LO TRIBUTARIO (nº 772)

La otra Ley 11/21: entradas en domicilios y locales (arts. 113 y 142 LGT)

En las relaciones entre la Administración de los tributos y los administrados tributarios es preciso regular el cuándo y el dónde. En el “cuándo”, entre otras, como la caducidad, era una referencia infranqueable la prescripción del derecho de la Administración a determinar y exigir las deudas tributarias (arts. 66 a 70 LGT). La Ley 34/2015, al añadir el artículo 66 bis y el artículo 115 en la Ley General Tributaria acabó con la “santidad de la cosa prescrita” y sólo ha producido una reacción de los Tribunales advirtiendo que no cabe comprobar los hechos y situaciones producidos antes de la vigencia de la Ley 58/2003, LGT, porque la LGT/1963 no lo permitía. En cuanto al “dónde”, la LGT/2003 regula procedimientos que no se pueden desarrollar fuera de las oficinas de la Administración (art. 136.4 LGT, para la comprobación limitada) y también regula el lugar de las actuaciones inspectoras (art. 151 LGT). No se regula expresamente el lugar para obtener la información a que obliga el artículo 93.3 LGT, sobre movimientos de cuentas y depósitos, que es una actuación que no constituye procedimiento; y tampoco se regula respecto de las actuaciones de “contraste” de datos declarados por terceros que se presumen ciertos (art. 108. 4 LGT), cuando el afectado alega inexactitud o falsedad. 

El artículo 142 LGT regula las entradas en los lugares donde desarrolla su actividad un administrado tributario, o done existan bienes sujetos a tributación o donde se produzcan hechos imponibles o supuestos de hecho de obligaciones tributarias. Hasta la Ley 11/2021 el artículo decía que cuando el que custodiara esos lugares se opusiera a la entrada de los funcionarios sería preciso obtener una autorización escrita de la autoridad administrativa reglamentariamente señalada. Con la reforma se dice que se exige ese acuerdo, salvo que el titular o custodio de los lugares otorgue el consentimiento.

El artículo 113 LGT regula la entrada en domicilio que es un lugar constitucionalmente protegido (art. 18 CE). La LGT establecía que, en los procedimientos de aplicación de los tributos, cuando sea necesario entrar en el domicilio o efectuar registros en el mismo, la Administración debe obtener el consentimiento del administrado o la oportuna autorización judicial. Con la reforma de la Ley 11/2021ª “procedimientos” se ha añadido “actuaciones” (de aplicación de los tributos), se mantiene “sea necesario”, se exige que la solicitud de autorización judicial esté justificada y motive la finalidad, necesidad y proporcionalidad de la entrada (no dice nada de “registros”). Y lo más grave: se añade que, tanto la solicitud como la concesión de la autorización judicial, se podrán producir aun con carácter previo al inicio formal del correspondiente “procedimiento” (pero si fuera así sería un abuso de Derecho -inquisición por si acaso- si el procedimiento no se iniciara o se iniciara “después”) con el único requisito de que el acuerdo de entrada contenga la identificación del invadido o registrado, los conceptos y períodos que van a ser objeto de comprobación (pero ese futuro es el “procedimiento” que se debió iniciar antes). El final “se aporten” es enigmático o erróneo. Lógicamente, cuando el domicilio constitucionalmente protegido en que sea necesario (art. 113 LGT) sea también lugar donde se puede entrar para comprobar o investigar (art. 142 LGT), se está a las exigencias y requisitos de entrada en domicilio. Aunque antes era a los tribunales civiles, hace poco se empezó a pedir la autorización a los contenciosos más “pro Fisco”. La Ley 11/21 “legaliza” esa vía modificando el artículo 8.6 de la LJCA.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Batiendo marcas en endeudamiento público, en déficit presupuestario, con mínimo crecimiento del PIB y con alta inflación y desempleo, se vive el gozo de lo imaginario.

Navidad. Mirando el belén, en la intimidad del hogar familiar, en la oración sin romper el silencio, la ternura derrama amor a la Sagrada Familia y llena de caricias y piropos al Niño Jesús. Es inevitable la sonrisa cuando, mirándolo tan pequeño en el pesebre, se recuerda las palabras de aquella niña que veía por primera vez a su hermanito recién nacido, aún en brazos de su madre y oyendo todo lo que decían los familiares: “Pero, si no hace nada”. Tan pequeño, no habla, no juega… ¡Es Dios! Es la alegría de la fe.

Mirando al Niño Jesús en el belén se hacen las mejores confidencias; sale, brota, de lo profundo del alma lo que cuesta sacar en los exámenes de conciencia. Y se hacen preguntas que en otras circunstancias se escapan antes de contestarlas; y se encuentra fundamento a lo que parecía no tenerlo: es que ¡Jesús es mi hermano!, al que no necesito contarle nada porque lo adivina con sólo mirarme, al que tengo como cómplice porque sé que lo comprende todo, lo perdona todo. Y así, el cristiano, con esas palabras que la memoria trae de los recuerdos, se recrea en textos que le llevan de la fe a la esperanza y a la seguridad del amor de Dios.

- Señor, Tú me sondeas y me conoces. Me conoces cuando me acuesto y me levanto. De lejos penetras mis pensamientos… No ha llegado la palabra a mi boca y ya Señor, te la sabes toda…” (salmo 139, 1-2.4). “Y, puesto que sois hijos, Dios envió a nuestros corazones el espíritu de su Hijo, que clama: “¡Abbá, Padre!”. De manera que ya no eres siervo, sino hijo; y, como eres hijo, también heredero por la gracia de Dios” (Ga 4,6-7). “Pues el Espíritu mismo da testimonio junto con nuestro espíritu de que somos hijos de Dios. Y si somos hijos, también herederos de Dios, coherederos de Cristo…” (Rm 8,16-17). “Porque a los que de antemano eligió, también predestinó para que lleguen a ser conformes con la imagen de su Hijo, a fin de que él sea primogénito entre muchos hermanos” (Rm 8,29). “La caridad es paciente, la caridad es amable; no es envidiosa, no obra con soberbia, no se jacta; no es ambiciosa, no busca lo suyo, no se irrita, no toma en cuenta el mal, no se alegra por la injusticia, se complace en la verdad; todo lo aguanta, todo lo cree; todo lo espera, todo lo soporta” (1 Co 4-7).

El cristiano, atento a las preguntas de Jesús, recuerda y medita las que están en el Evangelio. Nicodemo vino de noche y, en la conversación, le preguntó Jesús: “¿Tú eres maestro de la Israel y no conoces estas cosas? En verdad, en verdad te digo que hablamos lo que sabemos y damos testimonio de lo que hemos visto, pero no recibís el testimonio nuestro. Si os he hablado cosas de la tierra y no creéis ¿Cómo creeréis si os hablare cosas del cielo? …” (Jn 3,10-11). Y, meditando esas palabras el cristiano recuerda el origen de esa cuestión: “Quien no naciere de nuevo, no puede ver el reino de Dios” (Jn 3,3). Y, como Nicodemo, nos preguntamos cómo nacer de nuevo con nuestra experiencia vital, con nuestras debilidades y nuestras caídas. Y se agolpan en el alma los recuerdos: “Os vivificó con él y perdonó gratuitamente todos vuestros delitos, al borrar el pliego de cargos que nos era adverso y que canceló clavándolo en la cruz” (Col 2,13-14). “No ruego sólo por éstos, sino por los que van a creer en mí por su palabra… Padre, quiero que donde yo estoy también estén conmigo los que Tú me has confiado … Para que el amor con que Tú me amas esté en ellos y yo en ellos” (Jn 17,20.24.26)               

LA HOJA SEMANAL
(del 3 al 9 de enero de 2022) (año de la Familia)

Lunes (3)

Santísimo Nombre de Jesús (Feria de Navidad)
Palabras: “Este es el Cordero de Dios, que quita el pecado del mundo… (Jn 1,29)
Reflexión: … Yo lo he visto y he dado testimonio de que éste es el Hijo de Dios”
Propósito, durante el día: Te ofrezco mi vida, mis obras y trabajos

Martes (4)

San Manuel González García, obispo (Feria de Navidad)
Palabras: “Rabí, que significa Maestro, ¿dónde vives? (Jn 1,38)
Reflexión: - Venid y lo veréis…” Fueron, vieron y se quedaron con Él aquel día
Propósito, durante el día: Señor, que vaya, que vea y que me quede contigo

Miércoles (5)

San Eduardo, el Confesor, rey (Feria de Navidad)
Palabras: “Antes de que Felipe te llamara, … (Jn 1,48)
Reflexión: … cuando estabas debajo de la higuera, te vi”
Propósito, durante el día: Señor, que cada instante me sienta en tu presencia

Jueves (6)

La Epifanía del Señor
Palabras: “Al ver la estrella se llenaron de inmensa alegría” (Mt 2,10)
Reflexión: Vieron al niño con su madre y cayendo de rodillas lo adoraron
Propósito, durante el día: Prepáranos para la eterna Epifanía en el cielo

Viernes (7)

San Raimundo de Peñafort, presbítero (Feria de Navidad) (día de penitencia)
Palabras: “Convertíos, porque está cerca el reino de los cielos” (Mt 4,17)
Reflexión: Le traían todos los enfermos… Y Él los curaba.
Propósito, durante el día: Danos tu amor y tu gracia. Eso nos basta

Sábado (8)

San Eladio, mártir (Feria de Navidad)
Palabras: “Jesús vio una multitud y le dio lástima de ellos” (Mc 6,34)
Reflexión: Comieron todos, se saciaron y recogieron las sobras
Propósito, durante el día: Madre, ruega por nosotros, ahora y en nuestra muerte

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del día 2, domingo (2º después de Navidad) nos llenan de la gloria de Dios, aún niño, siempre Dios: “La sabiduría se alaba a sí misma, se gloría en medio de su pueblo, abre la boca en la Asamblea del Altísimo y se gloría delante de sus potestades” (Si 24); “Para que comprendáis cual es la esperanza a la que os llama, cuál la riqueza de gloria que da en herencia a los santos” (Ef 1); “Hemos contemplado su gloria, gloria propia del Hijo único del Padre” (Jn 1). Navidad. Gloria de Dios.

PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO

- “Jesús no quiere venir sólo a las cosas pequeñas de nuestra vida, sino también “a nuestra pequeñez: cuando nos sentimos débiles, frágiles, incapaces, incluso fracasados. Hermana, y hermano, si, como en Belén, la oscuridad de la noche te rodea, si adviertes a tu alrededor una fría indiferencia, si las heridas que llevas dentro te gritan: “Cuentas poco, no vales nada, nunca serás amado como anhelas”, esta noche, si percibes esto, Dios responde y te dice: “Te amo tal como eres. Tu pequeñez no me asusta, tus fragilidades no me inquietan. Me hice pequeño por ti. Para ser tu Dios me convertí en tu hermano. Hermano amado, hermana amada, no me tengas miedo, vuelve a encontrar tu grandeza en mí. Estoy aquí para ti y sólo te pido que confíes en mí y me abras el corazón”.” (Homilía en la misa de Navidad, 25 de diciembre de 2021)

- “Para preservar la armonía en la familia, hay que luchar “contra la dictadura del “yo”.  Cuando el “yo” se infla. Es peligroso cuando, en lugar de escucharnos, nos reprochamos nuestros errores; cuando, en lugar de preocuparnos por los demás, nos centramos en nuestras propias necesidades; cuando, en lugar de hablar, nos aislamos con nuestros teléfonos móviles; es triste ver a una familia en la comida, cada uno con su teléfono móvil sin hablar con los demás; cada uno habla con su teléfono; cuando nos acusamos unos a otros, repitiendo siempre las mismas frases, escenificando una comedia ya vista en la que cada uno quiere tener razón y al final hay un frío silencio. Ese silencio cortante y frío después de una discusión familiar. ¡Eso es feo, feísimo! Repito un consejo: por la noche, después de todo, hagan las paces. Siempre. No vayan a dormir sin hacer las paces. Nunca vayan a dormir sin haber hecho las paces, porque si no, al día siguiente habrá una “guerra fría·. Y esta es peligrosa porque comenzará una historia de reproches, una historia de resentimientos.” (Angelus, 26 de diciembre 2021)

- “En realidad, la vida cotidiana de cada persona requiere valor. Nuestra vida ―la tuya, la mía, la de todos nosotros― requiere valentía: ¡no se puede vivir sin valentía! La valentía para afrontar las dificultades de cada día. En todas las épocas y culturas encontramos hombres y mujeres valientes que, por ser coherentes con sus creencias, han superado todo tipo de dificultades, soportado injusticias, condenas e incluso la muerte. La valentía es sinónimo de fortaleza, que, junto con la justicia, la prudencia y la templanza forma parte del grupo de virtudes humanas conocidas como “cardinales”. La lección que hoy nos deja José es la siguiente: la vida siempre nos depara adversidades, esto es verdad, y ante ellas también podemos sentirnos amenazados, con miedo, pero sacar lo peor de nosotros, como hace Herodes, no es el modo para superar ciertos momentos, sino actuando como José, que reacciona ante el miedo con la valentía de confiar en la Providencia de Dios.” (Audiencia general, 29 de diciembre de 2021)

- “Y al colocarlo ante nuestros ojos, sin decir ninguna palabra, nos da un mensaje estupendo: Dios está cerca, a nuestro alcance. No viene con el poder de quien quiere ser temido, sino con la fragilidad de quien pide ser amado; no nos juzga desde lo alto de un trono, sino que nos mira desde abajo como un hermano, más aún, como un hijo. Nace pequeño y necesitado para que nadie deba avergonzarse jamás de sí mismo: precisamente cuando experimentamos nuestra debilidad y nuestra fragilidad, podemos sentir a Dios aún más cerca, porque se nos ha presentado así, débil y frágil. Es el Dios-niño que nace para no excluir a nadie. Para hacer que nos convirtamos todos en hermanos y hermanas.” (Angelus, día 1 de enero de 2022)

El blog “El hecho imponible” desea a todos sus lectores lo mejor en el año 2022 y todos los que le sigan.

(2.01.22)

Noticias fiscales. En el BOE del día 29 de diciembre, se incluyen disposiciones con contenido tributario. Así, el RD-L 31/2021, de 28 de diciembre, modifica el régimen fiscal de Canarias, permitiendo inversiones anticipadas en la RIC, que se comunicarán en las autoliquidaciones del IRPF y del IS; y también se señalan plazos de renuncias y revocaciones de EOS en el IRPF y del RS en el IVA, dando validez a las ya presentadas para 2022 que también se pueden modificar; todo en los términos en que se regula.

Se publica la Ley 22/2021, de Presupuestos General del Estado para 2022, que modifica (arts. 59 a 64 LPGE): las aportaciones a Planes de previsión social; prórroga los límites de exclusión para la EOS en el IRPF y el RS en el IVA; establece tipos mínimos en el IS: el 15% para sociedades con más de 20 millones de euros de cifra de negocios o en grupo consolidado, el 10% para sociedades a las que se aplica el tipo del 15%  y el 18% para entidades de crédito y de explotación e investigación de hidrocarburos a las que se aplica el tipo del 30% y se modifica la bonificación en el arrendamiento de viviendas y las deducciones en el grupo consolidado; también se regula la tributación mínima en el IRNR; se crea un nuevo grupo en el IAE y se actualiza un 1% la tributación por IAJD de títulos, honores y grandezas; se modifican varias tasas. Se fija el interés de legal en el 3% y el de demora en el 3,75% (DAd 46ª LPGE). Las DAd 59ª a 80ª (LPGE) regulan beneficios fiscales para acontecimientos. Y, a pesar de que puede ser inconstitucional, las DF 1ª a 31ª (LPGE) modifican leyes, incluso generales o de presupuestos, decretos legislativos y decretos leyes.   

Noticias de los blogs. Acaba el año 2021 y el blog “El hecho imponible” ha alcanzado las 92.100 páginas visitadas desde aquel lejano 30 de septiembre de 2013. En el último mes con lectores de España, sobre todo, Estados Unidos, Alemania, Francia, Portugal, Suecia, Noruega, Polonia. Se ha cumplido una etapa, impensable hace años. Gracias a los lectores. En la ancianidad, como se pueda y si se puede, si Dios quiere, se seguirá.

Y ésta ha sido la tarea acumulada del año 2021:  

1. Blog “EL HECHO IMPONIBLE” (aparición: 30.09.13)

LO TRIBUTARIO

01. “Nemo dat quod non habet” (nº 672) (3.01.21)
02. “Locus regit actum” (nº 674) (10.01.21)
03. “Testes unus, testes nullus” (nº 676) (17.01.21)
04. “Traditio. Traditio ficta. Quasitraditio” (nº 678) (24.01.21)
05. “Actio nata” (nº 680) (31.01.21)
06. “Mora accipendi. Mora solvendi” (nº 682) (7.02.21)
07. “Datio pro soluto. Datio pro solvendo” (nº 684) 14.02.21)
08. “Fiducia”, “Fiducia cum amico”, “Fiducia cum creditore” (nº 686) (21.02.21)
09. La buena Administración (1): Marco normativo (nº 688) (28.02.21)
10. La buena Administración (2): Regularización íntegra (nº 690) (7.03.21)
11. La buena Administración (3): La provisionalidad (nº 692) (14.03.21)
12. La buena Administración (4): La duración de los procedimientos (nº 694) (21.03.21)
13. La buena Administración (5): Caducidad de los procedimientos (nº 696) (28.03.21)
14. La buena Administración (6): La prescripción (nº 698) (4.04.21)
15. La buena Administración (7): La perención (nº 700) (11.04.21)
16. La buena Administración (8): Los actos propios (nº 702) (18.04.21)
17) La buena Administración (9): La revisión administrativa (nº 704) (25.04.21)
18) La buena Administración (10): La revisión administrativa (2) (nº 706) (2.05.21)
19) La buena Administración (11): Actos anulados (nº 708) (9.05.21)
20) La buena Administración (12): La desviación de poder (nº 710) (16.05.21)
21) La buena Administración (13): La motivación de los actos (nº 712) (23.05.21)
22) La buena Administración (14): El procedimiento adecuado (1) (nº 714) (30.05.21)
23) La buena Administración (15): El procedimiento adecuado (2) (nº 716) (6.06.21)
24) La buena Administración (16): El procedimiento adecuado (3) (nº 718) (13.06.21)
25) La buena Administración (17): comprobación limitada (nº 720) (20.06.21)
26) La buena Administración (18): inspección tributaria (1) (nº 722) (27.06.21)
27) La buena Administración (19): inspección tributaria (2) (nº 724) (04.07.21)
28) La buena Administración (20): inspección tributaria (3) (nº 726) (11.07.21)
29) La buena Administración (21): procedimiento sancionador (1) (nº 728) (18.07.21)
30) La buena Administración (22): procedimiento sancionador (2) (nº 730) (25.07.21)
31) La buena Administración (23): procedimiento sancionador (3) (nº 732) (1.08.21)
32) La buena Administración (24): principios sancionadores (nº 733) (8.08.21)
33) La buena Administración (25): expediente sancionador (nº 734) (15.08.21)
34) La buena Administración (26): sociología fiscal (nº 735) (22.08.21)
35) La buena Administración (27): revisión tributaria (1) (nº 736) (29.08.21)
36) La buena Administración (y 28): revisión tributaria (y 2) (nº 738) (5.09.21)
37) Sensibilidad fiscal (nº 740) (12.09.21)
38) La otra Ley 11/21: 1) pretensiones (nº 742) (19.09.21)
39) La otra Ley 11/21: 2) principios (nº 744) (26.09.21)
40) La otra Ley 11/21: 3) norma general antiabuso (nº 746) (3.10.21)
41) La otra Ley 11/21: 4) intereses de demora (nº 748) (10.10.21)
42) La otra Ley 11/21: 5) recargos (nº 750) (17.10.21)
43) La otra Ley 11/21: 6) obligaciones formales (nº 752) (24.10.21)
44) La otra Ley 11/21: 7) representación (nº 754) (31.10.21)
45) La otra Ley 11/21: 8) responsables (nº 756) (7.11.21)
46) La otra Ley 11/21: 9) valor de referencia (nº 758) (14.11.21)
47) La otra Ley 11/21: 10) valor de referencia (2) (nº 760) (21.11.21)
48) La otra Ley 11/21: 11) valor de referencia (3) (nº 762) (28.11.21)
49) La otra Ley11/21: 12) valor de referencia (y 4) (nº 764) (5.12.21)
50) La otra ley 11/21: 13) identificaciones (nº 766) (12.12.21)
51) La otra Ley 11/21: 14) informaciones (nº 768) (19.12.21)
52) La otra Ley 11/21: 15) suspensión del ingreso (nº 770) (26.12.21)

ESTUDIOS

01. Ley 11/2021: comentarios (1) (nº 737) (2.09.21)
02. Ley 11/2021: comentarios (2) (nº 739) (9.09.21)

RESEÑAS

01. Reseña de jurisprudencia: IRPF/2020 (nº 707) (6.05.21)
02. Reseña de jurisprudencia: IS/2020 (nº 725) (8.07.21)
03. Documentación sobre procedimientos tributarios (nº 759) (17-11-21)

PAPELES DE J.B.

01. Doctrina tributaria comentada (teac oct-nov 2020) (nº 673) (7.01.21)
02. Jurisprudencia tributaria comentada (nov 2020) (nº 675) (14.01.21)
03. Jurisprudencia tributaria comentada (dic. 2020) (nº 677) (21.01.21)
04. Jurisprudencia tributaria comentada (nov / dic 2020) (nº 679) (28.01.21)
05. Jurisprudencia tributaria comentada (nov/dic 2020) (nº 681) (4.02.21)
06. Doctrina tributaria comentada (teac ene 2021) (nº 685) (18.02.21)
07. Jurisprudencia tributaria comentada (ene 2021) (nº 689) (4.03.21)
08. Jurisprudencia tributaria comentada (ene/feb 2021) (nº 691) (11.03.21)
09. Doctrina tributaria comentada (teac ene/feb 2021) (nº 693) (18.03.21)
10. Jurisprudencia tributaria comentada (ene/feb 2021) (nº 695) (25.03.21)
11. Jurisprudencia tributaria comentada (ene/feb 2021) (nº 697) (1.04.21)
12. Doctrina tributaria comentada (teac feb/marz 2021) (nº 699) (8.04.21)
13. Jurisprudencia tributaria comentada (feb/marz 2021) (nº 701) (15.04.21)
14. Jurisprudencia tributaria comentada (feb 2021) (nº 703) (22.04.21)
15. Doctrina tributaria comentada (teac marzo 2021) (nº 705) (29.04.21)
16. Jurisprudencia tributaria comentada (marzo 2021) (nº 709) (14.05.21)
17. Jurisprudencia tributaria comentada (marzo 2021) (nº 711) (20.05.21)
18. Doctrina tributaria comentada (teac abril 2021) (nº 713) (27.05.21)
19. Jurisprudencia tributaria comentada (marzo 2021) (nº 715) (3.06.21)
20. Jurisprudencia tributaria comentada (marzo 2021) (nº 717) (10.06.21)
21. Jurisprudencia tributaria comentada (marzo 2021) (nº 719) (17.06.21)
22. Doctrina tributaria comentada (teac mayo 2021) (nº 721) (24.06.21)
23. Jurisprudencia tributaria comentada (abril 2021) (nº 727) (15.07.21)
24. Jurisprudencia tributaria comentada (mayo 2021) (nº 729) (22.07.21)
25. Doctrina tributaria comentada (teac junio 2021) (nº 731) (29.07.21)
26. Jurisprudencia tributaria comentada (mayo 2021) (nº 741) (16.09.21)
27. Jurisprudencia tributaria comentada (mayo 2021) (nº 743) (23.09.21)
28. Doctrina tributaria comentada (teac julio 2021) (nº 745) (29.09.21)
29. Jurisprudencia tributaria comentada (TS jun/jul 2021) (nº 747) (7.10.21)
30. Jurisprudencia tributaria comentada (AN jun 2021) (nº 749) (14.10.21)
31. Jurisprudencia tributaria comentada (AN junio 2021) (nº 751) (21.10.21)
32. Doctrina tributaria comentada ((teac sep 2021) (nº 753) (28.10.21)
33. Jurisprudencia tributaria comentada (sept 2021) (nº 755) (4.11.21)
34. Jurisprudencia tributaria comentada (jul 2021) (nº 757) (12.11.21)
35. Jurisprudencia tributaria comentada (jul/sep 2021) (nº 761) (25.11.21)
36. Doctrina tributaria comentada (teac oct 2021) (nº 763) (2.12.21)
37) Jurisprudencia tributaria comentada (jul/sep 2021) (nº 765) (9.12.21)
38) Jurisprudencia tributaria comentada (jul/sep 2021) (nº 767) (16.12.21)
39) Doctrina tributaria comentada (teac nov 2021) (nº 769) (23.12.21)
40) Jurisprudencia tributaria comentada (sep/oct 2021) (nº 771) (30.12.21)

ESTUDIOS TRIBUTARIOS

01. Curso de procedimientos tributarios (I) (nº 683) (11.02.21)
02. Curso de procedimientos tributarios (II) (nº 687) (25.02.21)
03. Libertad y fiscalidad (nº 723) (30.06.21)

2. Blog “PARA SIEMPRE Y SIN CONDICIONES” (aparición: 20.10.17)

01. Estudios tributarios (2020) (3.01.21)
02. Doctrina tributaria comentada (2020) (29.01.20)
03. Jurisprudencia tributaria comentada (2020) (4.02.20)
04. Latín para tributaristas (2020) (25.02.21)
05. Derecho a una buena Administración (9.09.21)
06. Comentarios a la Ley 11/2021 (10.09.21)

3. Blog “Y LE SEGUÍA POR EL CAMINO” (aparición: desde 13.10.17)

01. Palabras del papa Francisco (2020) (3.01.21)
02. De un cristiano (2021) (21.11.21)

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