LO TRIBUTARIO (nº 714)

La buena Administración (14): El procedimiento adecuado (1)

El artículo 41 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE (7.12.2000), establece: “1. Toda persona tiene derecho a que las instituciones, órganos y organismos de la Unión traten sus asuntos imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable.”

La LGT/1963 distribuía sus procedimientos en dos órdenes: la gestión, para la liquidación y recaudación, por una parte y la revisión administrativa, por otra (cf. art. 90 LGT/1963). Sólo regulaba un procedimiento de gestión para la aplicación de los tributos. Se iniciaba con la declaración del contribuyente, de oficio, por investigación y por denuncia pública y concluía con la liquidación (arts. 101 y 120 LGT/1963). Las presiones corporativas determinaron que las actuaciones de comprobación e investigación, que se desarrollaban por funcionarios inspectores y que daban lugar a una propuesta de liquidación que se dictaba o no, con o sin modificaciones, por el funcionario titular del órgano de Gestión, ganaran autonomía de modo que, en la regulación de las competencias de la Inspección de los tributos (art. 140 LGT/1963), se incluyó practicar las liquidaciones resultantes de las actuaciones de comprobación e investigación. La LGT/2003 reguló el “procedimiento” de inspección, la denuncia pública, por sí misma, no inicia un procedimiento de gestión.

La LGT/2003 multiplicó los procedimientos de aplicación de los tributos: a los órganos de Gestión corresponden los procedimientos: de devolución de ingresos, de liquidación en los procedimientos iniciados por declaración, de verificación de datos declarados, de comprobación de valores y de comprobación limitada; la Inspección es competente para comprobar la veracidad y exactitud de las declaraciones presentadas, para comprobar valores, para comprobar los requisitos de los beneficios e incentivos fiscales, para realizar comprobaciones limitadas, para investigar los hechos no declarados y para practicar las liquidaciones resultantes de las actuaciones comprobación e investigación. Las actuaciones en los procedimientos de gestión determinan liquidaciones provisionales porque no permiten comprobar íntegramente todos os elementos y circunstancias determinantes de la obligación tributaria del contribuyente.

Por ese motivo los procedimientos de gestión, y el de inspección cuando las actuaciones han tenido un alcance parcial, se pueden suceder uno tras otro sin límite en el tiempo en cuanto que cada uno interrumpe la prescripción. Esta regulación puede determinar una inseguridad jurídica infinita. Ciertamente estaría prohibido -preclusión- volver otra vez sobre el mismo objeto de comprobación o investigación, pero en algún caso no es así, como ocurre en el procedimiento de verificación de datos (art. 133.2 LGT), y en comprobación limitada e inspección es posible volver cuando se descubren nuevos hechos o circunstancias (arts. 140 LGT). Pero también hay inseguridad en los procedimientos de gestión en cuanto a los límites de su contenido. Así, el procedimiento de verificación sólo puede contrastar “datos” (declarados con los que están en poder de la Administración) y no debería comprobar la realidad de los hechos, su calificación jurídica ni la aplicación de la norma, salvo patente aplicación indebida; en la comprobación limitada no cabe examinar la contabilidad, ni requerir información sobre movimientos financieros. Tramitar y resolver un procedimiento indebido determina la nulidad de pleno derecho.              

DE LO HUMANO A LO DIVINO

No salen las cuentas. El Gobierno dice que estamos lejos de la presión fiscal en la UE; los expertos independientes nos sitúan en la media. Y nadie cuenta la carga de cada uno.

Santísima Trinidad. Últimos días del mes de mayo, el mes de la Virgen María. Como dice el Símbolo Atanasiano y se recoge en el Catecismo: “La fe católica es ésta: que veneremos un solo Dios en la Trinidad y la Trinidad en la unidad, no confundiendo las Personas ni separando la substancia; una es la persona del Padre, otra la del Hijo, otra la del Espíritu Santo; pero del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo una es la divinidad, igual la gloria, coeterna la majestad” (Quicumque; CIC nº 266)

“La Trinidad es una. No confesamos tres dioses, sino un solo Dios en tres personas: “La Trinidad consubstancial” (Concilio Constantinopolitano II, año 553). Las personas divinas no se reparten la única divinidad, sino que cada una de ellas es enteramente Dios. “El Padre es lo mismo que es el Hijo, el Hijo lo mismo que es el Padre, el Padre y el Hijo lo mismo que el Espíritu Santo, es decir, un solo Dios por naturaleza” (XI Concilio de Toledo, año 675). “Cada una de las tres personas es esta realidad, es decir, la substancia, la esencia o la naturaleza divina” (IV Concilio de Letrán, año 1215)” (CIC nº 253). “A causa de esta unidad, el Padre está todo en el Hijo, todo en el Espíritu Santo; el Hijo está todo en el Padre, todo en el Espíritu Santo; el Espíritu Santo está todo en el Padre, todo en el Hijo” (Concilio de Florencia, año1442)” (CIC nº 255).

“Si lo comprendes no es Dios” (san Agustín, sermón 117.5). “La trinidad es un misterio de fe en sentido estricto, uno de los misterios escondido de Dios “que no pueden ser conocidos si no son revelados desde lo alto”. Dios, ciertamente, ha dejado huellas de su ser trinitario en su obra de Creación y en su Revelación a lo largo del Antiguo testamento. Pero la intimidad de su Ser como Trinidad Santa constituye un misterio inaccesible a la sola razón e incluso a la fe de Israel antes de la Encarnación del Hijo de Dios y en Envío del Espíritu Santo” (CIC n 237)  

En la Santísima Trinidad descansa el alma. “Dios mío, Trinidad que adoro, ayúdame a olvidarme enteramente de mí misma para establecerme en ti, inmóvil y apacible como si mi alma estuviera ya en la eternidad; que nada pueda turbar mi paz, ni hacerme salir de ti, mi inmutable, sino que cada minuto me lleve más lejos en la profundidad de tu Misterio. Pacifica mi alma. Haz de ella tu cielo, tu morada amada y el lugar de tu reposo. Que yo no te deje jamás solo en ella, sino que yo esté allí enteramente, totalmente despierta en mi fe, en adoración, entregada sin reservas a tu acción creadora” (beata Isabel de la Trinidad “Élévation á  la Trinité: Escrits spirituels”, 50) (CIC 260).

Con la Santísima Trinidad se reza a la Virgen María: “Dulce Madre, no te alejes, / tu vista de mí no apartes,/ ven conmigo a todas partes / y solo nunca me dejes. / Ya que me proteges tanto / como verdadera Madre, / haz que me bendiga el Padre, / el Hijo y el Espíritu Santo” (oración que, siendo niño, aprendió de labios de su madre el beato Álvaro del Portillo). Se medita y se crece en el amor a Dios: “La Virgen. ¿Quién puede ser mejor Maestra de amor a Dios que esta Reina, que esta Señora, que esta Madre, que tiene la relación más íntima con la Trinidad: Hija de Dios Padre, Madre de Dios Hijo, Esposa del Espíritu Santo, y que es a la vez Madre nuestra? – Acude personalmente a su intercesión” (San Josemaría, “Forja”, 555)

LA HOJA SEMANAL

(del 31 de mayo al 5 de junio) (año de san José; año de la Familia)

Lunes (31)

La Visitación de la Virgen María (último día del mes de María)
Palabras: ¡Bendita tú entre las mujeres! (Lc 1,42)
Reflexión: María se quedó con Isabel unos tres meses
Propósito, durante el día: Madre nuestra no te alejes, mantennos junto a ti

Martes (1)

San Justino, mártir (9ª TO)
Palabras: “Lo que es del César pagádselo al César y lo que es Dios a Dios” (Mc 12,17)
Reflexión: ¿Es lícito pagar el impuesto al César?
Propósito, durante el día: Espíritu Santo, inspira nuestras palabras, guía nuestras obras

Miércoles (2)

Santos Marcelino y Pedro, mártires (9ª TO)
Palabras: “Cuando resuciten, ni los hombres ni las mujeres se casarán” (Mc 12,25)
Reflexión: No es Dios de muertos, sino de vivos
Propósito, durante el día: Presencia de Dios, cercanía de Dios

Jueves (3)

San Carlos Luanga y compañeros mártires (9ª TO)
Palabras: “Amarás al Señor, tu Dios, con todo tu corazón. … (Mc 12,30)
Reflexión: … con toda tu alma, con toda tu mente, con todo tu ser”
Propósito durante el día: Danos, Dios nuestro de tu amor, para que podamos rebosarlo

Viernes (4)


San Francisco Caracciolo, presbítero y fundador (9ª TO; día de penitencia)
Palabras: “La gente que era mucha, disfrutaba escuchándolo” (Mc 12,37)
Reflexión: Mientras enseñaba en el templo, Jesús les preguntó
Propósito, durante el día: Hablarle a Jesús, escuchar a Jesús

Sábado (5)

San Bonifacio, obispo y mártir (9ª TO; Nª Sª de los Milagros)
Palabras: “Ésta que pasa necesidad ha echado todo lo que tenía para vivir” (Mc 12,44)
Reflexión: Los demás han echado de lo que les sobra
Propósito, durante el día: Todo a Jesús por María; todo a María para Jesús

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del día 30, domingo (9º TO, ciclo B; san Fernando III, rey) nos recuerdan el sentido del día de descanso semanal: “Por eso te manda el Señor, tu Dios, guardar el día del sábado” (Dt 5); “Este tesoro lo llevamos en vasijas de barro, para que se vea que una fuerza tan extraordinaria es de Dios y no proviene de nosotros” (2 Co,4); “¿Qué está permitido en sábado? ¿hacer lo bueno o lo malo? ¿salvar la vida a un hombre o dejarlo morir? Se quedaron callados” (Mc 2). Domingo, día de descansar y darnos a los demás.        

PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO

- “Después de recibir el Espíritu Santo ya no volvieron a ser como antes -los ha cambiado-, sino que salieron, salieron sin temor y comenzaron a predicar Jesús, a predicar que Jesús ha resucitado, que el Señor está con nosotros, de tal manera que cada uno los entendía en su propia lengua. Porque el Espíritu es universal, no nos quita las diferencias culturales, las diferencias de pensamiento, no, es para todos, pero cada uno lo entiende en su propia cultura, en su propia lengua. El Espíritu cambia el corazón, ensancha la mirada de los discípulos. Los hace capaces de comunicar a todos las grandes obras de Dios, sin límites, superando los confines culturales y los confines religiosos en los que estaban acostumbrados a pensar y vivir. A los Apóstoles los capacita para llegar a los demás respetando sus posibilidades de escucha y comprensión, en la cultura y el idioma de cada uno (vv. 5-11). En otras palabras, el Espíritu Santo pone en comunicación personas diferentes, realizando la unidad y universalidad de la Iglesia.” (Regina coeli, día 23 de mayo de 2021)

- “También la oración que Jesús dirige al Padre en el Getsemaní parece permanecer sin ser escuchada: “Padre, si es posible, aleja de mí esto que me espera”. Parece que el Padre no lo ha escuchado. El Hijo tendrá que beber hasta el fondo el cáliz de la Pasión. Pero el Sábado Santo no es el capítulo final, porque al tercer día, es decir el domingo, está la resurrección. El mal es señor del penúltimo día: recordad bien esto. El mal nunca es un señor del último día, no: del penúltimo, el momento donde es más oscura la noche, precisamente antes de la aurora. Allí, en el penúltimo día está la tentación donde el mal nos hace entender que ha vencido: “¿has visto?, ¡he vencido yo!”. El mal es señor del penúltimo día: el último día está la resurrección. Pero el mal nunca es señor del último día: Dios es el Señor del último día. Porque ese pertenece solo a Dios, y es el día en el que se cumplirán todos los anhelos humanos de salvación. Aprendamos esta paciencia humilde de esperar la gracia del Señor, esperar el último día. Muchas veces, el penúltimo día es muy feo, porque los sufrimientos humanos son feos. Pero el Señor está y en el último día Él resuelve todo.” (Audiencia general, día 26 de mayo de 2021)

(30.05.21)

Noticia fiscal. El RD 366/2021, de 25 de mayo (BOE del 26) regula la presentación de autoliquidaciones del Impuesto sobre transacciones financieras, creado por Ley 5/2020, de 15 de octubre; en la sede electrónica de la AEAT se publicará en diciembre la lista de acciones sujetas; la DF 1ª modifica los arts. 66.2 y 69 bis 1.c) RIVA, sobre registros del IVA y su remisión electrónica; la DF 2ª modifica el art. 55 ter RD 1065/2007, RAT, sobre información de cesión de viviendas para uso turístico; la DF 3ª modifica el RD 1021/2015, sobre titulares de cuentas financieras.

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