LO TRIBUTARIO

Inspección tributaria: documentación

El procedimiento de inspección es un procedimiento complejo que tiene como objeto (art. 145 LGT) comprobar los actos, elementos y valores declarados por el inspeccionado e investigar los hechos con relevancia tributaria no declarados o declarados incorrectamente, para así determinar si se cumplió adecuadamente con las obligaciones tributarias a que se refiere el “alcance” de la actuación inspectora, procediendo, en su caso, a la correspondiente regularización de la situación tributaria con plena sujeción a la Ley y al Derecho (art. 3 Ley 30/1992). Se trata, por tanto, de un procedimiento con un alto componente “probatorio” (arts. 105 a 108 LGT), pero también con un relevante contenido de “calificación” jurídica (art. 13 LGT) y que debe llevar a fundamentar una “propuesta de resolución” en las correspondientes actas (art. 154 a 157 LGT) que debería conducir a una “resolución” (art. 103 LGT) ya sea declarando conforme a Derecho la situación tributaria del inspeccionado, ya sea practicando la correspondiente “liquidación” (art. 101 LGT) de la que resulte una deuda a pagar o una cantidad a devolver, que debe ser “notificada” (arts. 109 a 112 LGT) para que surta los efectos correspondientes.

En el procedimiento de inspección se utilizan documentos que se regulan en la ley (art. 143 LGT). Aunque se pueden producir también en otras ocasiones (cambio de actuario, modificación del alcance, requerimientos...), mediante una “comunicación” (art. 99.7 LGT) se inicia el procedimiento, salvo cuando se inicie por personación sin previa advertencia (art. 151.2 LGT). En la comunicación debe constar el “alcance” de las actuaciones del procedimiento (art. 148 LGT), la identificación del inspeccionado, la condición (sujeto pasivo, responsable, sucesor) en la que se le comunica, la fecha de iniciación de las actuaciones, la documentación que se debe aportar y la información sobre los derechos y obligaciones (art. 147.2 LGT). Esta comunicación interrumpe la prescripción de no haberse ganado al tiempo de producirse.

Durante el desarrollo del procedimiento se formalizan “diligencias” cuyo contenido se limita en la ley (art. 99.7 LGT) a la constancia de los hechos y de las manifestaciones que quiera hacer el inspeccionado o su representante, estando prohibido que contengan propuestas de liquidaciones tributarias. Las diligencias (art. 107 LGT) son documentos públicos que hacen prueba de los hechos que motivan su formalización, salvo que se acredite lo contrario; los hechos aceptados y las manifestaciones que se hagan se consideran ciertos y sólo se pueden rectificar mediante prueba de error de hecho. Las diligencias suponen la continuación de actuaciones (art. 150 LGT) e interrumpen la prescripción, salvo que se puedan calificar como “argucia”: Fue diligencia argucia la que se limitó a dejar constancia de la documentación presentada sin valorarla (TS 15-11-13). Los “informes” son documentos administrativos (art. 99.7 LGT), a veces de obligada formalización (arts. 157.2, 158,1, 159 LGT) cuyo contenido se regula en la ley.

Con las “actas” (art. 143 LGT) terminan “las actuaciones” inspectoras (el “procedimiento” termina con la notificación de la resolución), contienen una propuesta de resolución (que se puede anular o modificar por el órgano que debe resolver: art. 156.3, 157.4 LGT) y son (art. 144 LGT) documentos públicos que hacen prueba de los hechos que las motivan, salvo que se acredite lo contrario, y que, si se aceptan, se presumen ciertos, salvo error de hecho.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Aunque la noticia es de hace días, aún se comenta lo que decía: que un grupo de técnicos considera que la “ineficacia” de la lucha contra el fraude fiscal y la crisis económica han provocado un aumento del 88% de la deuda pendiente de cobro que asciende a 50.000 millones de euros, de los que casi 11.000 millones están reclamados en los tribunales de justicia o económico-administrativos. Señala que se atascan porque en 14 años no han cambiado el número de técnicos e inspectores que resuelven las reclamaciones. Y considera que hay que cambiar en profundidad la AEAT porque es “inconcebible” que los TEA estimen el 44% de las reclamaciones contra las deudas, sanciones y actos de Hacienda. Posiblemente se trata de una información errónea, al menos en parte. Ciertamente, la crisis económica ha podido determinar un aumento de la deuda pendiente de cobro, precisamente por los aplazamientos pedidos y concedidos o por falta de recursos para el pago. No se puede olvidar que en situaciones económicas así se producen liquidaciones difíciles de pagar y cobrar. Del mismo modo, es evidente que la lucha contra el fraude ha podido elevar la deuda tributaria descubierta.

Otra cosa es que se considere deuda pendiente de cobro la correspondiente a sanciones y liquidaciones reclamadas. Al menos las reclamaciones o los recursos interpuestos señalan de que el contribuyente considera que la deuda liquidada no se ajusta a Derecho o que es indebida la sanción impuesta. No parece que se deba mezclar la causa del atasco en los tribunales de justicia con el retraso en resolver las reclamaciones económico-administrativas. Es posible que sea precisa una mayor dotación de vocales en los TEA, pero esa competencia no corresponde a la AEAT, sino al Ministerio del que dependen orgánicamente. En lo que seguramente hay un error es en la transcripción de la apreciación que llevaría a considerar “inconcebible” que los tribunales de la Administración estimen un elevado número de reclamaciones de los administrados. No cabe dudar de la preparación de los miembros de los TEA, que proceden de cuerpos técnicos o de inspección. Con igual fundamento se podría considerar que precisamente las exigencias de la lucha contra el fraude han podido determinar deficiencias en las actuaciones de gestión y exigencia de los tributos o en la imposición de sanciones indebidas contrariando la doctrina de los tribunales de justicia respecto de las garantías jurídicas. Circunstancias así no se remedian con una mayor dotación de recursos humanos y ni cabe en Derecho un remedio estableciendo criterios restrictivos de estimaciones porque los tribunales de la Administración, como ella misma (art. 3 Ley 30/1992), deben actuar con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho. La tributación es un aspecto de la vida ordinaria de los ciudadanos. De su correcta aplicación depende la paz ciudadana y la realización de la Justicia.

Para el cristiano la vida es camino que hay que andar en la dirección adecuada, sin pararse ni desviarse. Es tiempo de lucha, de caídas, de levantarse y de seguir, confiando en Dios porque “la vida del hombre es milicia” (Job 7,1), “si Dios está con nosotros, ¿quién contra nosotros” (Rm 8,31) y “todo lo puedo en Aquel que me conforta” (Fil 4,13). No se trata de luchas extraordinarias, sino habituales en la vida cotidiana en las que Dios está a nuestro lado. Desde la frecuencia en la oración, en el ofrecimiento de nuestro trabajo, en nuestras peticiones, en los actos de acción de gracias y de desagravio por nuestros fallos de amor, hasta el cuidado en los detalles haciendo bien lo que debemos hacer, tratando amablemente, ayudando a todos sin necesidad de que lo pidan, haciendo real la regla de oro: trata a los demás como quieres que te traten (Mt 7,12)

LA HOJA SEMANAL
(del 23 al 28 de junio)

Lunes (23)

San José Cafasso, presbítero (12ª semana del Tiempo Ordinario)
Las palabras: “No juzguéis y no os juzgarán” (Mt 7.1)
La reflexión: La mota en el ojo de tu hermano; la viga en el ojo propio
Propósito, durante el día: Corazón de Jesús, haz misericordioso mi corazón

Martes (24)

Natividad de san Juan Bautista
Las palabras: “La mano del Señor estaba con él” (Lc 1,66)
La reflexión: Isabel encinta a la vejez; la prueba de Zacarías; la voluntad de Dios
Propósito, durante el día: Corazón de Jesús, que vea, que haga, que ame tu voluntad

Miércoles (25)

San Guillermo de Vercelli, abad
Las palabras: “Por sus frutos los conoceréis” (Mt 7,20)
La reflexión: Los árboles sanos dan frutos buenos
Propósito, durante el día: Corazón de Jesús, dame rectitud de intención

Jueves (26)

San Josemaría Escrivá de Balaguer, presbítero (fundador del Opus Dei)
Las palabras: No todo el que dice: entrará en el reino” (Mt 7,21)
La reflexión: Cumplir la voluntad del Padre
Propósito, durante el día: Corazón de Jesús, hazme santo en la vida ordinaria

Viernes (27)

Sagrado Corazón de Jesús
Las palabras: “Aprended de mí que soy manso y humilde” (Mt 11,29)
La reflexión: Mi yugo es suave y mi carga ligera
Propósito, durante el día: Corazón de Jesús, hazme huésped de tu Corazón

Sábado (28)

Inmaculado Corazón de María
Las palabras: “Vuelve a casa, que se cumpla lo que has creído” (Mt 8,13)
La reflexión: La fe del centurión
Propósito, durante el día: Corazón de Jesús, Madre mía, vuestro soy, ayudadme

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

El domingo día 22 celebramos la solemnidad del Cuerpo y la Sangre de Cristo. Las lecturas nos deben guiar durante la semana: “No te olvides del Señor, tu Dios” (Dt 8); “Aunque somos muchos, formamos un solo cuerpo” (1 Co 10); “El que come mi carne y bebe mi sangre habita en mí y yo en él” (Jn 6). Con la debida preparación, debemos frecuentar la Eucaristía, llenarnos de Dios, misterio adorable del Amor que quiere hacerse uno con nosotros. Y así, siempre y para siempre.


PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO

- “Todos estamos llamados a testimoniar y anunciar el mensaje de que “Dios es amor”, de que Dios no está lejos o es insensible a nuestras vicisitudes humanas. Está cerca, está siempre a nuestro lado, camina con nosotros para compartir nuestras alegrías y nuestros dolores, nuestras esperanzas y nuestras fatigas. Nos ama tanto y hasta tal punto, que se hizo hombre, vino al mundo no para juzgarlo, sino para que el mundo se salve por medio de Jesús (cf. Jn 3, 16-17). Y este es el amor de Dios en Jesús, este amor que es tan difícil de comprender, pero que sentimos cuando nos acercamos a Jesús. Y Él nos perdona siempre, nos espera siempre, nos quiere mucho. Y el amor de Jesús que sentimos, es el amor de Dios.” (Ángelus, en la plaza de San Pedro, el día 15 de junio de 2014)

- “Dios camina con nosotros. Dice el profeta Oseas: “Yo he caminado contigo y te he enseñado a caminar como un papá enseña a caminar al niño”. Hermosa esta imagen de Dios. Así es con nosotros: nos enseña a caminar. Y es la misma actitud que mantiene en relación con la Iglesia. Incluso nosotros, en efecto, en nuestro propósito de seguir al Señor Jesús, experimentamos cada día el egoísmo y la dureza de nuestro corazón. Sin embargo, cuando nos reconocemos pecadores, Dios nos colma con su misericordia y su amor. Y nos perdona, nos perdona siempre. Es precisamente esto lo que nos hace crecer como pueblo de Dios, como Iglesia: no es nuestra bondad, no son nuestros méritos –nosotros somos poca cosa, no es eso-, sino que es la experiencia cotidiana de cuánto nos quiere el Señor y se preocupa de nosotros. Es esto lo que nos hace sentir verdaderamente suyos, en sus manos, y nos hace crecer en la comunión con Él y entre nosotros. Ser iglesia es sentirse en las manos de Dios, que es padre y nos ama, nos acaricia, nos espera, nos hace sentir su ternura. Y esto es muy hermoso.” (Audiencia general, el día 18 de junio de 2014)

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