LO TRIBUTARIO
Reforma tributaria. IRPF (4): rentas irreales
Parece razonable considerar que el impuesto sobre la renta se exija a partir de rentas realmente obtenidas y por el importe correspondiente. Pero no deja de tener justificación que algunos casos puedan exigir una valoración de la renta que puede diferir de otro importe. Así, presumiendo la ley que las prestaciones de bienes, derechos o servicios son retribuidas salvo prueba en contrario (art. 6.5 LIRPF), está justificada la valoración atendiendo al valor normal de mercado o al interés legal del dinero en préstamos y similares (art. 40 LIRPF); o que, estableciendo la ley una valoración especial para las operaciones vinculadas, se regule su valoración (art. 41 LIRPF) según su valor normal de mercado en los términos señalados en el art. 16 LIS que ha sido modificado por la reforma. Otras valoraciones fiscales se pueden justificar en su regulación, aunque se pueda discrepar en los criterios establecidos, como ocurre con la valoración de las rentas en especie (arts. 42 y 43 LIRPF) que igualmente han sido modificadas por la reforma; o con las ganancias y pérdidas patrimoniales que tienen reglas de valoración generales (arts. 34 a 36 LIRPF) y especiales (art. 37 LIRPF). La estimación indirecta (art. 53 LGT) es un remedio inevitable, pero la reforma ha desvirtuado el método mezclando estimación de ingresos y realidad de gastos.
Más cuestionable es la estimación objetiva de rentas obtenidas por empresarios (art. 31 LIRPF). Su antecedente histórico son las evaluaciones globales de beneficios que se establecieron en 1956 justificadas por la carencia de medios materiales y humanos de la Administración. Las cifras estimadas eran ridículas, pero inalterables. De ahí que en la reforma de 1978, se sustituyera aquel método por la estimación objetiva a partir de signos, índices y módulos establecidos para cada actividad. La primera versión permitía revisar la estimación probando la realidad de los gastos incurridos, pero en 1983 quedó como hasta ahora, aunque hayan cambiado el ámbito de aplicación, los criterios y las obligaciones formales. En todo caso, la “renta fiscal” (diferencia entre la real y la estimada) no se considera renta gravable ni siquiera como ganancia patrimonial (art. 33 LIRPF). La justificación del mantenimiento de la estimación objetiva sigue siendo asegurar una recaudación mínima, superar las dificultades de un control general y reducir la presión fiscal indirecta de los contribuyentes con reducidos ingresos. Aún así, la estimación objetiva puede ser un semillero de evasiones fiscales. La reforma ha reducido el ámbito de su aplicación, pero es suficiente comparar los límites y la realidad de las empresas para considerar que sigue siendo muy amplio el ámbito de aplicación.
La presunción de ganancias patrimoniales no justificadas (art. 39 LIRPF), en cuanto que admite prueba en contrario, es razonable. Pero esa regulación se ha aprovechado (Ley 7/2012) para establecer que se considera ganancia no justificada y se incluye en la base imponible general del período impositivo más antiguo no prescrito, la tenencia, declaración o adquisición de elementos respecto de los que no se hubiera cumplido en plazo el deber de información sobre bienes y derechos en el extranjero (RD-L 12/2012), salvo que el contribuyente acredite que la titularidad se corresponde con rentas declaradas u obtenidas en períodos en los que no tenía la condición de contribuyente. No parece ajustado a Derecho que no declarar la tenencia de elementos patrimoniales impida justificar el tiempo de adquisición o la fuente de ingresos para hacerla. En este aspecto no se debe olvidar la norma de la LGT (arts. 66 bis y 115) que establece la imprescriptibilidad del derecho a comprobar y a liquidar períodos prescritos.
Noticia fiscal. Por Ley 15/2014, de 16 de septiembre (BOE del 17) y con efectos desde 1 de junio de 2015, se modifica el art. 112.1 LGT: en la notificación por comparecencia, cuando no sea posible la notificación personal, se hará por una sola vez en el BOE (Tablón Edictal Único). Semejante cambio en el art. 29 RDLeg 1/2009, del Catastro.
DE LO HUMANO A LO DIVINO
Las noticias tributarias de la semana han sido variadas: en la reforma del IRPF, la protesta popular parece que corregirá la tributación de las ganancias patrimoniales generadas de antiguo; a los Impuestos Especiales se puede añadir otro sobre el petróleo y el “fracking”; y se dice que se está llegando a “pactos” en la regularización tributaria por derechos de imagen de futbolistas.
Noviembre empieza con la celebración de la Iglesia triunfante (Todos los santos) y de la Iglesia purgante (Los fieles difuntos). Este año incluye la solemnidad de Jesucristo, Rey del universo. Puede ser conveniente repasar una de las peticiones del Padrenuestro: “Venga a nosotros tu Reino” (Mt 6,10; Lc 11,2). Dice el Catecismo: “El Reino de Dios es para nosotros lo más importante. Se aproxima en el Verbo encarnado, se anuncia a través de todo el Evangelio, llega en la muerte y la Resurrección de Cristo. El Reino de Dios adviene en la Última Cena y por la Eucaristía está entre nosotros. El Reino de Dios llegará en la gloria cuando Jesucristo lo devuelva a su Padre” (CIC nº 2816). Se encuentran varias referencias al Reino en las palabras de Jesús. Así, en la primera misión de los apóstoles debían anunciar: “El Reino de los Cielos está al llegar” (Mt 10,7); y en la predicación de los discípulos anunciaban:. “El Reino de Dios está cerca de vosotros” (Lc 10, 9 y 11). El propio Jesús decía: “Si yo expulso a los demonios por el Espíritu de Dios, es que el Reino de Dios ha llegado a vosotros” (Mt 12,28); y, también: “El Reino de Dios está ya en medio de vosotros (Lc 17,21)
El Reino es promesa realizada: “Bienaventurados los pobres de espíritu, porque suyo es el Reino de los Cielos” (Mt 5,3) y “Bienaventurados los que padecen persecución por causa de la justicia, porque suyo es el Reino de los Cielos (Mt 5,10). Y el Reino de Dios es también es ley para la vida y fundamento de esperanza de los cristianos: “Buscad primero el Reino de Dios y su justicia, y todas estas cosas se os añadirán” (Mt 6,33). “No temáis, pequeño rebaño, porque vuestro Padre ha tenido a bien daros el Reino. Vended vuestros bienes y dad limosna. Haceos bolsas que no envejecen, un tesoro que no se agota en el cielo, donde el ladrón no llega ni la polilla corroe. Porque donde está vuestro tesoro, allí está vuestro corazón ( Lc 12, 32-34). “Vosotros sois los que habéis permanecido junto a mí en mis tribulaciones. Por eso yo os preparo un Reino como mi Padre me lo preparó a mí, para que comáis y bebáis a mi mesa en mi Reino, y os sentéis sobre tronos para juzgar a las doce tribus de Israel” (Lc 22, 28-30)
El Reino es vida y meta del cristiano. Por lo que debe evitar: “No todo el que me dice: “Señor, Señor”, entrará en el Reino de los Cielos, sino el que hace la voluntad de mi Padre, que está en los cielos” (Mt 7,21); “Hijos, ¡qué difícil es entrar en el Reino de Dios! Es más fácil a un camello entrar por el ojo de una aguja que a un rico entrar en el Reino de Dios” (Mc 10, 24-25; v. Lc 18, 24-25); “Nadie que pone su mano en el arado y mira hacia atrás es apto para el Reino de Dios” (Lc 9,62); “¡Ay de vosotros, escribas y fariseos hipócritas, que cerráis el Reino de los Cielos a los hombres! Porque ni vosotros entráis, ni dejáis entrar a los que quieren entrar” (Mt 23, 13). Y por lo que debe hacer: “En verdad, en verdad te digo que si uno no nace de lo alto no puede ver el Reino de Dios... En verdad, en verdad te digo que si uno no nace del agua y del Espíritu no puede entrar en el Reino de Dios” (Jn 3, 3-5). “En verdad os digo: si no os convertís y os hacéis como los niños, no entraréis en el Reino de los Cielos” (Mt 18, 3). “Dejad a los niños y no les impidáis que vengan conmigo, porque de los que son como ellos es el Reino de los Cielos” (Mt 19,14). “En verdad os digo: quien no reciba el Reino de Dios como un niño no entrará en él” (Mc 10,15; v. Lc 18, 16-17)
LA HOJA SEMANAL
(del 3 al 8 de noviembre)
Lunes (3)
San Martín de Porres, religioso (semana 31ª TO) (oración por los difuntos)
Las palabras: “Te pagarán cuando resuciten los justos” (Lc 14,14)
La reflexión: Cuando des un banquete invita a los que no pueden pagarte
Propósito, durante el día: Caridad, ayuda, amabilidad, oración por todos
Martes (4)
San Carlos Borromeo, obispo (oración por los difuntos)
Las palabras: “Insísteles hasta que entren y se me llene la casa” (Lc 14,23)
La reflexión: El banquete del Reino al que todos somos llamados
Propósito, durante el día: La esperanza que salva porque Dios es fiel y no nos falla
Miércoles (5)
Santa Ángela de la Cruz, fundadora (oración por los difuntos)
Las palabras: “Quien no lleve su cruz no puede ser discípulo mío” (Lc 14,27)
La reflexión: Detrás de Mi, posponiendo otros amores, renunciando a lo demás
Propósito, durante el día: Fe en el Amor: todo es para bien
Jueves (6)
Santos Mártires de España del siglo XX (oración por los difuntos)
Las palabras: “Alegría en el cielo por un pecador que se arrepiente” (Lc 15,10)
La reflexión: Más que por noventa y nueve justos que no lo necesitan
Propósito, durante el día: Misericordia de Dios: gracias, perdón, ayúdame más
Viernes (7)
San Florencio, obispo (oración por los difuntos)
Las palabras: “Los hijos de este mundo son más astutos en lo suyo” (Lc 16,8)
La reflexión: Que los hijos de la luz. El administrador injusto
Propósito, durante el día: Con Dios para siempre. La mejor inversión. Merece la pena
Sábado (8)
Lo cuatro santos coronados, mártires (oración por los difuntos)
Las palabras: “No podéis servir a Dios y al dinero” (Lc 16,13)
La reflexión: Dios os conoce por dentro
Propósito, durante el día: Rectificar la intención: todo por Dios y para Dios
(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)
El domingo día 2 celebramos la Conmemoración de Todos los Fieles Difuntos: “Los fieles a su amor seguirán a su lado” (Sab 3); “Somos hijos de Dios... y también herederos” (Rm 8); para que “Todo el que ve al Hijo y cree en él tenga vida eterna” (Jn 6). Todo es fe, esperanza y amor en el Amor que salva. “Nació para morir; murió para vivir” (epitafio). “Para siempre. Para siempre”. (Sta. Teresa de Jesús)
PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO
- “Ahora, a la luz de esta palabra de Jesús, el amor es la medida de la fe, y la fe es el alma del amor. Ya no podemos separar la vida religiosa, la vida de piedad del servicio a los hermanos, a aquellos hermanos concretos que encontramos. No podemos ya dividir la oración, el encuentro con Dios en los Sacramentos, de la escucha del otro, de la proximidad a su vida, especialmente a sus heridas. Recordad esto: el amor es la medida de la fe. ¿Cuánto amas tú? Y cada uno se da la respuesta. ¿Cómo es tu fe? Mi fe es como yo amo. Y la fe es el alma del amor.” (Angelus, en la plaza de San Pedro, el día 26 de octubre de 2014)
- “Queridos hermanos y hermanas, a menudo como Iglesia experimentamos nuestra fragilidad y nuestros límites. Todos los tenemos. Todos somos pecadores. Nadie de nosotros puede decir: “Yo no soy pecador”. Pero si alguno de nosotros siente que no es pecador, que levante la mano. Veamos cuántos... ¡No se puede! Todos lo somos. Y esta fragilidad, estos límites, estos pecados nuestros, es justo que nos causen un profundo dolor, sobre todo cuando damos mal ejemplo y nos damos cuenta de que nos convertimos en motivo de escándalo. Cuántas veces, en el barrio, hemos escuchado: “Pero, esa persona que está allá, va siempre a la iglesia pero habla mal de todos, critica a todos...”. Esto no es cristiano, es un mal ejemplo: es un pecado. De este modo damos un mal ejemplo: “Y, en definitiva, si este o esta es cristiano, yo me hago ateo”. Nuestro testimonio es hacer comprender lo que significa ser cristiano. Pidamos no ser motivo de escándalo. Pidamos el don de la fe, para que podamos comprender cómo, a pesar de nuestra miseria y nuestra pobreza, el Señor nos hizo verdaderamente instrumento de gracia y signo visible de su amor para toda la humanidad. Podemos convertirnos en motivo de escándalo, sí. Pero podemos llegar a ser también motivo de testimonio, diciendo con nuestra vida lo que Jesús quiere de nosotros.” (Audiencia, en la plaza de San Pedro, el día 29 de octubre de 2014)
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