LO TRIBUTARIO (nº 819)

La seguridad jurídica: reiteración y preclusión

“Ten misericordia de mí, Dios mío, según tu piedad, según tu inmensa compasión borra mi delito. Lávame por completo de mi culpa y purifícame de mi pecado…. Rocíame con hisopo y quedaré limpio, lávame y quedaré más blanco que la nieve…” (salmo 50,3-4.9). La misericordia no está en la justicia de los hombres, pero es la esencia de la justicia divina: “Perdónalos, porque no saben lo que hacen” (Lc 23,34). Al contribuyente la ley le obliga no sólo a que declare los hechos y circunstancias sin omisión y con exactitud, sino también a que califique jurídicamente los hechos, aunque no tenga conocimiento alguno de Derecho, y a que practique sin error una liquidación tributaria, que es tarea en la que pueden fracasar estudiantes, maestros y profesionales.

Cuando el contribuyente es consciente de que ha incurrido en un olvido, en un error, en una inexactitud, en la autoliquidación, si ya ha transcurrido el plazo reglamentario de presentación, hay cosas que no puede cambiar (por ejemplo, las opciones tomadas, como tributar de forma individual o conjunta en el IRPF: art. 119.3 LGT); lo demás puede cambiar, según: si es una declaración sin autoliquidación, en cualquier momento y en cualquier sentido, mediante una declaración sustitutiva o complementaria (arts. 122 LGT); si fue una autoliquidación, puede presentar otra complementaria para ingresar más o reducir el resultado negativo (art. 122 LGT), pero si es para reducir el resultado negativo o para que se le devuelva en todo o en parte lo ingresado, tiene que solicitarlo mediante el correspondiente procedimiento (art. 123 LGT). Si la Administración inicia un procedimiento (verificación, comprobación de valor, comprobación limitada) antes de esas correcciones del administrado, regularizará la situación mediante la correspondiente liquidación y, en su caso, iniciará un procedimiento sancionador. Los ingresos fuera de plazo del administrado conllevan recargos e intereses. En la disconformidad con la Administración el administrado puede interponer recursos y reclamaciones que pueden ser estimados o no.

La Administración es la competente para la aplicación de los tributos (art. 5 LGT). Lo hace mediante empleados con conocimientos tributarios reconocidos y contrastados. Y actúa mediante procedimientos para, si procede, regularizar la situación tributaria del administrado. La seguridad jurídica (art. 9 CE) parece exigir que esa regularización fuera íntegra (es un principio de una buena Administración) y que la liquidación definitiva. Pero la ley establece que la regla sea el alcance parcial y la liquidación provisional (art. 101 LGT). La Administración puede volver una y otra vez sobre el mismo contribuyente mediante actuaciones parciales, salvo respecto de lo que se pudo haber conocido en el procedimiento anterior (preclusión). La seguridad jurídica (art. 9 CE) parece exigir que la anulación de una actuación de la Administración por ser contraria a Derecho, impidiera volver sobre ese mismo objeto (actas de tiro único), pero esa doctrina de los tribunales duró poco. Una sentencia o una resolución puede: anular una liquidación permitiendo otra dentro del plazo de prescripción (reiteración), salvo que se incida dos veces en el mismo vicio (santidad de la cosa juzgada); o puede ordenar que se retrotraigan (retroacción) las actuaciones al momento procedimental en que se produjo el vicio anulatorio para que subsane y se ajuste a Derecho lo viciado. Los actos anulados de la Administración no determinan expediente sancionador.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Aumentar la población subsidiada no es medida fiscal, sino de beneficencia: la propensión al consumo determinará aumento de recaudación por IVA y riesgos en IRPF

Tiempo Ordinario. Sentimientos diversos al pensar en los días pasados con sus ilusiones y frustraciones porque cada día tiene su propio agobio (Mt 6,34); y se piensa también en los días próximos más o menos inmediatos porque se podrá descansar y porque la diversión será variar en el quehacer. El cristiano, que vive en Cristo porque “Ya no vivo yo, es Cristo que vive en mi” (Ga 2,20), da un sentido trascedente el devenir de los días y es consciente de que la vida es camino hacia y hasta el cielo donde nos espera Dios, que es Padre. Es imposible no tener presente el pasaje evangélico del padre bueno, del hijo que abandonó el amor y volvió al amor y del hijo que vivió en el amor sin ser consciente de lo que es esa situación: “Cuando aún estaba lejos, le vio su padre y se compadeció. Y corriendo a su encuentro, se le echó al cuello y le cubrió de besos” (Lc 15,20). Y también: “Hijo, tú siempre estás conmigo, y todo lo mío es tuyo” (Lc 15,31)

Cristianismo es amor (“Amo porque amo”, san Bernardo. Sermón 83,4-6). Y amor es encuentro con el que nos ama y con el deberíamos amar y por eso el cristiano pide y se exige “querer querer” (Señor haz que te quiera como Tú quieres que te quiera”), que nada le aparte del amor de Dios (Rm 8,39) y a Dios, y desea vivir “metido en Dios” y “lleno de Dios”. Así, el cristiano, siguiendo lo que podría ser un orden cronológico en la vida de Jesús según los evangelios, puede ayudarse en mantener ese encuentro amoroso recordando y respondiendo las preguntas que hace el Señor: “Díjole uno: -Tu madre y tus hermanos están fuera esperando para hablarte. Y respondió a quien le había hablado: -¿Quién es mi madre y quienes son mis hermanos?. Y, extendiendo la mano hacia sus discípulos, dijo: - He aquí a mi madre y a mis hermanos. Pues quienquiera que cumpla la voluntad de mi padre del Cielo, ése es mi hermano, hermana y madre” (Mt 12,47-50; cf. Mc 3,31-35, Lc 8,10-21). En el recuerdo: “Bienaventurado el vientre que te llevó y los pechos que criaron” y la réplica de Jesús: “Bienaventurados más bien los que escuchan la palabra de Dios y la guardan” (Lc 11,27-28)

Antes se puede leer: “Entonces llega a casa y se vuelve a juntar la muchedumbre, de manera que no podían ni siquiera comer. Al enterarse sus parientes fueron a llevárselo, porque decían que había perdido el juicio” (Mc 3,20-21). Indiscutida la virginidad de María, por “los hermanos de Jesús” (cf. Mc 3,1 y 6,3; 1 Co 9,50; Ga 1,19) se debe entender (CIC nº 500) “parientes próximos”; así, Santiago y José “hermanos de Jesús” (Mt 13,55) son los hijos de María, una discípula (Mt 27,56) que se designa como “la otra María” (Mt 28,1).

Hijos de Dios: “Pues el espíritu mismo da testimonio junto con nuestro espíritu de que somos hijos de Dios. Y si somos hijos, también herederos: herederos de Dios, coherederos de Cristo con tal de que padezcamos con él, para ser con él también glorificados” (Rm 8,16-17). Pero al llegar la plenitud de los tiempos, envió Dios a su Hijo, nacido de mujer, nacido bajo la Ley, para redimir a los que estaban bajo la Ley, a fin de que recibiéramos la adopción de hijos… De manera que ya no eres siervo, sino hijo; y, como eres hijo, también heredero por la gracia de Dios” (Ga 4, 4-5.7). “Bendito sea el Dios y Padre de nuestro Señor Jesucristo… Nos predestinó a ser sus hijos adoptivos por Jesucristo…” (Ef 1,1.5).

LA HOJA SEMANAL
(del 4 al 9 de julio)

Lunes (4)

Santa Isabel de Portugal (14ª TO)
Palabras: “Una mujer se acercó por detrás y le tocó el borde del manto…” (Mt 9,20)
Reflexión: … Jesús se volvió y, al verla, le dijo: - ¡Ánimo, hija! Tu fe te ha curado”
Propósito, durante el día: Señor, creo que estás aquí, que me ves, que me oyes

Martes (5)

San Antonio María Zaccaría, presbítero y fundador (14ª TO)
Palabras: “La mies es abundante, pero los trabajadores son pocos… (Mt 9,37)
Reflexión: … rogad, pues, al Señor de la mies que mande más trabajadores”
Propósito, durante el día: Señor, llama y trae a muchos y santos sacerdotes

Miércoles (6)

Santa María Goretti, virgen y mártir (14ª TO)
Palabras: “Id y proclamad que el Reino de los cielos está cerca” (Mt 10,7)
Reflexión: Id a las ovejas descarriadas
Propósito, durante el día: Señor, llama y trae religiosas y religiosos santos

Jueves (7)

San Fermín, obispo y mártir (14ª TO)
Palabras: “Lo que habéis percibido gratis, dadlo gratis” (Mt 10,8)
Reflexión: Si alguno no os recibe o no os escucha sacudid el polvo de los pies
Propósito, durante el día: Señor, danos tu amor y tu gracia

Viernes (8)

Santos Aquila y Priscila (14ª TO) (día de abstinencia)
Palabras: “Todos os odiarán por mi nombre” (Mt 10,22)
Reflexión: El Espíritu de vuestro Padre hablará por vosotros
Propósito, durante el día: Ven Espíritu Santo, enciende en nosotros el fuego de tu amor

Sábado (9)

Nª Sª de la Paz, NªSª del Rosario de Chiquinquirá, patrona de Colombia (14ª TO)
Palabras: “Si uno se pone de mi parte ante los hombres… (Mt 10,32)
Reflexión: … yo también me pondré de su parte ante mi Padre del cielo”
Propósito, durante el día: Todo a Jesús por María; todo a María para Jesús

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del día 3, domingo (14º TO, ciclo C; santo Tomás, apóstol) son llamadas a la alegría en Dios: “Llevarán en brazos a sus criaturas y sobre las rodillas los acariciarán, como a un niño a quien su madre consuelo, así os consolaré yo” (Is 66); “La gracia de nuestro Señor Jesucristo esté con vuestro espíritu” (Ga 6); “Estad alegres porque vuestros nombres están inscritos en el cielo” (Lc 10). Dios que consuela, Dios que reparte sus gracias para todos, Dios que nos quiere, a cada uno por nuestro nombre.

PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO

- “Ahora preguntémonos, ¿cuál es nuestra posición? Ante los desacuerdos, los malentendidos, ¿nos dirigimos al Señor, le pedimos su constancia para hacer el bien? ¿O buscamos la confirmación en los aplausos y acabamos amargados y resentidos cuando no los oímos?  ¿Cuántas veces, consciente o inconscientemente, buscamos el aplauso, la aprobación de los demás? ¿Y lo hacemos por los aplausos? No, eso no está bien. Debemos hacer el bien por el servicio y no buscar el aplauso. A veces creemos que nuestro fervor se debe a un sentimiento de rectitud por una buena causa, pero en realidad la mayoría de las veces no es más que orgullo, combinado con debilidad, susceptibilidad e impaciencia. Pidamos entonces a Jesús la fuerza para ser como Él, para seguirle con firmeza por el camino del servicio. No ser vengativo, no ser intolerante cuando surgen dificultades, cuando nos desvivimos por el bien y los demás no lo entienden, es más, cuando nos descalifican. No: silencio y adelante.” (Angelus, día 26 de junio de 2022)

- “Podemos preguntarnos: ¿somos capaces nosotros de custodiar el tenor de esta relación de Jesús con los discípulos, según su estilo tan abierto, tan franco, tan directo, tan humanamente real? ¿Cómo es nuestra relación con Jesús? ¿Es así, como la de los apóstoles con Él? ¿No estamos, sin embargo, muy a menudo tentados a encerrar el testimonio del Evangelio en la crisálida de una revelación “azucarada”, a la que añadimos nuestra veneración de circunstancia? Esta actitud, que parece de respeto, en realidad nos aleja del verdadero Jesús, e incluso se convierte en ocasión para un camino de fe muy abstracto, muy autorreferencial, muy mundano, que no es el camino de Jesús. Jesús es el Verbo de Dios hecho hombre, y Él se comporta como hombre, Él nos habla como hombre, Dios-hombre. Con esta ternura, con esta amistad, con esta cercanía. Jesús no es como esa imagen azucarada de las estampitas, no: Jesús está a la mano, está cerca de nosotros.” (Audiencia general, día 22-6-22)

(3.07.22)

Noticias fiscales. El RD-L 11/22, de 25 de junio (BOE del 26) contiene normas tributarias como: la prorroga en el tipo de gravamen del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica y en el tipo de gravamen del IVA en las operaciones con mascarillas (art. 17); la reducción del tipo de gravamen IVA en las operaciones con energía eléctrica (art. 18). Y también se regula el pago único de 200 euros a personas físicas con bajo nivel de renta.

La Ley 12/2022, de 30 de junio, modifica la Ley de Planes y fondos de pensiones e incluye normas tributarias como: La DF 1ª modifica Art. 52.1 LIRPF sobre reducciones pro aportaciones, también la DAd 16ª sobre límite de aportaciones y añade la DAd 15ª sobre Productos panaeuropeos de pensiones individuales; la DF 2ª modifica la LIP en el art. 4 Cinco añadiendo una letra f) sobre valor de los productos paneuropeos de pensiones individuales; la DF 5ª añadiendo una DAd que modifica la LIS en la deducciones por aportaciones empresariales; la DF 6ª modifica la Ley 5/2020 en el Impuesto sobre Transacciones Financieras.  

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