LO TRIBUTARIO (n.º 1065)
IRPF: 7) la residencia fiscal
Cuando hace años se explicaba el IRPF era necesario hacer referencia a la “obligación personal de contribuir” y a la “obligación real de contribuir”. La palabra “real” no tenía como contraria la obligación “irreal” de contribuir, sino que, como ocurría cuando se distinguía entre impuestos personales y reales y se decía que en aquéllos el hecho imponible se refiere a todas las manifestaciones del mismo en cada persona (toda la renta obtenida por cada persona, todo el patrimonio correspondiente a cada persona y, donde existe el impuesto sobre el gastos personal, todo el gasto realizado por una persona en el período impositivo). El origen etimológico de la palabra “real”, referida a la clasificación de los tributos, está en el latín y en la palabra “res” (cosa) y así se podía decir que en los impuestos reales (sobre el rendimiento del trabajo o el rendimiento del capital, o la contribución urbana o la rústica y pecuaria…) el objeto del impuesto (cada sueldo, cada dividendo, cada edificación, cada finca...) se multiplica o divide con la “cosa”. En cambio, en el impuesto personal su ámbito se refiere a cada persona (la suma de rentas de cada persona en cada período impositivo). Y, avanzando en la explicación, se advertía contra la confusión de “personal” con “subjetivo” (circunstancias individuales: estado civil, salud, edad…). Y así se llegaba a la influencia de la residencia, domicilio, nacionalidad, vecindad, en la tributación. Son ámbitos que limitan la tributación (en la obligación real, los hechos imponibles producidos en un territorio; en la obligación personal, todos los hechos imponibles correspondientes una persona cualquiera que fuera el territorio en que se produjeran). En el sistema tributario es posible facilitar la diferencia estableciendo dos impuestos sobre la renta ganada, según se trate de residentes (LIRPF y LIS) o de no residentes (LIRNR). Y en este impuesto, según se trate de rentas obtenidas mediante establecimiento permanente o sin establecimiento permanente en España.
No acaban aquí las consideraciones que se deben hacer cuando se trata de la circunstancias subjetiva de la localización del que está sujeto a un tributo. Así, en el IRPF, la renta ganada se refiere a la residencia habitual fiscal, en general, y a la residencia autonómica, a efectos del gravamen autonómico, con peculiaridades internacionales en que se atiende a la nacionalidad; y en lo foral, se atiende a la vecindad; en el IS son trascendentes la constitución. el domicilio fiscal y la sede de dirección; en cambio, para la renta gastada (LIVA) se atiende a donde se está establecido.
A efectos del IRPF se considera residentes a las personas físicas que tienen su residencia habitual en territorio español y a las personas físicas que tienen su residencia habitual en el extranjero por circunstancias diplomáticas, empleo oficial o por ser funcionario con cargo o empleo en el extranjero, con las excepciones que señala la ley del impuesto. La residencia habitual se refiere: a) a la permanencia más de 183 días al año en territorio español computando también las ausencias esporádicas, salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país; b) o si radica en España el núcleo principal o la base de sus actividades intereses económicos, de forma directa o indirecta; c) por presunción, salvo prueba en contrario, cuando reside en España habitualmente el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan del contribuyente. La permanencia es frecuente objeto de litigios, unas veces por exceso (considerar prueba de días de permanencia los de publicación de entrevistas), otras por insensibilidad natural (afectos personales y familiares).
No pierde la condición de contribuyente la persona física de nacionalidad española que acredite su nueva residencia fiscal en un país o territorio considerado como paraíso fiscal. La Administración podrá exigir que se pruebe la permanencia en el paraíso fiscal durante 183 días del año natural. También se regulan cautelas que afecta a la residencia autonómica: Se considera que una persona física permanece en territorio de una Comunidad Autónoma cuando en dicho territorio radique su vivienda habitual; no producirán efecto los cambios de residencia que tengan por objeto principal lograr una menor tributación efectiva en el impuesto
DE LO HUMANO A LO DIVINO
Afirmaron, pero no firmaron, ni emplearon documento oficial, que no había irregularidad tributaria grave en el empleado público que residía en otra nación. Claro que tampoco sabía dónde trabajaba.
A veces el camino se hace más largo que la distancia, mirar a lo lejos tampoco ayuda, pero tener confianza y proclamarlo alivia en el cansancio y repone el ánimo. “El Señor es clemente y justo, nuestro Dios es compasivo. El Señor guarda a lo sencillos: estaba yo hundido y me salvó. Alma mía vuelve a tu sosiego, que el Señor ha sido benigno contigo; pues ha rescatado mi alma de la muerte, mis ojos de las lágrimas, mis pies de la caída” (salmo 116)“Dad gracias al Señor porque es bueno, porque es eterna su misericordia…. Desde mi angustia invoqué al Señor: el Señor me escuchó dándome holgura. El Señor está conmigo: no temo ¿qué puede hacerme el hombre? El Señor está conmigo, me socorre…” (salmo 118). “El Señor es clemente y compasivo, lento a la ira y rico en misericordia. El Señor es bueno con todos y su misericordia se extiende a todas sus obras... El Señor sostiene a los que van a caer y endereza a los que se encorvan. Los ojos de todos se dirigen a ti esperando: Tú les das el alimento a su tiempo. Tu abres tu mano y sacias de buen grado a todo viviente. El Señor es justo en todos sus caminos, misericordioso en todas sus acciones. El Señor está cerca de los que le invocan, de cuantos le invocan de verdad (salmo 145)
- Alegría confiada. “Bendito sea Dios, Padre de nuestro Señor Jesucristo, que por su gran misericordia nos ha engendrado de nuevo -mediante la resurrección de Jesucristo de entre los muertos- a una esperanza viva, a una herencia incorruptible, inmaculada y que no se marchita, reservada en los cielos para vosotros, que, por el poder de Dios, estáis custodiados mediante la fe hasta alcanzar la salvación preparada ya para ser manifestada en el tiempo último. Por eso os alegráis aunque ahora, durante algún tiempo, tengáis que estar afligidos por diversas pruebas, para que la calidad probada de vuestra fe – mucho más preciosa que el oro perecedero que, sin embargo, se acrisola por el fuego.- sea hallada digna de alabanza, gloria y honor, cuando se manifieste Jesucristo, a quien amáis sin haberlo visto; y en quien, sin verlo todavía, creéis y os alegráis con un gozo inefable y glorioso alcanzando así la meta de vuestra fe, la salvación de las almas” (1Pe 1,3-9)
- Alegría prometida. “Así pues, también vosotros ahora os entristecéis, pero os volveré a ver y se os alegrará el corazón y nadie os quitará vuestra alegría. Ese día no me preguntaréis nada. En verdad, en verdad os digo, si le pedís al Padre algo en mi nombre, os lo concederá. Hasta ahora no habéis pedido nada en mi nombre: pedid y recibiréis para que vuestra alegría sea completa… Ese dia pediréis en mi nombre, y no os digo que yo rogaré al Padre por vosotros, ya que el Padre mismo os ama, porque vosotros me habéis amado y habéis creído que salí de Dios. Salí del Padre y vine al mundo; de nuevo dejo el mundo y voy al Padre” (Jn 16,22-24.26-28). “Padre quiero que donde yo estoy también estén conmigo los que tu hoy me has confiado, para que vean mi gloria, la que me has dado porque me amaste antes de la creación del mundo” (Jn 17,24)
- Alegría practicada. “Alegraos siempre en el Señor; os lo repito alegraos. Que vuestra comprensión sea patente a todos los hombres. El Señor está cerca. No os preocupéis por nada; a contrario, en toda oración y suplicad presentad a Dios vuestras peticiones con acción de gracias. Y la paz de Dios que supera todo entendimiento custodiará vuestros corazones y vuestros pensamientos en Cristo Jesús” (Flp 4,4-7). “Estad siempre alegres. Orad sin cesar. Dad gracias por todo, porque eso es lo que Dios quiere de vosotros en Cristo Jesús.” (1Tes 5,16-17)
- Y la poesía litúrgica. “El trabajo nos urge, / nos concentra y astilla. / Poco a poco, la muerte / nos hiere y purifica. / Señor del universo, / con el hombre te alías. / En nuestra actividad, / tu fuerza cómo vibra./ Señor de los minutos, / intensa compañía. / Gracias por los instantes / que lo eterno nos hilan. / Gracias por esta pausa / contigo en la fatiga. / Contigo hay alegría.” (Himno de la Hora Intermedia en el jueves de la III semana)
LA
HOJA SEMANAL
(del 27 al 31 de enero y 1 de febrero)
Lunes (27)
Santa Ángela de Merici, virgen (3º TO)
Palabras: “Todo se les podrá perdonar a los hombres: pecados… (Mc 3,28)
Reflexión: … pero el que blasfeme contra el Espíritu Santo no tendrá perdón”
Propósito, durante el día: Padre, perdona nuestras ofensas como nosotros perdonamos
Martes
(28)
Santo Tomás de Aquino, presbítero y doctor de la Iglesia (3ª TO)
Palabras: “El que cumple la voluntad de Dios, ése es mi hermano… (Mc 3,35)
Reflexión: … y mi hermana y mi madre”
Propósito durante el día: Padre nuestro, no nos dejes caer en la tentación
Miércoles
(29)
San Valero de Zaragoza, obispo (3ª TO)
Palabras: “El resto cayó entierra buena, nació, creció y dio grano; … (Mc 4,8)
Reflexión: … y la cosecha fue del treinta o del sesenta o del ciento por uno”
Propósito, durante el día: Señor, contigo todo lo puedo. Sin ti, nada
Jueves
(30)
Santa Jacinta Mariscotti, virgen (3ª TO)
Palabras: “La medida que uséis, la usarán con vosotros y con creces” (Mc 4,24)
Reflexión: “Al que tiene se le dará, al que no tiene se le quitará hasta lo que y tiene”
Propósito, durante el día: Quien se alegra porque da, ya sabe lo que es amar
Viernes
(31)
San Juan Bosco, presbítero y fundador (3ª TO) (día de abstinencia)
Palabras: “El Reino de Dios se parece a un hombre que echa simiente en la tierra (Mc 4,26)
Reflexión: … la semilla germina y va creciendo sin que él sepa cómo”
Propósito, durante el día: Señor, dame, para que pueda darme
Sábado
(1)
Santa Brígida, abadesa (3ª TO)
Palabras: “¿Por qué sois tan cobardes? ¿Aún no tenéis fe? (Mc 4,40)
Reflexión: Maestro, ¿no te importa que nos hundamos?
Propósito, durante el día: Madre, jamás se oyó que ninguno que acudió a ti lo hubieras abandonado
(la reflexión y el propósito
los fija cada uno, claro)
Las lecturas del día 26, domingo (3º TO; ciclo C; santos Timoteo y Tito) nos traen palabras de alegría y confianza en Dios: No estéis tristes, pues el gozo del Señores vuestra fortaleza” (Neh 8); “Pues bien, vosotros sois el cuerpo de Cristo y cada uno es un miembro” (1 Co 12); “El Espíritu del Señor está sobre mi, porque él me ha ungido. Me ha enviado para anunciar el Evangelio a los pobres, para anunciar la libertad a los cautivos y la vista a los ciegos” (Lc 1). Dios está con nosotros
PALABRA DEL PAPA FRANCISCO
- “En el banquete de nuestras vidas -podríamos decir- a veces nos encontramos con que falta el vino: que nos faltan fuerzas y muchas cosas. Sucede cuando las preocupaciones que nos afligen, los temores que nos asaltan o las fuerzas perturbadoras del mal nos quitan el sabor de la vida, la ebriedad de la alegría y el sabor de la esperanza. Tengamos cuidado: Pero frente a esta falta, cuando el Señor da, da la sobreabundancia. Parece una contradicción: cuanta más falta hay en nosotros, más sobreabundancia hay por parte del Señor. Porque el Señor quiere hacer una fiesta con nosotros, una fiesta que no tendrá fin.” (Angelus, 19 de enero de 2025)
- “Y María se enciende de confianza: es «una lámpara con muchas luces», como dice Teófanes en su “Canon de la Anunciación”. Se abandona, obedece, hace espacio: es «una cámara nupcial hecha por Dios» (ibid.). María acoge al Verbo en su propia carne y se lanza así a la mayor misión jamás confiada a una mujer, a una criatura humana. Se pone al servicio: es llena de todo, no como esclava, sino como colaboradora de Dios Padre, llena de dignidad y autoridad para administrar, como hará en Caná, los dones del tesoro divino, para que muchos puedan sacar de él abundantemente.
Hermanas, hermanos, aprendamos de María, Madre del Salvador y Madre nuestra, a dejarnos abrir los oídos a la Palabra divina y a acogerla y custodiarla, para que transforme nuestros corazones en tabernáculos de su presencia, en hogares acogedores donde pueda crecer la esperanza.” (Audiencia general, 22 de enero de 2025)
(26.01.25)
Noticia fiscal. Por haber sido rechazado por las Cortes Generales, por Resolución de 22 de enero de 2025 (BOE del 23) se deroga el RDL 9/2024, que aprobaba diversas medidas de distinto contenido y por Resolución de 22 de enero de 2025 (BOE del 23) se deroga el RDL 10/2024 que aprobaba el gravamen temporal sobre empresas energéticas.
Noticia del blog. En la última semana de se ha alcanzado las 127.003 entradas visitadas desde Singapur (210), España (138), Hong Kong (81), México (44), Israel (8), Suiza (1) y otros orígenes con una entrada visitada. Gracias por el ánimo que esto supone para responsables octogenarios. Gracias a Dios.
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