LO TRIBUTARIO (nº 155)

LGT (1): La Administración tributaria

La primera de las modificaciones de la LGT que se incluyen en la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, se produce en el artículo 5.1 de aquella ley. No es un cambio sustancial, pero es un cambio necesario en cuanto que la Administración está sometida (art. 103 CE y art. 3 Ley 30/1992) y debe hacer cumplir la ley y, en la LGT, se han introducido títulos (VI, arts 250 a 259, actuaciones administrativas en caso de delito contra la Hacienda, y VII, arts. 260 a 271, procedimientos para recuperación de ayudas de Estado) que no estaban en la redacción anterior. Como el artículo 5 LGT pretende delimitar por ley las competencias administrativas, ante la señalada novedad de 2015, era preciso decir que “a efectos de esta ley” la “Administración tributaria” está integrada por “los órganos y entidades de derecho público” que desarrollen las funciones reguladas en los cinco últimos títulos de la LGT (los dos primeros no incluyen funciones, sino principios –tit. I: arts. 1 a 16- y conceptos generales -tít. II: arts.17 a 82). Dos notas a considerar son: la primera, que lo regulado a efectos de la ley no lo es “a otros efectos” y, menos, “a todos los efectos”; y la segunda, que aunque no es frecuente en las leyes esa especificación de la Administración (¿Administración militar, Administración sanitaria, Administración policial, Administración educativa...?), al tratar de la tributación era conveniente incluir otras Administraciones tributarias (autonómica, municipal) que deben cumplir y hacer cumplir la LGT.

Por otra parte, con esa referencia a las funciones que identifican como “Administración tributaria” a los órganos y entidades de derecho público, además de comprobar la veracidad del dicho popular “la función crea el órgano”, se procura salvar la peculiar ordenación y situación de la Administración tributaria estatal que tiene repartidas las funciones y, por tanto, las competencias (art. 5.2 LGT). Al Ministerio (se llame como se llame en cada ocasión) sólo se le reconocen dos funciones: la sancionadora y la revisora en vía administrativa (salvo lo que, por ley, se encomiende a otro órgano o entidad, que es lo que se llevado a la Agencia); en cambio a la Agencia tributaria, en los términos previstos en “la” ley que la creó (mejor que “su” ley de creación, salvo que la ley sea suya) le corresponden todas las funciones y competencias tributarias, salvo la declaración de nulidad de pleno derecho (art. 217 LGT) y las reclamaciones económico administrativas (Tit. V, Cap. IV LGT). Lo que quiere decir que, salvo esas dos funciones revisoras, el Ministerio tampoco es Administración tributaria para la función sancionadora ni revisora que parecía que era “lo suyo”.

Para lo que le queda al Ministerio están sus órganos. La Agencia tributaria nació para conseguir una agilidad de ejecución (contrataciones de personal, de suministro de material y de prestación de servicios) que un Ministerio no tiene y que era requisito de eficacia ineludible para la buena gestión de los tributos que es una forma evidente de realizar la Justicia. Pero, como señala la LGT, la Agencia se dedica a mucho más que la aportación de medios al Ministerio, de forma que tiene como función la gestión de los tributos lo que conlleva disponer del personal y los medios necesarios. Y la financiación necesaria. La diferencia de destinos entre funcionarios de ministerio y empleados de la Agencia, conlleva la diferencia de competencias y de retribuciones. La Agencia es un poderoso ente del que depende: los Poderes del Estado y cada uno de los miembros de la Sociedad. Es un ente eficaz contra el fraude que descubre todos los años, cada año, en más casos y más cantidad defraudada. Un ente que no suele incurrir en responsabilidad.
Noticias fiscales. Por su indudable interés se recuerda que en el BOE del día 2 de octubre se han publicado: la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública, cuya principal novedad es la regulación de las comunicaciones electrónicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con especial regulación de las Agencias.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Se comenta el cambio procesal que ha supuesto la LO 7/2015, que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, reformando la casación en el orden contencioso administrativo (art. 86 y sigs. LJCA) de forma que lo relevante deja de ser la revisión de sentencias contrarias a Derecho, y ahora se refiere a los asuntos que tengan “interés casacional objetivo”, que merezcan que sobre ellos el Tribunal Supremo siente un criterio jurisprudencial. Unos se alegran porque se copia así instituciones extranjeras, el “certiorari”; otros se alegran porque se evita así el rubor que producía ver el rigor en la aplicación de criterios cuantitativos o meramente formales sin posibilidad de subsanación para inadmitir recursos de casación; los tributaristas se podrían alegrar a la vista de la reciente doctrina del Alto Tribunal; los juristas podrán reflexionar sobre el porqué de esta peculiaridad sólo en el ámbito contencioso administrativo lo que supone un recorte en las posibilidades de revisión de los actos irregulares de la Administración. Se trata, en fin, del Estado de Derecho.

Noticia tributaria es la que se refiere a la corrección en la Ley de Presupuestos para 2016 de los límites que determinan la inaplicación de la estimación objetiva. Admitido oficial y generalizadamente que la estimación objetiva es un método injusto, ajeno por definición a la real capacidad económica de los contribuyentes acogidos y que provoca bolsas y vías de defraudación, la intención declarada era reducir todo lo más posible su aplicación. Ante la proximidad de las elecciones generales el 20 de diciembre, se elevan los importes de los límites excluyentes permitiendo así que disfrute del método de relajación de la disciplina fiscal un elevado número de empresas, algunas en sectores en los que los controles a otros efectos son muy rigurosos y más complejos que las formalidades tributarias así evitadas. Evasión legal por votos; evasión sin votos.

El cristiano, en el mundo, vive la alegría de saberse hijo de Dios: “¡y lo somos!” (1 Jn 3,1). Y siente las alegrías que Dios nos regala en lo cotidiano: “la alegría de la existencia y de la vida; la alegría del amor honesto y santificado; la alegría tranquilizadora de la naturaleza y de silencio; la alegría a veces austera del trabajo esmerado; la alegría y satisfacción del deber cumplido; la alegría transparente de la pureza, del servicio, del saber compartir; la alegría exigente del sacrificio. El cristiano podrá purificarlas, completarlas, sublimarlas: no puede despreciarlas. La alegría cristiana supone un hombre capaz de alegrías naturales” (beato Pablo VI, Ex. Ap. “Gaudete in Domino”, 9 de mayo de 1975). El cristiano sabe que, aunque se haya alejado, aunque se olvide frecuentemente, aunque niegue su existencia, aunque quisiera hacerlo como a él le gustaría, Dios está con nosotros, siempre, permanentemente. Y, así, el cristiano recuerde las palabras del profeta Baruc: “En vez de intentar apartaros lejos de Dios, ahora, después de convertidos, multiplicad por diez vuestros esfuerzos en buscarle; porque el que os trajo desgracias, os traerá la felicidad eterna junto con vuestra salvación” (Ba 4, 28-29). El cristiano sabe que Dios siempre está cerca: “Mira, estoy a la puerta y llamo: si alguno escucha mi voz y abre la puerta, entraré en su casa y cenaré con él, y él conmigo” (Ap. 3,20); sabe que su nombre está escrito en el cielo (Lc 10,20)

LA HOJA SEMANAL
(del 5 al 10 de octubre)

Lunes (5)

Témporas de acción de gracias (27ª TO; mes del rosario)
Palabras: “¡Cuánto más vuestro Padre del cielo dará cosas buenas!” (Mt 7,11)
Reflexión: Dios nos cuida continuamente. Acción de Gracias. Petición confiada
Propósito, durante el día: Encomendar cada nueva ocupación, dar gracias a Dios

Martes (6)

San Bruno, presbítero (27ª TO; mes del rosario)
Palabras: “Sólo una cosa es necesaria” (Lc, 10,42)
Reflexión: Hacer lo que se deba, con Dios, en Dios, para Dios . Obstáculos humanos
Propósito, durante el día: Parar un instante: saber que Dios está conmigo. A menudo

Miércoles (7)

Nuestra Señora, la Virgen del Rosario (27ª TO; mes del rosario)
Palabras: “Dios te salve, llena de gracia” (Lc 1,28)
Reflexión: Santa María, ruega por nosotros, ahora y en la hora de nuestra muerte
Propósito, durante el día: Contigo, Madre, ahora y siempre. Llévame a Jesús

Jueves (8)

El anciano Simeón (27ª TO; mes del rosario)
Palabras: “Pedid y se os dará” (Lc 11,9)
Reflexión: Vuestro Padre dará el Espíritu Santo a los que se lo piden
Propósito, durante el día: Creo, espero y amo a la Santísima Trinidad

Viernes (9)

San Dionisio, obispo, y compañeros mártires (27ª TO; mes del rosario)
Palabras: “El que no recoge conmigo, desparrama” (Lc 11,23)
Reflexión: El demonio que vuelve, ve el alma limpia y llama a sus camaradas
Propósito, durante el día: Invocar a san Miguel y a nuestro ángel custodio

Sábado (10)

Santo Tomás de Villanueva, obispo (27ª TO, mes del rosario)
Palabras: “Dichosos los que escuchan la palabra de Dios y la cumplen” (Lc 11,28)
Reflexión: Dichoso el vientre que te llevó y los pechos que te criaron
Propósito, durante el día: Madre de Dios y madre nuestra. Hazme el hijo que debo ser.

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del domingo día 4 (27ª TO, ciclo B; san Francisco de Asís) nos unen en un clima familiar: “No es bueno que el hombre esté solo” (Gn 2), “El santificador y los santificados proceden del mismo” (Hb 2), “No son dos, sino una sola carne” (Mc 10). Hijos de la Madre de Dios, hermanos de Cristo. Sínodo de la Familia. Tiempo del “amor en familia”, de rogar por todas las familias, de pedir luz.

PALABAS DEL PAPA FRANCISCO

- “Jesús los envía a todas las naciones. A todas las gentes. Y en ese “todos” de hace dos mil años estábamos también nosotros. Jesús no da una lista selectiva de quién sí y quién no, de quiénes son dignos o no de recibir su mensaje y su presencia. Por el contrario, abrazó siempre la vida tal cual se le presentaba. Con rostro de dolor, hambre, enfermedad, pecado. Con rostro de heridas, de sed, de cansancio. Con rostro de dudas y de piedad. Lejos de esperar una vida maquillada, decorada, trucada, la abrazó como venía a su encuentro. Aunque fuera una vida que muchas veces se presenta derrotada, sucia, destruida. A “todos” dijo Jesús, a todos, vayan y anuncien; a toda esa vida como es y no como nos gustaría que fuese, vayan y abracen en mi nombre. Vayan al cruce de los caminos, vayan… a anunciar sin miedo, sin prejuicios, sin superioridad, sin purismos a todo aquel que ha perdido la alegría de vivir, vayan a anunciar el abrazo misericordioso del Padre. Vayan a aquellos que viven con el peso del dolor, del fracaso, del sentir una vida truncada y anuncien la locura de un Padre que busca ungirlos con el óleo de la esperanza, de la salvación. Vayan a anunciar que el error, las ilusiones engañosas, las equivocaciones, no tienen la última palabra en la vida de una persona. Vayan con el óleo que calma las heridas y restaura el corazón.” (Homilía en el Santuario nacional de la Inmaculada Concepción, Washington C.D., el día 23 de septiembre de 2015)

- “Saber que Jesús sigue caminando en nuestras calles, mezclándose vitalmente con su pueblo, implicándose e implicando a las personas en una única historia de salvación, nos llena de esperanza, una esperanza que nos libera de esa fuerza que nos empuja a aislarnos, a desentendernos de la vida de los demás, de la vida de nuestra ciudad. Una esperanza que nos libra de «conexiones» vacías, de los análisis abstractos o de rutinas sensacionalistas. Una esperanza que no tiene miedo a involucrarse actuando como fermento en los rincones donde nos toque vivir y actuar. Una esperanza que nos invita a ver en medio del “smog” la presencia de Dios que sigue caminando en nuestra ciudad. Porque Dios está en la ciudad.” (Homilía en el Madison Square Garden, Nueva York, el día 25 de septiembre de 2015)

- “La fe abre la “ventana” a la presencia actuante del Espíritu y nos muestra que, como la felicidad, la santidad está siempre ligada a los pequeños gestos. “El que les dé a beber un vaso de agua en mi nombre –dice Jesús, pequeño gesto– no se quedará sin recompensa» (Mc 9,41). Son gestos mínimos que uno aprende en el hogar; gestos de familia que se pierden en el anonimato de la cotidianidad pero que hacen diferente cada jornada. Son gestos de madre, de abuela, de padre, de abuelo, de hijo, de hermanos. Son gestos de ternura, de cariño, de compasión. Son gestos del plato caliente de quien espera a cenar, del desayuno temprano del que sabe acompañar a madrugar. Son gestos de hogar. Es la bendición antes de dormir y el abrazo al regresar de una larga jornada de trabajo. El amor se manifiesta en pequeñas cosas, en la atención mínima a lo cotidiano que hace que la vida siempre tenga sabor a hogar. La fe crece con la práctica y es plasmada por el amor. Por eso, nuestras familias, nuestros hogares, son verdaderas Iglesias domésticas. Es el lugar propio donde la fe se hace vida y la vida crece en la fe.” (Homilía en el Benjamín Franklin Pakway, Filadelfia, en el Congreso de las Familias, el día 27 de septiembre de 2015)

(4.X.2015)

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