LO TRIBUTARIO (nº
832)
Seguridad jurídica. Textos magistrales
(5): La interpretación razonable
"... esta Sección ha
anulado, por carencia de justificación, una sanción tributaria impuesta con
base en que las normas incumplidas “no ofrecían oscuridad que originara una
razonable discrepancia interpretativa”, porque aunque “no toda discrepancia en
la calificación jurídica de un hecho produce el efecto de excluir el elemento
culpabilístico”, “lo que el ente sancionador está obligado es a explicar que,
pese a la complejidad natural o buscada del hecho litigioso, la posición del
eventual infractor no es razonable” (TS s. 10.07.07, para unificación de
doctrina). Y recientemente también hemos considerado que resultaba insuficiente
imponer una sanción con apoyo en que “las normas que configuran la tributación
de la operación controvertida no presentan más dificultad añadida a la normal
que presenta cualquier norma tributaria”, de modo que “el contribuyente podía y
debía haberlas aplicado en sus justos términos, por lo que no cabe considerar
que se haya realizado por su parte una interpretación razonable de las mismas”,
porque la resolución sancionadora no hacía referencia “a circunstancias del
caso concreto de las que se deduzca el carácter irrazonable y negligente de la
conducta seguida por el sujeto pasivo” (TS s. 3.04.08)"
"Y es que el principio de
presunción de inocencia garantizado por el art. 24 CE no permite que la
Administración razone la existencia de culpabilidad por exclusión o, dicho de
manera más precisa, mediante la afirmación de que la actuación del obligado
tributario es culpable porque no se aprecia la existencia de una discrepancia
interpretativa razonable... o la concurrencia de cualquiera de las otras causas
excluyentes de la responsabilidad de las recogidas en el art. 77.3 LGT (actual
art. 179.2 Ley 58/2003), entre otras razones, porque dicho precepto no agota
todas las hipótesis posibles de ausencia de culpabilidad. A este respecto,
conviene recordar que el art. 77.3.d) LGT establecía que la interpretación
razonable de la norma era “en particular” (el vigente art. 179.2.d) Ley
58/2003, dice “entre otros supuestos”), uno de los casos en los que la
Administración debía entender necesariamente que el obligado tributario había “puesto
la diligencia necesaria en el cumplimiento de las obligaciones y deberes
tributarios”; de donde se infiere que la circunstancia de que la norma
incumplida sea clara o que la interpretación mantenida de la misma no se
entienda razonable no permite imponer automáticamente una sanción tributaria
porque es posible que, no obstante, el contribuyente haya actuado
diligentemente..."
"... la resolución
judicial recurrida desconoce las garantías del art. 24 CE porque es evidente
que en aquellos casos en los que, como en el presente, la Administración
tributaria no motiva mínimamente los hechos o circunstancias de los que deduce
que el obligado tributario ha actuado culpablemente; confirmar la sanción
porque este último no ha explicitado en qué interpretación alternativa y
razonable ha fundado su comportamiento, equivale, simple y llanamente, a
invertir la carga de la prueba, soslayando, de este modo, las exigencias del
principio de presunción de inocencia, en virtud del cual, “la carga de la
prueba corresponde a quien acusa, sin que nadie esté obligado a probar su
propia inocencia (TC ss. 26.04.90, 28.01.97, 21.07.98, 9.12.02, 30.06.03), de
manera que “no es el interesado quien ha de probar la falta de culpabilidad,
sino que ha de ser la Administración sancionadora la que demuestre la ausencia
de diligencia” (TS s. 5.11.98). En efecto, como señalamos en la sentencia de
10.07.07 (para unificación de doctrina): … “no es la recurrente quien ha de
acreditar la razonabilidad de su posición, sino que es el órgano sancionador
quien debe expresar las motivaciones por las cuales la tesis del infractor es
"claramente" rechazable" (TS s. 6.06.08)
DE LO
HUMANO A LO DIVINO
"Envió Yahveh a
Natán donde David, y llegando a él le dijo: “Había dos hombres en una ciudad,
el uno era rico y el otro era pobre.
"El rico tenía
ovejas y bueyes en gran abundancia; el pobre no tenía más que una corderilla,
sólo una, pequeña, que había comprado. El la alimentaba y ella iba creciendo
con él y sus hijos, comiendo su pan, bebiendo en su copa, durmiendo en su seno
igual que una hija. Vino un visitante donde el hombre rico, y dándole pena
tomar su ganado lanar y vacuno para dar de comer a aquel hombre llegado a su
casa, tomó la ovejita del pobre, y dio de comer al viajero llegado a su casa.”
David se encendió en gran cólera contra aquel hombre y dijo a Natán: “¡Vive
Yahveh! que merece la muerte el hombre que tal hizo. "
"Pagará cuatro
veces la oveja por haber hecho semejante cosa y por no haber tenido compasión.”
Entonces Natán dijo a David: “Tú eres ese hombre. Así dice Yahveh Dios de
Israel: Yo te he ungido rey de Israel y te he librado de las manos de Saúl. Te
he dado la casa de tu señor y he puesto en tu seno las mujeres de tu señor; te
he dado la casa de Israel y de Judá; y si es poco, te añadiré todavía otras
cosas. ¿Por qué has menospreciado a Yahveh haciendo lo malo a sus ojos, matando
a espada a Urías el hitita, tomando a su mujer por mujer tuya y matándole por
la espada de los ammonitas? Pues bien, nunca se apartará la espada de tu casa,
ya que me has despreciado y has tomado la mujer de Urías el hitita para mujer
tuya. Así habla Yahveh: Haré que de tu propia casa se alce el mal contra ti.
Tomaré tus mujeres ante tus ojos y se las daré a otro que se acostará con tus
mujeres a la luz de este sol."
"Pues tú has
obrado en lo oculto, pero yo cumpliré esta palabra ante todo Israel y a la luz
del sol” David dijo a Natán: “He pecado contra Yahveh.” Respondió Natán a
David: “También Yahveh perdona tu pecado; no morirás. Pero por haber ultrajado
a Yahveh con ese hecho, el hijo que te ha nacido morirá sin remedio.” Y Natán
se fue a su casa. Hirió Yahveh al niño que había engendrado a David la mujer de
Urías y enfermó gravemente. David suplicó a Dios por el niño; hizo David un
ayuno riguroso y entrando en casa pasaba la noche acostado en tierra. Los
ancianos de su casa se esforzaban por levantarle del suelo, pero él se negó y no
quiso comer con ellos. "
"El séptimo día
murió el niño; los servidores de David temieron decirle que el niño había
muerto, porque se decían: “Cuando el niño aún vivía le hablábamos y no nos
escuchaba. ¿Cómo le diremos que el niño ha muerto? ¡Hará un desatino!” Vio
David que sus servidores cuchicheaban entre sí y comprendió David que el niño
había muerto y dijo David a sus servidores: “¿Es que ha muerto el niño?” Le
respondieron: “Ha muerto.” David se levantó del suelo, se lavó, se ungió y se
cambió de vestidos. Fue luego a la casa de Yahveh y se postró. Se volvió a su
casa, pidió que le trajesen de comer y comió. Sus servidores le dijeron: “¿Qué
es lo que haces? Cuando el niño aún vivía ayunabas y llorabas, y ahora que ha
muerto te levantas y comes.” Respondió: “Mientras el niño vivía ayuné y lloré,
pues me decía: ¿Quién sabe si Yahveh tendrá compasión de mí y el niño vivirá?
Pero ahora que ha muerto, ¿por qué he de ayunar? ¿Podré hacer que vuelva? Yo
iré donde él, pero él no volverá a mí.” David consoló a Betsabé su mujer, fue
donde ella y se acostó con ella; dio ella a luz un hijo y se llamó Salomón;
Yahveh le amó, " (2 Sam 2, 1-19)
LA HOJA SEMANAL
(del 5 al 10 de septiembre)
Lunes (5)
Santa Teresa de Calcuta, virgen y fundadora (23ª TO)
Palabras: “Él, sabiendo lo que pensaban, dijo al hombre del brazo paralítico” (Lc 6,8)
Reflexión: Y preguntó: ¿Qué está permitido en sábado, hacer el bien o el mal?
Propósito, durante el día: Señor, me sondeas y me conoces, penetras mis pensamientos
Martes (6)
Nª Sª de Guadalupe (san Eleuterio, abad) (23ª TO)
Palabras: “Salía de Él una fuerza que los curaba a todos” (Lc 6,19)
Reflexión: Venían a oírlo y a que los curara
Propósito, durante el día: Señor, mi luz y mi salvación, si quieres, puedes
Miércoles
(7)
Santa Regina, mártir (23ª TO)
Palabras: “¡Ay de vosotros los que ahora estáis saciados! … (Lc 6,25)
Reflexión: … Porque tendréis hambre”
Propósito, durante el día: Danos el pan de cada día, perdona nuestras ofensas
Jueves (8)
La Natividad de la Santísima Virgen María (“el cumpleaños” de nuestra Madre)
Palabras: “Jacob engendró a José el esposo de María … (Mt 1,16)
Reflexión: … de la cual nació Jesús, llamado Cristo”
Propósito, durante el día: ¡La Virgen Niña! La Virgen Madre de Dios. Nuestra Madre
Viernes (9)
San Pedro Claver, presbítero (Nª Sª de Aránzazu) (23ª TO) (abstinencia)
Palabras: “Sácate primero la viga de tu ojo, y entonces verás claro… (Lc 6,42)
Reflexión: … para sacar la mota del ojo de tu hermano”
Propósito, durante el día: Señor, dame comprensión y compasión para todos
Sábado (10)
Beato Francisco Gárate, religioso (23ª TO)
Palabras: “El que es bueno de la bondad que atesora en su corazón… (Lc 6,45)
Reflexión: … saca el bien” Porque lo que rebosa del corazón habla la boca
Propósito, durante el día: Madre, tus ojos de mi no apartes, no me dejes solo
(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)
Las lecturas del día 4, domingo (23º TO, ciclo C; NªSª de la Consolación)
nos recuerdan que los designios de Dios no son los de los hombres: “¿Quién
conocerá tu designio, si tú no le das sabiduría, enviando tu santo espíritu
desde el cielo?” (Sb 9); “Quizá se apartó de ti para que lo recobres ahora para
siempre” (Flm 9); “Quien no lleve su cruz detrás de mí no puede ser discípulo
mío” (Lc 14). El plan de vida es sencillo: negarse a sí mismo, tomar la cruz de
cada día y seguir los pasos de Jesús. “Y yo os aliviaré”
PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO
- “Muchas veces se piensa que se vale según la
posición que se ocupa en este mundo. El hombre no es la posición que tiene, el
hombre es la libertad de que es capaz y que se manifiesta plenamente cuando
ocupa el último puesto o cuando le está reservado un puesto en la Cruz. El
cristiano sabe que su vida no es una carrera al modo de este mundo, sino una
carrera al modo de Cristo que dirá de sí mismo que ha venido para servir y no
para ser servido (cf Mt 10,45). Hasta que no comprendamos que la revolución del
Evangelio está en este tipo de libertad, continuaremos asistiendo a guerras,
violencias e injusticias, que no son sino el síntoma externo de una falta de
libertad interior. Allí donde no hay libertad interior se abre camino al
egoísmo, el individualismo, los intereses, la opresión y todas estas miserias.
Y predominan las miserias.” (Homilía en la misa en la plaza de la Basílica de
Santa maría de Collemaggio, en L´Aquila, Italia, el 28 de agosto de 2022)
- “El discernimiento es
agotador pero indispensable para vivir. Requiere que me conozca a mí mismo, que
sepa lo que es bueno para mí aquí y ahora. Sobre todo, requiere una “relación
filial con Dios”. Dios es Padre y no nos deja solos, siempre está dispuesto a
aconsejarnos, a animarnos, a acogernos. Pero nunca impone su voluntad. ¿Por
qué? Porque quiere ser amado y no temido. Y Dios también quiere que seamos
hijos y no esclavos: hijos libres. Y el amor sólo puede vivirse en libertad.
Para aprender a vivir hay que aprender a amar, y para ello es necesario
discernir: ¿Qué puedo hacer ahora, ante esta alternativa? Que sea un signo de
más amor, de más madurez en el amor. ¡Pidamos, que el Espíritu Santo nos guíe!
Invoquémosle cada día, especialmente cuando tengamos que tomar decisiones.
Gracias.” (Audiencia general, 31 de agosto de 2022)
(4.09.22)
Noticia fiscal. Se
aprueba el RD 712/2022, de 30 de agosto (BOE del 31) por el que se aprueba el
reglamento del Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero y la Orden
HFP/826/2022 por la que se aprueban los modelos 587, de declaración, y A23, de
devolución, del impuesto.
La AEAT ha aplicado con elevados resultados recaudatorios el plan de regularización tributaria de no residentes a partir de datos obtenidos con información llegada del extranjero. Aún así no faltan las noticias de imputados como no residentes que se resisten a esa consideración. Pudiera haber una cierta arbitrariedad en la norma. ¿Y en el trato y consideración a asesinos condenados respecto de los infractores tributarios?
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