LO TRIBUTARIO (nº 546)
Las fuentes del Derecho (7): ¿fuentes del Derecho?
Desde luego, es posible distinguir lo que dicen las leyes, las precisiones jurisprudenciales, la interpretación administrativa y el criterio de los contribuyentes para su aplicación. También se debe considerar en que es necesario y conveniente dar información de las normas jurídicas y de su contenido, dar a conocer y comentar la doctrina de los tribunales y advertir de los criterios de actuación de la Administración. Posiblemente, esta última referencia -los criterios que sigue la Administración en sus actuaciones- sea la que más interés tenga para los contribuyentes y para los que hacen profesión de la enseñanza o del asesoramiento respecto de las normas tributarias y su aplicación, aunque, evidentemente, ni constituyen fuente de Derecho ni crean costumbre jurídica (art. 3 Cc). Ni siquiera la doctrina de los tribunales económico administrativo constituye jurisprudencia, porque ésta sólo emana de los tribunales de justicia, aunque es evidente que se trata de una doctrina cualificada en cuanto que, por una parte, procura la unificación en los criterios (v. art. 242 LGT) y de la doctrina (v. art. 243 LGT), en las resoluciones de los TEA; y, por otra parte, en cuanto doctrina reiterada, vincula a la Administración toda (v. art. 239.8 LGT).
En 1973 se publicó un novedoso, osado y profético trabajo de juventud de un profesor universitario sobre las consultas y las declaraciones tributarias como fuentes del Derecho. Con la humildad de quien conoce sus limitaciones y con la soberbia del que sabe que pondrá todo su empeño en superarlas, allí quedó lo dicho, asentado en el olvido y el desaprecio que merecía. Pero casi medio siglo después, en un “Taller de tributación”, volvió a la carga el ahora anciano tributarista. E inició su reflexión (parte primera de los “Talleres de tributación” sobre la que, luego, se trabaja estudiando la materia, recordando tallas artísticas más o menos conocidas, poniendo en común ideas y sugerencias sobre qué hacer, cómo hacerlo, aprovechando la experiencia del maestro de taller y los éxitos y errores de los veteranos y de los jóvenes asistentes) señalando dos aspectos para empezar a trabajar.
- Dice el artículo 89.1 LGT: “La contestación a las consultas tributarias escritas tendrá efectos vinculantes en los términos previstos en este artículo, para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos en su relación con el consultante… Los órganos de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos deberán aplicar los criterios contenidos en las consultas tributarias escritas a cualquier obligado siempre que exista identidad entre los hechos y circunstancias…”. Posiblemente la ley quería decir “contestaciones” (de la DGT) y no “consultas” (de los administrados), pero ese reflejo freudiano facilita la tarea.
- Dice el artículo 108.4 LGT que los datos y elementos de hecho consignados en las autoliquidaciones, declaraciones y demás documentos presentados se presumen ciertos para ellos; establece el artículo 119.3 LGT que las opciones que se deben ejercitar, solicitar o renunciar con la presentación de una declaración no se podrán rectificar con posterioridad salvo que sea dentro el plazo reglamentario de declaración; y el artículo 120.3 LGT regula un procedimiento para que el administrado pueda rectificar sus autoliquidaciones, en cuanto no se le admita declaraciones sustitutivas (art. 122 LGT).
DE LO HUMANO A LO DIVINO
Desde la reforma tributaria de 1965 y hasta 1985, con la aplicación del IVA en 1986, el ordenamiento tributario admitía los conveníos con los contribuyentes en la gestión del Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas. Se trataba de una colaboración social que se concretaba en el acuerdo entre la Administración y los representantes de los contribuyentes de cada uno de los sectores de actividad que convenían en una cifra global de cuota a pagar por todos los afectados no renunciantes por el convenio entre los que ellos mismos se distribuían los importes individuales a pagar. No había exactitud ni certeza en las cifras, ni colectivas ni individuales. Las obligaciones formales (contabilidad, registros, facturas) eran inútiles; la información de la Administración respecto de datos de los contribuyentes era escasa si no nula. Y, a pesar de esas limitaciones, se regulaba un recurso de agravio comparativo (señalando diferencias con otros) y un recurso de agravio absoluto (porque la cuota asignada era excesiva).
Actos de desagravio. El cristiano sabe que es hijo de Dios (“Mirad qué amor tan grande nos ha mostrado el Padre: que nos llamemos hijos de Dios ¡y los somos!”, I Jn 3,1); que Dios es amor (I Jn 4,8 y 16); que de Dios recibe todo el amor y la gracia necesarios y sobreabundantes (“y fiel es Dios, que no permitirá que seáis tentados por encima de vuestras fuerzas; antes bien, con la tentación os dará también el modo de poder soportarla con éxito”, 1 Co 10,13); para hacer con confianza el camino que lo llevará al cielo (“El Señor es mi pastor, nada me falta. En verdes paraderas me hace reposar, me conduce a fuentes tranquilas y repara mis fuerzas. Me conduce por el sendero justo…”, salmo 23); que el examen final será sobre el amor (“A la tarde os examinarán en el amor”, San Juan de la Cruz, “Dichos de amor y de luz”), porque la vida del cristiano es recibir amor de Dios y repartir amor, ese amor, a los cercanos, a los lejanos y a los desconocidos (“Nosotros amamos porque Él nos amó primero”, I Jn 4,19). Vivir en la presencia de Dios es vivir la vida ordinaria, lleno de Dios y sumido en Dios, porque el Reino de Dios ya ha llegado (Mt 12,28), está en medio de nosotros (Lc 17,21) y consiste en “justicia, paz y alegría” (Rm 14,17).
El cristiano que incluye como norma de su plan de vida hacer actos de desagravio, sabe que no se trata de actos de contrición, de dolor de amor, ni para reparar o satisfacer por un daño o por un perjuicio, ni de ofrecer sacrificios expiatorios. El diccionario define “agravio” con ofensa, perjuicio, humillación o menosprecio y “desagraviar” con borrar o reparar el agravio, dando al ofendido una satisfacción cumplida, o resarcir o compensar del perjuicio causado. Ofender, humillar, perjudicar a Dios -¡la criatura, a Dios!- ya es difícil de entender; borrar, la ofensa a Dios, compensarle, darle satisfacción cumplida, parece imposible. Dios no sufre, pero se compadece (“Impassibilis est Deus, sed non imcompassibilis cui propium est misereri semper et parcere”, San Bernardo, sermón 26) y el Hijo de Dios, Dios hecho hombre, sí sufrió y sufre por las ofensas.
Y Dios se compadece con los hombres (Enc. “Spes salvi”, 39). Desagraviar es amar. Amar al Amado, darle nuestra vida, porque “La medida del amor es amar sin medida” (San Bernardo). El cristiano ama recitando oraciones de desagravio: “Te ofrezco mi vida, obras y trabajos en satisfacción de todos mis pecados…” (acto de contrición); “Te ofrezco las oraciones, las obras y sufrimientos de este día para reparar las ofensas que Te hacen…” (ofrecimiento de obras en un colegio marista). De la mano de María.
LA HOJA SEMANAL
(del 16 al 21 de septiembre)
Lunes (16)
San Cornelio, papa, y san Cipriano, obispo, mártires (24ª TO)
Palabras: “No soy yo quien para que entres en mi casa” (Lc 7,6)
Reflexión: “Os digo que ni en Israel he encontrado tanta fe”
Propósito, durante el día: Testimonios de fe. Visitas al Señor, genuflexión
Martes (17)
San Roberto Belarmino, obispo y doctor de la Iglesia (24ª TO)
Palabras: “Le dio lástima y le dijo: - No llores” (Lc 7,13)
Reflexión: La viuda que iba a enterrar a su hijo único en Naín
Propósito, durante el día: Señor, ten misericordia de nosotros
Miércoles (18)
San José de Cupertino, presbítero (24ª TO)
Palabras: “Se parecen a niños sentados en la plaza que gritan” (Lc 7,32)
Reflexión: Tocamos la flauta y no bailáis, cantamos lamentaciones y no lloráis
Propósito, durante el día: Señor, que no te critique, que no quiera ocupar tu lugar
Jueves (19)
San Jenaro, obispo y mártir (24ª TO)
Palabras: “Sus muchos pecados le son perdonados porque tiene mucho amor” (Lc 7,47)
Reflexión: En casa del fariseo; la pecadora que ungió los pies de Jesús con perfume
Propósito, durante el día: Detalles de amor a Dios: mirar con el alma, ofrecer, pedir
Viernes (20)
Santos Andrés Kim, Pablo Chong y compañeros mártires (24ª TO)
Palabras: Jesús iba caminando de ciudad en ciudad predicando el Evangelio (Lc 8,1)
Reflexión: Le acompañaban muchas mujeres que le ayudaban con sus bienes
Propósito, durante el día: Acompañados de Jesús: por la calle, en el trabajo, en familia
Sábado (21)
San Mateo, apóstol y evangelista (patrono de los empleados de la Hacienda Pública)
Palabras: “Le dijo: - Sígueme. Él se levantó y lo siguió” (Mt 9,9)
Reflexión: Jesús al pasar lo vio sentado en el mostrador de los impuestos
Propósito, durante el día: Madre, acompáñame en mi trabajo, ayúdame, anímame
(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)
Las lecturas del día 15, domingo (24 TO, ciclo C; Nª Sª de los Dolores, de las Angustias, del Camino, de la Bien Aparecida) es una renovación del alma en la misericordia de Dios: “Y el Señor se arrepintió de la amenaza que había pronunciado contra su pueblo” (Ex 32); “Cristo Jesús vino al mundo para salvar a los pecadores, y yo soy el primero” (1 Tm 1); “La misma alegría habrá entre los ángeles de Dios por un solo pecador que se convierta” (Lc 15). ¡Vamos a dar una alegría al cielo! La Madre sonríe.
PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO
- “Y, por último, ¡qué difícil puede resultar compartir la vida nueva que el Señor nos regala cuando continuamente somos impulsados a justificarnos a nosotros mismos, creyendo que todo proviene exclusivamente de nuestras fuerzas y de aquello que poseemos Cuando la carrera por la acumulación se vuelve agobiante y abrumadora —como escuchamos en la primera lectura— exacerbando el egoísmo y el uso de medios inmorales! La exigencia del Maestro es una invitación a recuperar la memoria agradecida y reconocer que, más bien que una victoria personal, nuestra vida y nuestras capacidades son fruto de un regalo (cf. Exh. Ap. “Gaudete et exsultate”, 55) tejido entre Dios y tantas manos silenciosas de personas de las cuales sólo llegaremos a conocer sus nombres en la manifestación del Reino de los Cielos.” (Homilía en la misa en el Campo Diocesano de Soamandrakizay, en Antananarivo, el 8 de septiembre de 2019)
- “Para vivir el Evangelio, no se puede esperar que todo a nuestro alrededor sea favorable, porque muchas veces las ambiciones del poder y los intereses mundanos juegan en contra nuestra. San Juan Pablo II decía que “está alienada una sociedad que, en sus formas de organización social, de producción y consumo, hace más difícil la realización de esta donación (de sí) y la formación de esa solidaridad interhumana” (Enc. “Centesimus annus”, 41c). En una sociedad así, se vuelve difícil vivir las bienaventuranzas; puede llegar incluso a ser algo mal visto, sospechado, ridiculizado (cf. Exh. Ap. “Gaudete et exsultate”, 91). Es cierto, pero no podemos dejar que nos gane el desaliento.” (Homilía en la misa en el Monumento a María, Reina de la Paz, de Port Luis, en Mauricio, el día 9 de septiembre de 2019)
(15.09.19)
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