LO TRIBUTARIO (nº 714)
La buena Administración (14): El
procedimiento adecuado (1)
El artículo 41 de la Carta de Derechos Fundamentales
de la UE (7.12.2000), establece: “1. Toda persona tiene derecho a
que las instituciones, órganos y organismos de la Unión traten sus asuntos
imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable.”
La LGT/1963 distribuía sus procedimientos en dos
órdenes: la gestión, para la liquidación y recaudación, por una parte y la
revisión administrativa, por otra (cf. art. 90 LGT/1963). Sólo regulaba un
procedimiento de gestión para la aplicación de los tributos. Se iniciaba con la
declaración del contribuyente, de oficio, por investigación y por denuncia
pública y concluía con la liquidación (arts. 101 y 120 LGT/1963). Las presiones
corporativas determinaron que las actuaciones de comprobación e investigación,
que se desarrollaban por funcionarios inspectores y que daban lugar a una
propuesta de liquidación que se dictaba o no, con o sin modificaciones, por el
funcionario titular del órgano de Gestión, ganaran autonomía de modo que, en la
regulación de las competencias de la Inspección de los tributos (art. 140
LGT/1963), se incluyó practicar las liquidaciones resultantes de las
actuaciones de comprobación e investigación. La LGT/2003 reguló el
“procedimiento” de inspección, la denuncia pública, por sí misma, no inicia un
procedimiento de gestión.
La LGT/2003 multiplicó los procedimientos de
aplicación de los tributos: a los órganos de Gestión corresponden los
procedimientos: de devolución de ingresos, de liquidación en los procedimientos
iniciados por declaración, de verificación de datos declarados, de comprobación
de valores y de comprobación limitada; la Inspección es competente para
comprobar la veracidad y exactitud de las declaraciones presentadas, para
comprobar valores, para comprobar los requisitos de los beneficios e incentivos
fiscales, para realizar comprobaciones limitadas, para investigar los hechos no
declarados y para practicar las liquidaciones resultantes de las actuaciones
comprobación e investigación. Las actuaciones en los procedimientos de gestión
determinan liquidaciones provisionales porque no permiten comprobar
íntegramente todos os elementos y circunstancias determinantes de la obligación
tributaria del contribuyente.
Por ese motivo los procedimientos de gestión, y el de
inspección cuando las actuaciones han tenido un alcance parcial, se pueden
suceder uno tras otro sin límite en el tiempo en cuanto que cada uno interrumpe
la prescripción. Esta regulación puede determinar una inseguridad jurídica infinita.
Ciertamente estaría prohibido -preclusión- volver otra vez sobre el mismo
objeto de comprobación o investigación, pero en algún caso no es así, como
ocurre en el procedimiento de verificación de datos (art. 133.2 LGT), y en
comprobación limitada e inspección es posible volver cuando se descubren nuevos
hechos o circunstancias (arts. 140 LGT). Pero también hay inseguridad en los
procedimientos de gestión en cuanto a los límites de su contenido. Así, el
procedimiento de verificación sólo puede contrastar “datos” (declarados con los
que están en poder de la Administración) y no debería comprobar la realidad de
los hechos, su calificación jurídica ni la aplicación de la norma, salvo
patente aplicación indebida; en la comprobación limitada no cabe examinar la
contabilidad, ni requerir información sobre movimientos financieros. Tramitar y
resolver un procedimiento indebido determina la nulidad de pleno derecho.
DE LO HUMANO A LO DIVINO
No salen las cuentas. El Gobierno dice que estamos
lejos de la presión fiscal en la UE; los expertos independientes nos sitúan en
la media. Y nadie cuenta la carga de cada uno.
Santísima Trinidad. Últimos días del mes de mayo, el
mes de la Virgen María. Como dice el Símbolo Atanasiano y se recoge en el
Catecismo: “La fe católica es ésta: que veneremos un solo Dios en la Trinidad y
la Trinidad en la unidad, no confundiendo las Personas ni separando la
substancia; una es la persona del Padre, otra la del Hijo, otra la del Espíritu
Santo; pero del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo una es la divinidad,
igual la gloria, coeterna la majestad” (Quicumque; CIC nº 266)
“La Trinidad es una. No confesamos tres dioses, sino
un solo Dios en tres personas: “La Trinidad consubstancial” (Concilio
Constantinopolitano II, año 553). Las personas divinas no se reparten la única
divinidad, sino que cada una de ellas es enteramente Dios. “El Padre es lo
mismo que es el Hijo, el Hijo lo mismo que es el Padre, el Padre y el Hijo lo
mismo que el Espíritu Santo, es decir, un solo Dios por naturaleza” (XI
Concilio de Toledo, año 675). “Cada una de las tres personas es esta realidad,
es decir, la substancia, la esencia o la naturaleza divina” (IV Concilio de
Letrán, año 1215)” (CIC nº 253). “A causa de esta unidad, el Padre está todo en
el Hijo, todo en el Espíritu Santo; el Hijo está todo en el Padre, todo en el
Espíritu Santo; el Espíritu Santo está todo en el Padre, todo en el Hijo”
(Concilio de Florencia, año1442)” (CIC nº 255).
“Si lo comprendes no es Dios” (san Agustín, sermón
117.5). “La trinidad es un misterio de fe en sentido estricto, uno de los
misterios escondido de Dios “que no pueden ser conocidos si no son revelados
desde lo alto”. Dios, ciertamente, ha dejado huellas de su ser trinitario en su
obra de Creación y en su Revelación a lo largo del Antiguo testamento. Pero la
intimidad de su Ser como Trinidad Santa constituye un misterio inaccesible a la
sola razón e incluso a la fe de Israel antes de la Encarnación del Hijo de Dios
y en Envío del Espíritu Santo” (CIC n 237)
En la Santísima Trinidad descansa el alma. “Dios mío,
Trinidad que adoro, ayúdame a olvidarme enteramente de mí misma para
establecerme en ti, inmóvil y apacible como si mi alma estuviera ya en la
eternidad; que nada pueda turbar mi paz, ni hacerme salir de ti, mi inmutable,
sino que cada minuto me lleve más lejos en la profundidad de tu Misterio.
Pacifica mi alma. Haz de ella tu cielo, tu morada amada y el lugar de tu
reposo. Que yo no te deje jamás solo en ella, sino que yo esté allí
enteramente, totalmente despierta en mi fe, en adoración, entregada sin
reservas a tu acción creadora” (beata Isabel de la Trinidad “Élévation á la Trinité: Escrits spirituels”, 50) (CIC
260).
Con la Santísima Trinidad se reza a la Virgen María:
“Dulce Madre, no te alejes, / tu vista de mí no apartes,/ ven conmigo a todas
partes / y solo nunca me dejes. / Ya que me proteges tanto / como verdadera
Madre, / haz que me bendiga el Padre, / el Hijo y el Espíritu Santo” (oración
que, siendo niño, aprendió de labios de su madre el beato Álvaro del Portillo).
Se medita y se crece en el amor a Dios: “La Virgen. ¿Quién puede ser mejor
Maestra de amor a Dios que esta Reina, que esta Señora, que esta Madre, que
tiene la relación más íntima con la Trinidad: Hija de Dios Padre, Madre de Dios
Hijo, Esposa del Espíritu Santo, y que es a la vez Madre nuestra? – Acude
personalmente a su intercesión” (San Josemaría, “Forja”, 555)
LA HOJA SEMANAL
Lunes (31)
La Visitación de la Virgen María (último día del mes de María)
Palabras: ¡Bendita tú entre las mujeres! (Lc 1,42)
Reflexión: María se quedó con Isabel unos tres meses
Propósito, durante el día: Madre nuestra no te alejes, mantennos junto a ti
Martes (1)
San Justino, mártir (9ª TO)
Palabras: “Lo que es del César pagádselo al César y lo que es Dios a Dios” (Mc 12,17)
Reflexión: ¿Es lícito pagar el impuesto al César?
Propósito, durante el día: Espíritu Santo, inspira nuestras palabras, guía nuestras obras
Miércoles (2)
Santos Marcelino y Pedro, mártires (9ª TO)
Palabras: “Cuando resuciten, ni los hombres ni las mujeres se casarán” (Mc 12,25)
Reflexión: No es Dios de muertos, sino de vivos
Propósito, durante el día: Presencia de Dios, cercanía de Dios
Jueves (3)
San Carlos Luanga y compañeros mártires (9ª TO)
Palabras: “Amarás al Señor, tu Dios, con todo tu corazón. … (Mc 12,30)
Reflexión: … con toda tu alma, con toda tu mente, con todo tu ser”
Propósito durante el día: Danos, Dios nuestro de tu amor, para que podamos rebosarlo
Viernes (4)
Palabras: “La gente que era mucha, disfrutaba escuchándolo” (Mc 12,37)
Reflexión: Mientras enseñaba en el templo, Jesús les preguntó
Propósito, durante el día: Hablarle a Jesús, escuchar a Jesús
Sábado (5)
San Bonifacio, obispo y mártir (9ª TO; Nª Sª de los Milagros)
Palabras: “Ésta que pasa necesidad ha echado todo lo que tenía para vivir” (Mc 12,44)
Reflexión: Los demás han echado de lo que les sobra
Propósito, durante el día: Todo a Jesús por María; todo a María para Jesús
(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)
Las lecturas del día 30, domingo (9º TO, ciclo B; san
Fernando III, rey) nos recuerdan el sentido del día de descanso semanal: “Por
eso te manda el Señor, tu Dios, guardar el día del sábado” (Dt 5); “Este tesoro
lo llevamos en vasijas de barro, para que se vea que una fuerza tan
extraordinaria es de Dios y no proviene de nosotros” (2 Co,4); “¿Qué está
permitido en sábado? ¿hacer lo bueno o lo malo? ¿salvar la vida a un hombre o
dejarlo morir? Se quedaron callados” (Mc 2). Domingo, día de descansar y darnos
a los demás.
PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO
- “Después
de recibir el Espíritu Santo ya no volvieron a ser como antes -los ha
cambiado-, sino que salieron, salieron sin temor y comenzaron a predicar Jesús,
a predicar que Jesús ha resucitado, que el Señor está con nosotros, de tal
manera que cada uno los entendía en su propia lengua. Porque el Espíritu es
universal, no nos quita las diferencias culturales, las diferencias de
pensamiento, no, es para todos, pero cada uno lo entiende en su propia cultura,
en su propia lengua. El Espíritu cambia el corazón, ensancha la mirada de los
discípulos. Los hace capaces de comunicar a todos las grandes obras de Dios,
sin límites, superando los confines culturales y los confines religiosos en los
que estaban acostumbrados a pensar y vivir. A los Apóstoles los capacita para
llegar a los demás respetando sus posibilidades de escucha y comprensión, en la
cultura y el idioma de cada uno (vv. 5-11). En otras palabras, el Espíritu
Santo pone en comunicación personas diferentes, realizando la unidad y
universalidad de la Iglesia.” (Regina coeli, día 23 de mayo de 2021)
- “También
la oración que Jesús dirige al Padre en el Getsemaní parece permanecer sin ser
escuchada: “Padre, si es posible, aleja de mí esto que me espera”. Parece que
el Padre no lo ha escuchado. El Hijo tendrá que beber hasta el fondo el cáliz
de la Pasión. Pero el Sábado Santo no es el capítulo final, porque al tercer
día, es decir el domingo, está la resurrección. El mal es señor del penúltimo
día: recordad bien esto. El mal nunca es un señor del último día, no: del
penúltimo, el momento donde es más oscura la noche, precisamente antes de la
aurora. Allí, en el penúltimo día está la tentación donde el mal nos hace
entender que ha vencido: “¿has visto?, ¡he vencido yo!”. El mal es señor del
penúltimo día: el último día está la resurrección. Pero el mal nunca es señor
del último día: Dios es el Señor del último día. Porque ese pertenece solo a
Dios, y es el día en el que se cumplirán todos los anhelos humanos de
salvación. Aprendamos esta paciencia humilde de esperar la gracia del Señor,
esperar el último día. Muchas veces, el penúltimo día es muy feo, porque los
sufrimientos humanos son feos. Pero el Señor está y en el último día Él
resuelve todo.” (Audiencia general, día 26 de mayo de 2021)
(30.05.21)
Noticia fiscal. El
RD 366/2021, de 25 de mayo (BOE del 26) regula la presentación de
autoliquidaciones del Impuesto sobre transacciones financieras, creado por Ley
5/2020, de 15 de octubre; en la sede electrónica de la AEAT se publicará en
diciembre la lista de acciones sujetas; la DF 1ª modifica los arts. 66.2 y 69
bis 1.c) RIVA, sobre registros del IVA y su remisión electrónica; la DF 2ª
modifica el art. 55 ter RD 1065/2007, RAT, sobre información de cesión de
viviendas para uso turístico; la DF 3ª modifica el RD 1021/2015, sobre
titulares de cuentas financieras.
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