! Por el contrario, debemos acoger las sorpresas, las sorpresas de la vida, incluidas las crisis, teniendo en cuenta que cuando se está en crisis no hay que decidir apresuradamente, según el instinto, sino pasar por la criba, como hizo José, “considerar todas las cosas” (cfr. v. 20) y apoyarse en el criterio principal: la misericordia de Dios. Cuando se habita la crisis sin ceder a la cerrazón, a la rabia y al miedo, teniendo la puerta abierta a Dios, Él puede intervenir. Él es experto en transformar las crisis en sueños: sí, “Dios abre las crisis a perspectivas nuevas” que no imaginábamos, quizá no como nosotros nos esperamos, sino como Él sabe. Y estos son, hermanos y hermanas, los horizontes de Dios: sorprendentes, pero infinitamente más amplios y hermosos que los nuestros. Que la Virgen María nos ayude a vivir abiertos a las sorpresas de Dios.” (Angelus, 18 de diciembre de 2022)

- “Es muy hermoso pensar en la vida con el Señor como una relación de amistad que crece día tras día. ¿Habéis pensado en esto? ¡Es el camino! Pensemos en Dios que nos ama, ¡nos quiere amigos! La amistad con Dios tiene la capacidad de cambiar el corazón; es uno de los grandes dones del Espíritu Santo, la piedad, que nos hace capaces de reconocer la paternidad de Dios. Tenemos un Padre tierno, un Padre afectuoso, un Padre que nos ama, que nos ha amado desde siempre: cuando se experimenta, el corazón se derrite y caen dudas, miedos, sensaciones de indignidad. Nada puede oponerse a este amor del encuentro con el Señor.” (Audiencia general, 21 de diciembre de 2022)

(24.12.22)

Noticias fiscales.

a) La Ley 28/2022, de 21 de diciembre (BOE del día 22), De fomento del ecosistema de las empresas emergentes, contiene normas tributarias, como los artículos 7 y 8 que regulan el tipo impositivo y aplazamientos en el IS y en el IRNR; la DF2ª que modifica la LIRNR en su art. 14.1.a) y la LIRPF en sus artículos 14.2, 42.3, 43.1.1º, 68.1, 93 y añade la DA 53. 

b) La Ley 31/2022, de 23 de diciembre (BOE del 24), de Presupuestos Generales del Estado, contiene normas tributarias, como las siguientes novedades y modificaciones:

- en el art. 59: la modificación de los arts. 20, 96,3 y DA 47 LIRPF, rendimientos del trabajo; en el art. 60: los arts. 32.2 y DA 53 LIRPF, rendimientos actividad; en el art. 61: prórroga de límites, reducción de la DA 54 y límites de la DTª 2º, para EOS; en el art. 62, límite de reducción de BI por previsión social y DA 16ª límite financiero de aportaciones; en el art. 63 se modifican los arts. 66 y 76 LIRPF sobre tipos de gravamen de la renta del ahorro; en el art. 64, art. 81 LIRPF sobre deducción por maternidad; en el art. 65, modificación de arts. 101, 3 y 9 LIRPF, sobre retenciones; en el art. 66, la DA 55ª sobre imputación de renta inmobiliaria;  en art. 67 la DA 53ª sobre deducción por vivienda habituar en la isla de La Palma;

- en el art. 68, modificación del art. 29.1 LIS sobre tipos de gravamen; y en el 69, la DA 18ª LIS sobre amortización acelerada; en DF 5 régimen de Cooperativas

- en art. 70, modificaciones en el IAE; en el art. 71, modificación en el IMIVTNU

- en el art. 72 modificaciones en los arts. 16.3, 22, 10y 11 y 62 LIVA; en el art. 73 modificación del art. 70 Dos LIVA; en el art. 74 modificación en el art. 18 Dos y Tres y 19.5º y 21,31 y 7º, y 22, 7 y 16, y 23 y 24 83 Dos y 167 Dos y Anexo Sexto LIVA; en el art., 75 modificación del art. 84 Uno 2º a9 y c) y Anexo Séptimo LIVA; en el art. 76  el art. 68 Cuatro y art. 73 LIVA; en el art. 77, el art. 80 Cuatro y Cinco LIVA; en el art. 78, l tipo reducido del art. 91 LIVA; en el art. 79 la DT 13ª LIVA sobre límites para el Régimen simplificado; en la DT 5ª plazos de modificación de la BI del IVA

- en los arts. 80 a 82 y DT 7ª y DF 6ª y 16ª modificaciones en el IGIC

- en el art. 83 modificación en el art 43 TRLITPyAJD escala en títulos, honores y grandezas

- en el art. 84 modificación de los arts. 9.1 y 94.10 LIES

- en los arts. 85 a 90: tasas, cánones y tarifas

- en la DA 57ª relación de actividades prioritarias de mecenazgo

- en las DA 58 a 69 y DF 34 a 38 beneficios tributarios a acontecimientos

- en la DA 70ª régimen fiscal de las Illes Balears

- en la DT 6ª plazos para renuncia y revocación de EOS en el IRPF y del RS en el IVA

- en DF 10ª modificación del art. 95.1.d) LGT sobre colaboración social

- en DF 33ª aplazamientos y fraccionamientos de deudas y sanciones estatales en situación de preconcursales por la AEAT     

c) La Orden HFP/1245/2022, de 14 de diciembre (BOE del 19), aprueba el modelo 309 del IVA; la orden HFP/1246/2022, de 14 de diciembre (BOE del 19), aprueba el modelo 480, de primas de seguros, y el modelo 190 de retenciones e ingresos a cuenta; la Orden HFP/1259/2022, de 14 de diciembre (BOE del 20), aprueba los precios medios de venta a efectos del ITP, ISyD e IEMT.  

Noticia del blog. El blog “El hecho imponible” alcanza el día 23 de diciembre de 2022 las 99.600 páginas visitadas, desde el 30 de septiembre de 2013. Que Dios nos bendiga.

¡Con los mejores deseos en la Navidad para todos los lectores del blog y para sus familias! 

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