RESEÑA DE JURISPRUDENCIA (nº
1015)
IMPUESTO DE SOCIEDADES
A) SENTENCIAS
(2023)
Sujetos
pasivos. Vinculación. Es sujeto pasivo el que realiza la
actividad sin necesidad de debatir sobre la vinculación con la sociedad que apareciera
como realizadora (AN 8-3-23)
Preferentes.
Tributación. En las operaciones de emisión y recompra
de preferentes se considera que son un hibrido financiero entre acciones y
obligación, un instrumento de patrimonio (AN 17-10-23)
Ingresos.
Reinversión. Improcedente. No procede el tratamiento de la
reinversión porque no se produce en bienes del inmovilizado; no lo es un
inmueble que se dice destinado almacén, pero en el que no hay constancia de su
empleo como tal. En tal contabilización se exige una adquisición duradera, sin
sea suficiente que sa fuera la intención al adquirirlo (AN 15-2-23)
Reinversión.
Opción de compra. No es transmisión la opción de compra
condicionada aquélla a la formalización de escritura. Improcedente a efectos de
reinversión de beneficios (AN 16-5-23)
Gastos.
Deducibles. Intereses de demora. Aunque pudiera apreciarse
que no existe causa onerosa como en los préstamos son gasto deducible los
intereses de demora liquidados en una regularización tributaria y en la
suspensión de la ejecución de los actos (AN 29-11-23)
Gastos.
No deducibles. Requisitos. Sanción. No son deducibles los
gastos no necesarios, ni los presumiblemente irreales, ni los no acreditados en
el informe pericial. Sanción (AN 4-5-23)
Gastos.
No deducibles. Consejo de administración. Si
no se ha acordado en Junta no son deducibles los gastos por retribución de
miembros de consejo de Administración aunque se comuniquen a las sociedades que
son socios (AN 15-2-23)
Gastos. De matriz. Para calcular el rendimiento obtenido
por las actividades por una sociedad en un establecimiento permanente en el
extranjero que está exento por el art. 22 TR LIS, se pueden imputar
proporcionalmente los gastos de dirección y generales de administración realizados
para los fines del establecimiento, Tanto si se efectúan en ese Estado como si
es en otro (TS 17.07.23, 18-7-23, dos, y 24-7-23)
Gastos. Contabilización. Errores.
Administradores. La
rectificación de errores en los gastos se hace aplicando la norma 22 del PGC;
son gasto fiscalmente deducible las retribuciones de los directores generales
de una sociedad que son miembros del consejo de administración si se
corresponden con servicios reales (TS 2-12-23)
Valoración. Vinculación.
Inaplicación. En
aplicación del art. 16.9 TR LIS y del art. 21 RIS, la firmeza de la liquidación
no es aplicable cuando la Administración actúa cerca de la entidad y sus
vinculados, lo que no es así cuando después de la actuación cerca de uno se
inicia la actuación respecto de un vinculado (TS 30-1-23). Las normas
procedimentales de los artículos 16.9 TRLIS y 21 RIS no se aplican cuando se ha
iniciado un procedimiento de inspección simultáneo respecto de todas las partes
vinculadas (TS 27-9-23). No se aplica el tratamiento de vinculadas a las
operaciones carentes de lógica (AN 21-10-23)
Vinculación. Cash pooling “zero
balancing”. En
el “cash poolig zero balancing” el precio de transferencia se debe determinar
sin considerar una asimetría en los tipos de interés y se debe utilizar la
calificación crediticia (AN 26-9-23)
Vinculación. Operación con tercero. Aplicando la normativa de 2006 y
2007, procede la valoración como operación vinculada de la realizada por un
tercero sin aportación relevante de valor añadido (TS 21-6-23)
Bases negativas. Compensación improcedente.
Fusión inversa.
El silencio de la ley respecto de la compensación de bases imponibles negativas
en la fusión inversa no puede permitir el doble cómputo (AN 3-5-23)
Deducciones. I+D+i. Gastos no
incluidos en la autoliquidación. Procedente. La deducción por I+D+i se puede
aplicar también respecto de gastos no incluidos en la autoliquidación del
período, sin necesidad de su rectificación, y aunque correspondan a períodos
prescritos (TS 24-10-23)
Deducción I+D+i. Monetización.
Hacienda foral. La
devolución en efectivo de la deducción I+D+i que no se ha podido aplicar por
insuficiencia de cuota forma parte de la tributación y no es una ayuda estatal
u otro estímulo. A cargo de la Hacienda Foral (TS 24-4-23)
Derechos diferidos convertibles. DAd
22ª TR LIS.
La DAd 22 TR LIS, y del art. 130 LIS, se aplica a las dotaciones con cargo a
fondos internos que instrumenten tanto compromisos de pensiones no dinerarios o
en especie, como compromisos adquiridos como consecuencia de obligaciones
asumidas por las prejubilaciones del personal por prejubilaciones (TS 3-5-23)
RE. UTE. La Administración no actuó bien
cuando consideró que las UTE intragrupo no aportan valor cuando realizan
proyectos de ingeniería internacional; el informe aportado sí prueba que
mejoran la gestión y que es un contrato llave en mano por loque hay participación
en la realización de la obra prestada en el extranjero (AN 8-2-23, dos,
13-2-23, 21-2-23)
RE. Reestructuración de empresas.
Proporcionalidad. Improcedente. La
proporcionalidad cuantitativa es inexcusable y en esta escisión total las
participaciones de los mismos socios en la nueva sociedad eran diferentes a las
anteriores (AN 20-12-23)
RE. Reestructuración de empresas.
Ausencia de motivo económico. La fusión por absorción de dos
sociedades sólo tuvo como motivo la compensación de las pérdidas de una de las
sociedades absorbidas (AN 7-12-23)
RE.
Mecenazgo. Gastos publicitarios. Como
en TS s. 20.07.21, cuando los envases llevan incorporado el logotipo del
acontecimiento, la deducción es por el coste total del envase (AN 25-10-23).
Como en TS s. 20.07.21, la base de la deducción por la Ley 49/2002 es el coste
total del soporte del mensaje publicitario (AN 3-11-23)
Canarias.
Régimen Zen. Requisitos. Probado que en
Canarias no existía el control y la dirección efectiva no procede aplicar el
régimen especial. Sanción (AN 29-11-23)
Autoliquidación.
Plazo. El plazo de 28 días naturales
siguientes a los 6 meses posteriores al fin del período impositivo se cuenta de
fecha a fecha y el de 25 días naturales siguientes para presentar se cuenta a
partir del día siguiente (TS 14-2-23)
Retención IRPF/IS en el “cash
pooling”. Tiempo. En el contrato de “cash pooling”, la
retención se debe hacer al reconocerse en cuenta, aunque sea exigible
anualmente (TS 19-10-23)
(2024)
Ingresos.
Gastos. Calificación. Prostitución y alterne. Se
califica la actividad de la entidad como cesión de espacios para el ejercicio
de la prostitución. Estimación indirecta procedente (AN 30-1-24)
Ingresos.
Imputación temporal. Las cantidades devueltas por la
Administración por ingresos indebidos por ser nula la norma por no conforme a
Derecho se deben imputar al ejercicio en que se produjo el pago, cualquiera que
se la fecha de la devolución (TS 6-2-24, 8-2-24, 12-2-24, dos)
Gastos.
No deducibles. Aplicación de resultados. Las
afectaciones al fondo de actividades complementarias no son gastos, sino
aplicación de resultados (TS 28-2-24)
Gasto.
No deducible. Liberalidad. Irrealidad. Es liberalidad la participación en la
financiación de gastos de marketing, sin contrato ni prueba del servicio
prestado (TS 18-3-24)
Gastos.
Deducibles. Retribución de administradores. Ni
que sea una relación mercantil ni que no se aprobara por la Junta de
Accionistas impiden que sea gasto deducible la retribución de los
administradores no socios, si consta en los estatutos, se contabiliza y se
justifica documentalmente (TS 18-1-24). Son deducibles las retribuciones a
los administradores que realizan otras funciones, como las de alta dirección,
aunque no se aprueben por la junta general (AN 8-2-24).
No se convierte en una liberalidad no deducible la retribución al
administrador de una SA cuando está acreditado que presta servicios y está
contabilizada, aunque no esté prevista en los estatutos ni aprobada en junta.
(TS 13-3-24). La indemnización a un administrador al cesar no es gasto
deducible porque no está relacionado con la obtención de ingresos (TS 8-4-24)
Gastos. Deducibles. No obligatorios. Son gasto fiscalmente deducible, los pagos complementarios o extraordinarios, no obligatorios, de la Mutualidad del Colegio de Abogados a los perjudicados por cambio al sistema de capitalización individual (TS 6-5-24)
Gasto. Deducible. Contabilización tardía.
Procede deducir un gasto contabilizado de forma incorrecta en un ejercicio
posterior al de su devengo, si la imputación en un ejercicio posterior no
comporta menor tributación (TS 22-3-24)
Deducción por inversiones. Canarias. El
requisito temporal para aplicar la deducción por inversiones se cuenta desde la
entrada en funcionamiento de la inversión (TS 10-4-24)
RE. Minería. Factor agotamiento. Aplicando
el art. 98.3 TR LIS procede incluir en la base para calcular el FA las
subvenciones de capital transferidas en el ejercicio; pero no se incluyen los
beneficios por la venta de chatarra ni la indemnización por deficiente
construcción de carretera, al no haber relación directa con ingresos de
actividad (TS 24-1-24)
Rectificación de autoliquidación. IS.
Improcedente. Resolución de contrato.
No procede rectificación de autoliquidación, ni la devolución que resulta,
porque contablemente la resolución del contrato tiene una consideración
económica y no cabe la subsanación o rectificación. Hubo una ganancia y hay una
pérdida (AN 20.12.23)
B) RESOLUCIONES
(2023)
Pasivos ficticios. Prueba de contrario. Para evitar la consideración como
renta de pasivos ficticios registrados en contabilidad legalizada es posible la
prueba de su origen / realidad por estar contabilizados en períodos anteriores,
salvo que la Inspección hubiera probado que fueron inexistentes (TEAC 25-9-23)
Compensación de pérdidas. Cómputo de
dividendos posteriores.
El perceptor de dividendos precedidos de compensación de pérdidas sólo integra
en su base imponible el exceso del valor normal de mercado de lo percibido
sobre el valor contable de la participación (TEAC 25-9-23)
Tipo. Sociedades de nueva creación. El tipo del 15% se aplica el primer
período de actividad con base imponible positiva y el segundo cualquiera que
sea el signo de la base imponible (TEAC 24-7-23). La aplicación del tipo
reducido a las sociedades de nueva creación se aplica en el primer período con
base imponible positiva y el siguiente (TEAC 25-9-23)
Las deducciones como opción
inalterable.
Iniciado un procedimiento de aplicación de los tributos el interesado no puede
desaplicar las deducciones para incentivar actividades (TEAC 29-5-23)
RE. Grupo. Solidaridad. En el grupo fiscal del IVA y en la
tributación consolidada del IS hay obligación solidaria y no responsabilidad
solidaria. Anulación de requerimiento (TEAC 14-9-23)
R.F. Cooperativas.
No deducibilidad en el IS de la dotación obligatoria al Fondo de Educación y
Promoción con cargo a los resultados extracooperativos. (TEAC 26-6-23,
unif.crit.)
(2024)
Gastos. Deducibles. Administradores.
Doble vínculo. Es
gasto deducible la retribución de los empleados de alta dirección que son
administradores si realizan realmente los servicios retribuidos (TEAC 22-2-24,
dos)
Deducibles. Retribución a los
administradores. Son
deducibles las retribuciones de los administradores (relación mercantil) que,
además de sus funciones como tales, ejercen las de alta dirección, mediante
relación laboral (TEAC 27-5-24, dos)
RE.
Reestructuración. Motivo válido. Inexistente. No se aplica el régimen de
diferimiento a la aportación que hace una persona física a una sociedad holding
de acciones de una sociedad operativa que acumula beneficios que se repartirán
en beneficios posteriores (TEAC 22-4-24, cuatro)
RE.
Reestructuración de empresas. Regularización. Ventaja fiscal. Si se declara que no existía motivo
económico válido en la operación de reestructuración la regularización sólo
puede afectar a la ventaja fiscal indebida que se obtiene. Efectos en
sociedades y en personas físicas (TEAC 27-5-24 dos)
(Reseña tomada de la base de datos de Julio Banacloche Pérez)
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