LO TRIBUTARIO (n.º 1104)
Impuestos sobre el Patrimonio: 5) exenciones y reducciones
Sigue siendo la respuesta habitual a la pregunta: ¿quién debe tributar más?, señalar: “el que más tiene”, identificando con el patrimonio la capacidad económica para contribuir, cuando esa respuesta sólo fue adecuada seiscientos años, cuando se dio el primer paso que, reconociendo que todo era el del soberano, se admitió que la propiedad de los súbditos era una prolongación de aquella soberanía, con lo que, así, se justificó la exigencia de impuestos al pueblo. Y los ingresos derivados del propio trabajo profesional o de los capitales prestados o de la actividad agrícola, ganadera, empresarial, pudieron ser objeto de tributación como “renta ganada”. La evolución que ha llevado siglos ha hecho un bucle y la ideología progresista hispana ha obrado el “regreso al futuro” estableciendo y exigiendo no un impuesto sobre el patrimonio sólo, sino dos.
El impuesto sobre el patrimonio neto de las personas físicas contiene en su ley reguladora (art. 4 LIPN) una relación de bienes exentos en las circunstancias que allí se señalan: 1) los integrantes del Patrimonio Histórico Español y 2) los del Patrimonio Histórico de las Comunidades Autónomas; 3) los objeto de arte y antigüedades y la obra propia de artistas como allí se establece; 4) el ajuar domésticos que no sean los regulados formando parte de la base imponible (arts. 18 y 19 LIPN); 5) los derechos consolidados en planes de pensiones y previsión, según se regula en la LIPN; 6) los derechos derivados de la propiedad industrial o intelectual no afectos a actividades; 7) los valores cuyos rendimientos estén exentos en el artículo 13 LIRPF; 8) los bienes y derechos necesarios para el desarrollo de una actividad empresarial o profesional y la propiedad o nuda propiedad y el derecho de usufructo vitalicio sobre participaciones en entidades, con o sin cotización en mercados organizados, si no tiene como actividad principal la gestión de un patrimonio, con una participación en el capital de la entidad al menos del 5% individualmente, o del 20% con el cónyuge y parientes hasta el 2º grado, y si el sujeto pasivo ejerce funciones de dirección con una remuneración que represente más del 50% de sus rendimientos de actividad o del trabajo personal; 9) la vivienda habitual del contribuyente. El aspecto más complicado de esta regulación de exenciones está en la participación en sociedades “familiares”, cuyas condiciones no sólo hacen compleja su aplicación, sino que también necesita de una correlación con el IRPF de otro período impositivo para poder calcular y comprobar el requisito de retribución de las funciones de dirección en la empresa.
Como carece de fundamento esencial, el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (IGF), regulado por Ley 38/2022, de 27 de diciembre, se remite, en su artículo Cuatro, a la regulación del IPN. Por otra parte, se debe tener en cuenta que este impuesto temporal sujeta la titularidad del sujeto pasivo sobre un patrimonio neto superior a tres millones de euros en el momento del devengo del impuesto. Cuando una personas es titular de un patrimonio neto de menor valor, no está sujeto a ese impuesto y, por tanto, no aplica exención alguna, a sus efectos, sin perjuicio de lo que correspondería en caso de sujeción al IPN.
En el IPN para los contribuyentes por obligación personal (residentes y no residentes por obligación personal y sujetos pasivos por obligación real: art. 28 LIPN) se regula una reducción de la base imponible en concepto de mínimo exento en la cantidad que haya regulado cada Comunidad Autónoma, y, en defecto de esa regulación, se aplica un mínimo exento 700.000 euros. En el IGF (artículo Nueve LIGF) la base imponible se reducirá en concepto de mínimo exento en 700.000 euros. Tanto en el IPN (art. 33 LIPN) como en el IGF (artículo Catorce) por referencia al IPN se regula una bonificación del 75% en la cuota del impuesto por la parte que corresponda proporcionalmente a bienes o derechos situados o que debieran ejercitarse o cumplirse en Ceuta y Melilla.
En el IPN (art. 31) y en el IGF (art. Doce) se regula el límite de tributación conjunta con el IRPF.
DE LO HUMANO A LO DIVINO
Regularización tributaria de castigo a la sociedad que admitió que contrataba para no trabajar; acusación de soborno por adquisición de cadena de distribución. Como sin el Código civil.
La Santísima Trinidad. Aunque después de Pentecostés empieza el Tiempo Ordinario, que dura hasta Cristo Rey y empieza el Adviento, los cristianos tenemos una estupenda transición con solemnes celebraciones: la Santísima Trinidad, un domingo primero, y el Corpus Christi, en el domingo siguiente. La liturgia regala festividades, en dos días seguidos, viernes y sábado, que llenan de amor el alma de cada cristiano: el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. Y es que vivimos lo que sabemos: “ni la muerte ni la vida, ni los ángeles, ni los principados, ni las cosas presentes, ni las futuras, ni las potestades, ni la altura, ni la profundidad, ni cualquier otra criatura podrá separarnos del amor de Dios, que está en Cristo Jesús, Señor nuestro (Rm 8,38-39)
- “Cuando venga Aquél, el Espíritu de la verdad, os guiará hacia toda la verdad, pues no hablará por sí mismo, sino que dirá todo lo que oiga y os anunciará lo que va a venir. Él me glorificará porque recibirá de lo mío y os lo anunciará. Todo lo que tiene el Padre es mío. Por eso dije: Recibe de lo mío y os lo anunciará” (Jn 16,13-15)
- “Hasta nos gloriamos en las tribulaciones, sabiendo que la tribulación produce constancia, la constancia virtud probada, la virtud esperanza y la esperanza no defrauda, porque el amor de Dios ha sido derramado en nuestros corazones con el Espíritu Santo que se nos ha dado” (Rm 5,4-5)
- “Y esta es la fe católica: que veneremos a un solo Dios en la Trinidad Santísima y a la Trinidad en la Unidad. Sin confundir las Personas, ni separar la substancia. Porque una es la Persona del Padre, otra la del Hijo y otra la del Espíritu Santo. Pero el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo son una sola dividad, les corresponde igual gloria y majestad eterna. Cual es el Padre, tal es el Hijo, tal el Espíritu Santo. Increado el Padre, increado el Hijo, increado el Espíritu Santo. Inmenso el Padre, inmenso el Hijo, inmenso el Espíritu Santo. Eterno el Padre, eterno el Hijo, eterno el Espíritu Santo. Y, sin embargo, no son tres eternos, sino un solo eterno. De la misma manera no son tres increados, ni tres inmensos, sino un increado y un inmenso. Igualmente omnipotente es el Padre, omnipotente el Hijo, omnipotente el Espíritu Santo. Y sin embargo no son tres omnipotentes, sino un omnipotente. Del mismo modo el Padre es Dios, el Hijo es Dios, el Espíritu Santo es Dios. Sin embargo no son tres Dioses, sino un solo Dios. Así el Padre es Señor, el Hijo es Señor, el Espíritu Santo es Señor. Y sin embargo no son tres Señores, sino un solo Señor. Porque así como la verdad cristiana nos obliga a creer que cada Persona es Dios y Señor, la religión católica nos prohíbe que hablemos de tres Dioses o Señores. El Padre no ha sido hecho por nadie, ni creado, ni engendrado. El Hijo procede solamente del Padre, no hecho, ni creado, sino engendrado. El Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo, no hecho ni creado, ni engendrado, sino procedente. Por tanto, hay un solo Padre, no tres Padres; un Hijo, no tres Hijos; un Espíritu Santo, no tres Espíritus Santos. Y en esta Trinidad no hay anterior o posterior, nada mayor o menor, pues las tres Personas son coeternas e iguales entre sí. De tal manera que, como ya se ha dicho antes, hemos de venerar la Unidad en la Trinidad y la Trinidad en la Unidad” (Quicumque, Símbolo atanasiano, 3-25)
“Te está cantando el martillo / y rueda en tu honor la rueda. / Puede que la luz no pueda / librar del humo su brillo. / ¡Qué sudoroso y sencillo / te pones a mediodía, / Dios en la dura porfía / de estar sin pausa creando, / y verte necesitando / del hombre más cada día! / Quien diga que Dos ha muerto / que salga a la luz y vea / si el mundo es o no tarea / de un Dios que sigue despierto. Ya no es su sitio el desierto / ni en la montaña se esconde; / decid si preguntan dónde, / que Dios está -sin mortaja- / en donde un hombre trabaja /y un corazón le responde” (Hora Sexta, del Tiempo Ordinario)
LA
HOJA SEMANAL
(del 16 al 21 de junio de 2025)
Lunes (16)
Santa Teresa de Portugal, monja (11ª TO)
Palabras: “Si uno te abofetea en la mejilla derecha, preséntale la otra… (Mt 5,39)
Reflexión: … A quien te pida, dale; al que te pide prestado, no le rehúyas”
Propósito, durante el día: Señor, Tú me lo diste; a Ti lo torno. Dispón de mí
Martes (17)
San Raniero, peregrino (11ª TO)
Palabras: “Amad a vuestros enemigos y rezad por los que os persiguen...” (Mt 5,44)
Reflexión: … Sed perfectos, como vuestro Padre celestial es perfecto
Propósito, durante el día: Padre, perdóname; enséñame, ayúdame a perdonar
Miércoles (18)
San Calógero, eremita (11ª TO)
Palabras: “Cuando hagas limosna que no sepa tu mano izquierda… (Mt 6,3)
Reflexión: ... lo que hace tu derecha; así tu limosna quedará en secreto…”
Propósito, durante el día: Señor, Tú me sondeas y me conoces; penetras mis pensamientos
Jueves (19)
Santa Juliana de Falconeri, virgen y fundadora (11ª TO)
Palabras: “No nos dejes caer en la tentación… (Mt 6,13)
Reflexión: … y líbranos del Malo”
Propósito, durante el día: Señor, sin Ti no puedo nada; contigo, lo puedo todo
Viernes (20)
San Juan de Matera, abad (11ª TO) (día de abstinencia)
Palabras: “No atesoréis tesoros en la tierra, donde la polilla y la carcoma los roen (Mt 6,19)
Reflexión: … atesorad tesoros en el cielo, donde no hay polilla ni carcoma…”
Propósito, durante el día: Señor, toma mi libertad, mi memoria, mi entendimiento, mi voluntad
Sábado (21)
San Luis Gonzaga, religioso (Nª Sª de los Milagros) (11ª TO)
Palabras: “No os agobiéis por el mañana, porque el mañana traerá su porpio agobio … (Mt 6,34)
Reflexión: … A cada día le bastan sus disgustos”
Propósito, durante el día: Madre quiere decir amor, preocupación por sus hijos, dulces miradas
(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)
Las lecturas del día 15, domingo (Santísima Trinidad; ciclo C) nos llevan al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo, Trinidad Santísima, desde la creación del mundo a la Encarnación: “Todo el tiempo jugaba en su presencia: jugaba con la bola de la tierra, gozaba con los hijos de los hombres” (Pv 8); “… el amor de Dios ha sido derramado en nuestros corazones por el Espíritu Santo que se nos ha dado” (Rm 5); “Todo lo que tiene el Padre es mío” (Jn 16). Santísima Trinidad, Amor de Dios.
PALABRAS DEL PAPA LEÓN XIV
- “María, en el Cenáculo, gracias a la misión materna que recibió al pie de la cruz, está al servicio de la comunidad naciente: es la memoria viviente de Jesús y, en cuanto tal, es el polo de atracción, por así decirlo, que armoniza las diferencias y hace que la oración de los discípulos sea unánime.
Los Apóstoles, también en este texto, son enumerados por nombre, y como siempre, el primero es Pedro (cf. v. 13). Pero él mismo, de hecho, en primer lugar, es sostenido por María en su ministerio. De manera análoga, la Madre Iglesia sostiene el ministerio de los Sucesores de Pedro con el carisma mariano. La Santa Sede vive de manera muy particular la co-presencia de ambos polos: el mariano y el petrino. Y es el polo mariano el que asegura la “fecundidad”y la “santidad”del petrino, con su “maternidad”, don de Cristo y del Espíritu. Queridos amigos, alabemos a Dios por su Palabra, lámpara que ilumina nuestros pasos y también nuestra vida cotidiana al servicio de la Santa Sede. Así, iluminados por esta Palabra, renovemos nuestra oración: “Concede, oh Padre, que tu Iglesia, sostenida por el amor de Cristo, sea cada vez más fecunda en el Espíritu, se regocije por la santidad de sus hijos y acoja en su seno a toda la familia humana” (Misal italiano, colecta de la memoria). Amén.” (Homilía, Bienaventurada Virgen María, Madre de le Iglesia, 9 de junio de 2025)
- “Bartimeo, de hecho, no solo quiere volver a ver, ¡también quiere recuperar su dignidad! Para mirar hacia arriba, hay que levantar la cabeza. A veces las personas se bloquean porque la vida las ha humillado y solo desean recuperar su propio valor. Lo que salva a Bartimeo, y a cada uno de nosotros, es la fe. Jesús nos cura para que podamos ser libres. Él no invita a Bartimeo a seguirlo, sino le dice que se vaya, que se ponga en camino (cf. v. 52). Marcos, sin embargo, concluye el relato refiriendo que Bartimeo se puso a seguir a Jesús: ¡ha elegido libremente seguir a Aquel que es el Camino! Queridos hermanos y hermanas, llevemos con confianza ante Jesús nuestras enfermedades, y también las de nuestros seres queridos, llevemos el dolor de quienes se sienten perdidos y sin salida. Clamemos también por ellos, y estemos seguros de que el Señor nos escuchará y se detendrá.” (Audiencia general, 11 de junio de 2025)
(15.06.25)
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