LO TRIBUTARIO
La comunidad de bienes (1)
El artículo 35.4 de la Ley General Tributaria de 2003 no fue una novedad. Establece que también tienen la consideración de obligados tributarios, en las leyes en que así se establezca, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición. Es un texto similar al del artículo 33 de la LGT/1963 y significa que están sometidos al cumplimiento de las obligaciones tributarias, no sólo las personas físicas y las personas jurídicas, sino también entidades que carecen de personalidad en el ámbito jurídico, que no tienen capacidad para contribuir en el ámbito económico, que no tienen voluntad propia ni pueden manifestarla. Pero establece la ley que pueden ser “obligados tributarios” cuando así lo establezca una ley.
No hay que buscar muy lejos de la LGT para encontrar preceptos relacionados con las entidades sin personalidad jurídica. En el artículo 40 se establece (ap. 4) que en la disolución de esas entidades, las obligaciones tributarias pendientes de las mismas se transmitirán a los partícipes o cotitulares de dichas entidades. Y las sanciones (ap. 5) que pudieran proceder de infracciones cometidas por esas entidades serán exigibles a los sucesores de las mismas según se ha señalado antes y, en su caso, hasta el límite del valor de la cuota de liquidación determinado según el artículo 40.1 LGT. En el artículo 42 se establece que se consideran responsables solidarios de la deuda tributaria los partícipes o cotitulares de las entidades a que se refiere el artículo 35.4 LGT, en proporción a sus respectivas participaciones respecto a las obligaciones tributarias materiales de dichas entidades.
Y también hay preceptos que se pueden relacionar con esas entidades en tributos en los que las mismas no sean obligados tributarios. Así, el artículo 35.7 LGT establece que la concurrencia de varios obligados tributarios en un mismo presupuesto de hecho determinará que queden solidariamente obligados frente a la Administración al cumplimiento de todas las prestaciones, salvo que por ley se disponga expresamente otra cosa. Cuando la Administración conozca la identidad de un titular practicará y notificará las liquidaciones tributarias a nombre del mismo que quien vendrá obligado a satisfacerlas si no solicita su división. Para que proceda la división será indispensable que el solicitante facilite los datos personales y el domicilio de los restantes obligados al paso, así como la proporción en que cada uno de ellos participe en el dominio o derecho transmitido.
El artículo 48.2.c) LGT establece que el domicilio de las entidades a que se refiere el artículo 35.4 LGT es el que resulte de aplicar las normas establecidas para las personas jurídicas: domicilio si allí está la gestión y la dirección; en otro caso, donde esté la gestión o dirección; y si no se puede determinar el domicilio según estos criterios prevalecerá aquél donde radique el mayor valor del inmovilizado.
El artículo 93 LGT incluye a las entidades del artículo 35.4 LGT en la obligación de información. Y los artículos 179 y 181 LGT establecen que esas entidades pueden ser infractores y sancionadas por hechos constitutivos de infracción cuando resultan responsables de los mismos. Algo sorprendente al ser sólo situaciones de las cosas.
DE LO HUMANO A LO DIVINO
Colaboración al fraude
Recordaba un inspector viejo que cuando era joven, en tiempos de absoluta indisciplina contable y ausencia de información de contraste, había preguntado a quien le merecía respeto y consideración si se habría excedido en una determinada exigencia tributaria. La respuesta tranquilizadora fue que si el contribuyente había aceptado, la exigencia era procedente. Hubo que pasar medio siglo para que aquel inspector, ya anciano, descubriera que, en tiempos de rigurosa disciplina contable y abundante información fiscal, los contribuyentes aceptan, a veces, exigencias injustas. Hace pocos días aparecía la noticia, y reproducido el escrito correspondiente, en el que dos inspectores indicaban cómo proceder respecto de los contribuyentes que aparecían como titulares de cuentas en Suiza y que podían regularizar su situación tributaria sin sanción. Menos días aún han pasado desde que se daba cuenta de ceses y nombramientos de cargos locales de la Agencia Tributaria con una cierta inquietud por posible relación con diligencias judiciales que afectaban a un político y sus familiares. Y se aproxima el tiempo si la referencia es a la resolución del TEAC que ha acogido la reiterada doctrina jurisdiccional que señala que, en caso de deducción de cuotas de IVA indebidamente repercutidas, lo que debe hacer la Inspección no es sólo regularizar la deducción improcedente como es lo habitual, sino comprobar si procede la devolución, acordarla y evitar la doble imposible y el enriquecimiento injusto de la Hacienda.
Hay, en fin, exigencias tributarias excesivas que se aceptan por miedo a las consecuencias de no hacerlo, porque así lo aconsejan otros, porque se considera “conveniente” para unos, para otros, para todos. Pero alejarse de la ley y no rectificar lleva a hacer del incumplimiento norma y el fraude de generaliza.
El cuarto domingo de Cuaresma se conoce como el domingo “Laetare” (celebrar con fiesta), que es como empieza la antífona de entrada. Como ocurre en el Adviento, del que el tercer domingo se conoce como “Gaudete” (estad alegres), la Liturgia abre el corazón a la alegría en medio del rigor propio del tiempo. En la preparación para una y otra Pascua (de Navidad, de Resurrección) se hace mayor la virtud de la esperanza: ¡Dios se ha hecho hombre! ¡Jesucristo ha resucitado!. ¡Ha sido por amor!. Dios nos quiere más que nadie puede querer. Y el cristiano puede decir sabiendo que es verdad: soy hijo de Dios: “Mirad que amor tan grande nos ha mostrado el Padre: que nos llamemos hijos de Dios ¡y lo somos!” (1 Jn 3.1). Es tiempo de leer despacio y con ojos nuevos las parábolas de la misericordia: la oveja perdida (Lc 15, 1-7), la dracma perdida (Lc 15, 8-10) y el hijo pródigo (Lc 15,11-31), para descubrir la soledad, la oscuridad, la triste aventura de habernos separado de Dios, que es Amor, y para descubrir que es Dios misericordioso el protagonista de esas parábolas: como a la oveja perdida, Él nos busca “hasta que nos encuentra”; como la monedita Él enciende luces, elimina suciedad y nos busca cuidadosamente; como esperaba cada día al hijo que pidió su herencia y se fue a un país lejano. Cada uno sabe de cuántas formas, cuántas veces, nos hemos alejado de Dios. Cada uno sabe dónde está ahora, en esta Cuaresma, en este día; y todos debemos saber que “si volvemos a Dios”, si nos convertimos, habrá alegría en el cielo, se alegrarán los ángeles y la Iglesia entera lo celebrará. Incluso el hermano mayor que había permanecido junto al Padre, rectificará la primera reacción y se alegrará. Cada uno, todos, somos, podemos ser, debemos ser la alegría de Dios. Nada menos.
LA HOJA SEMANAL
(del 16 al 21 de marzo)
Lunes (16)
San Hilario, obispo (4ª semana de Cuaresma)
Palabras: El hombre creyó... y se puso en camino (Jn 4,50)
Reflexión: Creer en la palabra de Jesús
Propósito, durante el día: Fe. Dios mío creo, pero aumenta mi fe
Martes (17)
San Patricio, obispo (4ª de Cuaresma)
Palabras: Señor, no tengo a nadie (Jn 5,7)
Reflexión: Treinta y ocho años enfermo. Reencuentro con Jesús: “No peques más”
Propósito, durante el día: Jesús, hijo de Dios, ten misericordia de mí
Miércoles (18)
San Cirilo de Jerusalén, obispo y doctor de la Iglesia (4ª de Cuaresma)
Palabras: Quien escucha mi palabra y cree... posee la vida eterna” (Jn 5,24)
Reflexión: No dice poseerá, sino posee. Cielo es donde se cumple la Palabra.
Propósito, durante el día: Dios conmigo, aquí, ahora; para siempre.
Jueves (19)
San José, esposo de la Santísima Virgen María
Palabras: José hizo lo que le había mandado el ángel del Señor (Mt 1.24)
Reflexión: El hombre fiel y prudente. Intercesor que nunca nos falla.
Propósito, durante el día: Querido José, con la Madre, pide al Niño por mi
Viernes (20)
Santa María Josefa del Corazón de Jesús, fundadora (4ª Cuaresma)
Palabras: Entonces Jesús gritó: Me conocéis y conocéis de dónde vengo (Jn 7,28)
Reflexión: Se extrañaban, negaban que fuera el Mesías, querían prenderlo...
Propósito, durante el día: Alma de Cristo, santifícame
Sábado (21)
San Nicolás de Flue, ermitaño (4ª Cuaresma)
Palabras: Jamás ha hablado nadie como ese hombre (Jn 7,46)
Reflexión: Este es el verdadero profeta... de Galilea no salen profetas
Propósito, durante el día: Madre mía, enséñame a amar, ayúdame a amar
(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)
El día 15 de marzo, domingo “Laetare” (4º de Cuaresma, ciclo B; 7º de los de San José), se recuerda el regreso de la esclavitud en Babilonia cuando Ciro escuchó las palabras de Jeremías y permitió regresar a Jerusalén: “¡Sea su Dios con él y suba!” (2 Cr 36); se canta el himno de la misericordia de Dios: “Porque estáis salvados por su gracia y mediante la fe” (Ef 2); y se revive que Dios Padre nos ama tanto que entregó al Hijo para que el mundo se salve” (Jn 3). Celebramos la alegría de la fe. Tiempo de dar gracias, de arrepentimiento, de propósitos concretos, de rezar más y mejor: por cada uno, por los otros, por nuestra familia, por todas las familias, por los concebidos aún no nacidos, por los moribundos.
PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO
- “ El discípulo de Jesús no va a la iglesia sólo para cumplir un precepto, para sentirse bien con un Dios que luego no tiene que “molestar” demasiado. “Pero yo, Señor, voy todos los domingos, cumplo..., tú no te metas en mi vida, no me molestes” Esta es la actitud de muchos. El discípulo de Jesús va a la iglesia para encontrase con el Señor y encontrar en su gracia, mediante los sacramentos, la fuerza para pensar y obrar según el Evangelio. Por lo que no podemos ilusionarnos con entrar en la casa del Señor y “encubrir”, con oraciones y prácticas de devoción, comportamientos contrarios a las exigencias de la justicia de la honradez o la caridad hacia el prójimo. No podemos sustituir con “honores religiosos” lo que debemos dar al prójimo, postergando una verdadera conversión. El culto, las celebraciones litúrgicas, son el ámbito privilegiado para escuchar la voz del Señor, que guía por el camino de la rectitud y de la perfección cristiana.” (Homilía, en la misa celebrada en la parroquia romana de Todos los Santos, el día 7 de marzo de 2015)
- “Si somos testigos de este Cristo vivo, mucha gente encontrará a Jesús en nosotros, en nuestro testimonio. Pero –nos preguntamos, y cada uno de nosotros puede preguntarse-, ¿se siente el Señor verdaderamente como en su casa en mi vida? ¿Le permitimos que haga “limpieza” en nuestro corazón y expulse a los ídolos , es decir, las actitudes de codicia, celos, mundanidad, envidia, odio, la costumbre de murmurar y “despellejar” a los demás? ¿Le permito que haga limpieza de todos los comportamientos contra Dios, contra el prójimo y contra nosotros mismos, como hemos escuchado hoy en la primera lectura? Cada uno puede responder a sí mismo, en silencio, en su corazón. “¿Permito que Jesús haga un poco de limpieza en mi corazón?”. “Oh padre, tengo miedo de que me reprenda”. Pero Jesús no reprende jamás. Jesús hará limpieza con ternura, con misericordia, con amor. La misericordia es su modo de hacer limpieza.” (Angelus, en la plaza de San pedro, el día 8 de marzo de 2015)
- “Queridos abuelos, queridos ancianos, pongámonos en la senda de estos ancianos extraordinarios. Convirtámonos también nosotros un poco en poetas de la oración: cultivemos el gusto de buscar palabras nuestras, volvamos a apropiarnos de las que nos enseña la Palabra de Dios. La oración de los abuelos y los ancianos es un gran don para la Iglesia. La oración de los ancianos y de los abuelos es don para la Iglesia, es una riqueza. Una gran inyección de sabiduría también para toda la sociedad humana: sobre todo para la que está demasiado atareada, demasiado ocupada, demasiado distraída. Alguien debe incluso cantar, también por ellos, cantar los signos de Dios, proclamar los signos de Dios, rezar por ellos.” (Audiencia general, en la plaza de San Pedro, el día 11 de marzo de 2015)
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