LO TRIBUTARIO (nº 756)

La otra Ley 11/21: los responsables (art. 41 a 43 LGT)

No es frecuente considerar que la obligación tributaria es una obligación personalísima. Es una obligación intrínsecamente unida a la persona que queda obligada por la realización de un hecho imponible (art. 20 LGT) que determina el nacimiento de la obligación fiscal y a la exigencia de pago (art. 21 LGT) según la capacidad económica (art. 31 CE), precisamente, de ese “obligado tributario”. El obligado tributario es el sujeto pasivo de la relación tributaria con la Administración que gestiona los tributos y, en cuanto satisface la obligación tributaria que le corresponde, es contribuyente en el sostenimiento de los gastos públicos (art. 31 CE). La ley puede señalar a un sustituto del contribuyente que paga por él, pero que tiene derecho al resarcimiento previo o posterior. La ley regula la responsabilidad tributaria, pero si se considera que puede suponer que uno pague el importe del tributo correspondiente a otro. el obligado personalísimo que determina el gravamen según sus circunstancias y su capacidad económica, será inevitable calificar al responsable como sancionado (AN 10-10-16).

La LGT regula la responsabilidad tributaria en los artículos 41 a 43 y el procedimiento “frente” a los responsables en los artículos 174 a 176. La Ley 11/2021 modifica varios aspectos que afectan a los responsables. Así, en el artículo 95 bis LGT que regula la publicación de morosos fiscales incluye a los responsables entre los grandes deudores de la Hacienda. En ese precepto es donde se señala como tercera circunstancia que determina la inclusión no haber pagado en el “plazo originario” de ingreso en período voluntario. Esa novedosa referencia se define en la Exposición de Motivos de la ley respecto de los períodos voluntario y ejecutivo de pago (art. 62 LGT) al distinguir en el período voluntario el plazo originario y el plazo resultante de vicisitudes como son las suspensiones y aplazamientos. Así, se puede regular en el artículo 175 LGT que, cuando la responsabilidad solidaria haya sido declarada y notificada antes del vencimiento del “período voluntario de pago originario” de la deuda que se deriva, una vez transcurrido dicho período, bastará con requerir el pago al responsable, aunque ese plazo se haya alargado para el deudor principal con alguna “vicisitud”, Lo que hace de peor condición al responsable que la deudor principal y admite un atajo jurídicamente cuestionable en la actuación recaudatoria de la Administración. Otras modificaciones que afectan a los responsables se localizan en el artículo 9.4 LIRNR (responsabilidad de los designados como representantes (art. 10.1 LIRNR) de contribuyentes que operen mediante establecimiento permanente o entidades en régimen de atribución con presencia en España (art. 38 LINR). En otros impuestos (art. 87 tres LIVA, art. 21 bis Ley 20/1991, Canarias), la responsabilidad subsidiaria referida a los agentes de aduanas pasa a ser de quienes actúen en nombre y por cuenta del importador; y se regula la responsabilidad (Anexo LIVA, ap. Quinto) subsidiaria de los titulares de depósitos por salida de bienes, con regulación específica para extractores.

Permanece inalterada la derivación al responsable de las sanciones impuestas al deudor principal, contra el principio de personalidad de la pena (art. 41.4 LGT); o la no revisión de la exigencia al deudor aunque por impugnación estimada del responsable se hubiera anulado la deuda (art. 174.5 LGT) o, sin más, la imposible impugnación de la liquidación (art. 42.2.a) LGT) que es un caso típico de sanción

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Al regular que un mismo bien inmueble tenga varios valores (declarado, catastral, imputable, de referencia, vinculado, de mercado, efectivo) se logra la arbitrariedad.

El cristiano vive en la esperanza de que, después de esta vida, tendrá otra que dura para siempre. Y si piensa que así lo tiene Dios dispuesto para cada uno desde antes de la creación del tiempo y para cuando el tiempo ya no exista, el cristiano siente que vivir un tiempo en el amor de Dios merece la pena, a pesar de los pesares. “Vi un cielo nuevo y una tierra nueva, pues el primer cielo y la primera tierra desaparecieron y el mar ya no existe… Y oí una fuerte voz procedente del trono que decía: Esta es la morada de Dios con los hombres. Habitará con ellos y ellos serán su pueblo, y Dios, habitando realmente en medio de ellos, será su Dios. Y enjugará toda lágrima de sus ojos y no habrá ya muerte, ni llanto, ni lamento, ni dolor, porque todo lo anterior ya pasó” (Ap 21,1. 3-4). Por tanto, ten celo y arrepiéntete. Mira, estoy a la puerta y llamo; si alguno escucha mi voz y abre la puerta, entraré en su casa y cenaré con él y él conmigo. Al que venza le concederé sentarse conmigo en mi trono, igual que yo he vencido yme he sentado con mi Padre en su trono” (Ap 3,20-21)

El Catecismo de la Iglesia Católica dice: “La esperanza es la virtud teologal por la que aspiramos al Reino de los cielos y a la vida eterna como felicidad nuestra, poniendo nuestra confianza en las promesas de Cristo y apoyándonos no en nuestras fuerzas, sino en los auxilios de la gracia del Espíritu Santo…” (1817). “La virtud de la esperanza corresponde al anhelo de felicidad puesto por Dios en el corazón de todo hombre; asume las esperanzas que inspiran las actividades de los hombres; las purifica para ordenarlas al Reino de los cielos; protege del desaliento; sostiene en todo desfallecimiento; dilata el corazón en la espera de la bienaventuranza eterna. El impulso de la esperanza preserva del egoísmo y conduce a la dicha de la caridad.” (1818).

“A todos los que esperan se puede aplicar lo que dijo san Pablo de Abrahán: creyó, esperando contra toda esperanza (Rm 4,8). Diréis todavía. ¿Cómo puede suceder esto? Sucede porque se aferra a tres verdades. Dios es omnipotente. Dios me ama inmensamente. Dios es fiel a las promesas. Y es Él, el Dios de las misericordias, quien enciende en mí la confianza; por lo cual yo no me siento ni solo, ni inútil, ni abandonado, sino implicado en un destino de salvación, que desembocará un día en el paraíso” (Juan Pablo I, Alocución el 20 de septiembre de 1978)           

“Esperar es no sólo creer en Dios, sino creer y estar ciertos de que nos ama y desea nuestro bien; y por esto es una gran gracia cristiana. Pero la fe sin esperanza no basta para llevarnos a Cristo. Los diablos creen y tiemblan (St 11). Creen, pero no van a Cristo porque no esperan, sino desesperan (cardenal J.H. Newman, “Sermón para el domingo IV después de Epifanía”)

“Y ahora, hijos, permaneced en Él, para que cuando se manifieste, tengamos confianza y no quedemos avergonzados lejos de Él, en su venida…” (1 Jn 2,28). Porque nos espera una “herencia incorruptible, inmaculada y que no se marchita, reservada en los cielos para vosotros” (1 Pe 1,4) Y, en el Calvario, el malhechor esperanzado le dijo: “ - Jesús, acuérdate de mí cuando llegues a tu Reino. Y le respondió: En verdad te digo: hoy estarás conmigo en el Paraíso” (Lc 23,42-43). ¡Santa María, esperanza nuestra!

LA HOJA SEMANAL
(del 8 al 13 de noviembre) (año de san José; año de la Familia)

Lunes (8)

San Claro, presbítero (32ª TO)
Palabras: “Los apóstoles le pidieron al Señor: Auméntanos la fe (Lc 17,5)
Reflexión: Si tuvierais fe como un granito de mostaza…
Propósito, durante el día: Señor, danos Fe, más fe, fe en todo

Martes (9)

Dedicación de la Basílica de Letrán
Palabras: No convirtáis en un mercado la casa de mi Padre (Jn 2,16)
Reflexión: El celo de tu casa me devora
Propósito, durante el día: Danos, Señor, piedad para adorarte, para darte gracias

Miércoles (10)

San León Magno, papa y doctor de la Iglesia (32ª TO)
Palabras: Se pararon lejos y a grito decían: Jesús, maestro, ten compasión (Lc 17,13)
Reflexión: Eran diez leprosos, quedaron curados y sólo uno volvió a dar gracias
Propósito, durante el día: Gracias, Señor; perdóname; ayúdame más

Jueves (11)

San Martín de Tours, obispo (32ª TO)
Palabras: “El Reino de Dios no vendrá espectacularmente” (Lc 17,20)
Reflexión: Desearéis vivir un día con el Hijo del hombre y no podréis
Propósito, durante el día: Danos silencio interior, paz interior y darnos a todos

Viernes (12)

San Josafat, bispo y mártir (32ª TO) (día de penitencia)
Palabras: “El que pretenda guardarse su vida, la perderá; … (Lc 17,33)
Reflexión: … y el que la pierda, la recobrará”
Propósito, durante el día: Señor, no permitas que me aparte de Ti

Sábado (13)

San Estanislao de Kostka, religioso (32ª TO)
Palabras: “Dios ¿no hará justicia a sus elegidos que le gritan día y noche? … (Lc 18,7)
Reflexión: … Os digo que le hará justicia sin tardar
Propósito, durante el día: Madre nuestra, abogada nuestra. Ruega por nosotros

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del día 7, domingo (32º TO, ciclo B) nos afirman en la confianza en Dios: “Ni la orza de harina se vaciará, la alcuza de aceite no se agotará…” (1R 17); “Cristo se ha ofrecido de una vez para quitar los pecados de todos” (Hb 9); “Esa pobre viuda ha echado en el arca de las ofrendas más que nadie. Porque los demás han echado de lo que les sobra, pero ésta, que pasa necesidad, ha echado todo lo que tenía para vivir” (Mc 12). Tiempo de amor de Dios, de dar gracias, de pedir perdón y de convertirnos.

PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO

- “Tomemos hoy ejemplo de este escriba. Repitamos las palabras de Jesús, hagámoslas resonar en nosotros: “Amar a Dios con todo el corazón, con toda el alma, con toda la mente y con todas las fuerzas y al prójimo como a mí mismo". Y preguntémonos: ¿orienta realmente mi vida este mandamiento? ¿Se refleja este mandamiento en mi vida diaria? Nos hará bien esta noche, antes de dormirnos, hacer el examen de conciencia sobre esta Palabra, para ver si hoy hemos amado al Señor y hemos dado un poco de bien a los que nos hemos encontrado. Que cada encuentro sea dar un poco de bien, un poco de amor, que viene de esta Palabra. Que la Virgen María, en quien se hizo carne el Verbo de Dios, nos enseñe a acoger en nuestro corazón las palabras vivas del Evangelio.” (Angelus, día 31 de octubre de 2021)

- “Las Bienaventuranzas, pues, son “la profecía de una humanidad nueva”, de un modo nuevo de vivir: hacerse pequeño y encomendarse a Dios, en lugar de destacar sobre los demás; ser manso, en vez de tratar de imponerse; practicar la misericordia, antes que pensar solo en sí mismo; trabajar por la justicia y la paz, en vez de alimentar, incluso con la connivencia, injusticias y desigualdades. La santidad es acoger y poner en práctica, con la ayuda de Dios, esta profecía que revoluciona el mundo. Entonces podemos preguntarnos: ¿Doy testimonio de la profecía de Jesús? ¿Manifiesto el espíritu profético que recibí en el Bautismo? ¿O me adapto a las comodidades de la vida y a mi pereza, pensando que todo va bien si me va bien a mí? ¿Llevo al mundo la alegre novedad de la profecía de Jesús o las habituales quejas por lo que no va bien? Preguntas que será bueno plantearnos.” (Angelus, día 1 de noviembre de 2021)

- “¡Qué fácil es criticar a los otros! Pero hay gente que parece tener una licenciatura en chismorreo. Todos los días critican a los demás. ¡Pero mírate a ti mismo! Está bien preguntarnos qué nos impulsa a corregir a un hermano o a una hermana, y si no somos de alguna manera corresponsables de su error. El Espíritu Santo, además de donarnos la mansedumbre, nos invita a la solidaridad, a llevar los pesos de los otros. ¡Cuántos pesos están presentes en la vida de una persona: la enfermedad, la falta de trabajo, la soledad, el dolor…! ¡Y cuántas otras pruebas que requieren la cercanía y el amor de los hermanos! Nos pueden ayudar también las palabras de san Agustín cuando comenta este mismo pasaje: “Por lo tanto, hermanos, si un hombre está implicado en alguna falta, […], instruidle con espíritu de mansedumbre. Y si levantas la voz, haya amor interiormente. Si exhortas, si acaricias, si corriges, si te muestras duro: ama y haz lo que quieres” (Sermones 163/B 3). Ama siempre. La regla suprema de la corrección fraterna es el amor: querer el bien de nuestros hermanos y de nuestras hermanas. Se trata de tolerar los problemas de los otros, los defectos de los otros en silencio en la oración, para después encontrar el camino adecuado para ayudarlo a corregirse. Y esto no es fácil. El camino más fácil es el del chismorreo. Despellejar al otro como si yo fuera perfecto. Y esto no se debe hacer. Mansedumbre. Paciencia. Oración. Cercanía. Caminemos con alegría y con paciencia en este camino, dejándonos guiar por el Espíritu Santo.” (Audiencia general, 3 de noviembre de 2021)

(7.11.21)

Noticia fiscal. El RD-L 24/2021, de 2 de noviembre (BOE del 3), para transposición de varias Directivas, incluye modificaciones tributarias. Así: art 22.9 LIVA (exención a entregas a organismos) y art. 61 LIVA (importación de organismos internacionales); y en el ITPyAJD al art. 45.I B) se añade un nº 33 (exención de bonos garantizados y otros valores y actos en el concurso de la sociedad emisora) 

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