LO TRIBUTARIO

Reforma tributaria. El IRNR (1): exenciones

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes es, en su individualidad, de reciente incorporación al sistema tributario. Antes, tanto en el IRPF como en el IS, se incluía la regulación de la tributación de la renta obtenida por no residentes bajo la consideración de una obligación real de contribuir a diferencia de la obligación personal propia de los residentes. Aunque sólo se tratara de un traslado de preceptos a una ley específica para no residentes, es evidente que así se hace más sencillo el manejo del sistema tributario. La reforma del IRNR contenida en el artículo 2 de la Ley 26/2014 modifica el texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, en algunos aspectos, manteniendo la distinta tributación según se obtenga la renta mediante establecimiento permanente o sin él.

En las exenciones (art. 14 LIRNR): 1) Se suprime la referida (ap. 1.j) a los dividendos y participaciones en beneficios obtenidos sin mediación de establecimiento permanente por personas físicas residentes en otro Estado miembro de la UE o en países o territorios con los que exista un intercambio efectivo de información tributaria. 2) La exención referida (ap. 1.c) a los intereses y demás rendimientos por cesión a terceros de capitales (art. 23.2 LIRPF), así como a las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles, obtenidos sin mediación de establecimiento permanente por residentes en otro Estado miembro de la UE o por establecimientos de dichos residentes allí situados se modifica en los casos a que no se aplica la exención a las ganancias derivadas de la transmisión de acciones, participaciones y otros derechos: en la participación directa o indirecta en, al menos, el 25% del capital o el patrimonio de la entidad en los 12 meses anteriores a la transmisión, se incluye la referencia a que se trate de personas físicas; y se añade un tercer caso cuando, tratándose de entidades no residentes, la transmisión no cumpla los requisitos para aplicar la exención del artículo 21 LIS. c) La exención referida (ap. 1.h) a los beneficios distribuidos por las sociedades filiales residentes en España a las matrices residentes en otros Estados miembros de la UE o a los establecimientos permanentes de éstas situados en otros Estados miembros, se modifica: en las referencias a las Directivas (ahora 2011/96/UE, del Consejo, y 2014/86/UE, del Consejo); en la consideración de entidad matriz (participación de al menos 5% o si el valor de adquisición de la participación es superior a 20 millones de euros y cómputo del plazo de mantenimiento incluyendo la posesión por otras entidades que formen grupo según el artículo 42 del Código de Comercio, con posibilidad de devolución de lo ingresado una vez cumplido el plazo; con posibilidad de aplicación de la exención a condición de reciprocidad con las condiciones que se señalan; sin aplicación cuando no se cumpla los requisitos de residencia o de intercambio de información; y con aplicación condicionada para el caso de matrices situadas en Estados integrantes del Espacio Económico Europeo o de establecimientos permanentes en ellos situados ); d) Y la exención referida (ap. 1 m) a cánones o regalías satisfechos por sociedad residente en España o establecimiento aquí situado a sociedad residente en otro Estado miembro de la UE o establecimiento allí situado, se modifica en el requisito 6º referido a la sociedad que reciba los pagos en su propio beneficio y no como mera intermediaria o agente autorizado o a la actividad del establecimiento siendo ingreso computable en el Estado en que esté situado, excluyendo cuando la mayoría en la sociedad que percibe los rendimientos se posea por no residentes en Estados miembros de la UE, excepto que respondan a motivos económicos válidos “y razones empresariales sustantivas”.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

La regularización tributaria espontánea

La prensa se hizo eco del debate entre inspectores y gestores de la Hacienda con motivo de lo ocurrido a quien no había declarado unos ingresos que luego aportó a una sociedad creada al efecto y, ante la publicación del asunto, presentó una declaración extemporánea antes de recibir la comunicación para iniciar una comprobación. Los gestores consideran que, así, ya no hay fraude; los inspectores, que hay fraude, pero que no se puede sancionar; y de ahí se pasa al enfrentamiento corporativo: por la categoría funcionarial de los gestores, inferior a la de los inspectores, por la afinidad ideológica que unos presumen de otros, por estar próximas las elecciones. Y también se publican las manifestaciones de una alto cargo del Gobierno que se pregunta cómo se tendrían ingresos tributarios para pagar los gastos públicos si todos declararan fuera de plazo.

Como suele ocurrir, en las polémicas por razón de los propios intereses se pierde la perspectiva que permite ir a la esencia del asunto. Esta ocasión es oportuna para que los contribuyentes puedan reflexionar sobre su primera obligación tributaria: la ley les obliga no sólo a declarar los hechos que deben conocer porque los han realizado, sino también a practicar una liquidación tributaria que les exige conocer y comprender las normas aplicables, a calificar jurídicamente los hechos y a aplicar el impuesto correspondiente, aunque no tengan cualificación profesional específica. La complejidad de lo tributario se pone de manifiesto no sólo en las dificultades de los estudiantes de Derecho Tributario, sino también en las frecuentes anulaciones de actos de la Administración cuando aplica mal las normas que debe conocer y para cuya aplicación está sobradamente preparada. Incluso los tribunales, administrativos y jurisdiccionales, ven anuladas sus resoluciones por indebida aplicación del Derecho. La consecuencia de esta obligación exorbitante a cargo del contribuyente es la peculiaridad tributaria que obliga al deudor a determinar la deuda y a realizar en plazo el pago de la misma, antes de que el acreedor fiscal la señale mediante la liquidación para la que es el único competente. Y las sanciones, y delitos siempre para el contribuyente. Así sí es posible considerar si es razonable que el contribuyente pueda regularizar espontáneamente su situación tributaria cuando cree que ha cometido un error. Y es que lo justo sería exigir la declaración en plazo y que la Administración liquidara y exigiera el pago. Tiene medios de sobra para hacerlo con todos, como lo hace con los borradores del IRPF. Eso es lo que debería comprender y remediar la alto cargo del Gobierno que se queja.

El cristiano vive la Cuaresma como un tiempo de reflexión sobre el negocio que más interesa (“Sólo una cosa es necesaria”, Lc 10,42). Es tiempo de sentir más vivamente la presencia de Dios (en la calle, en el trabajo, ahora mismo), parar el pensamiento y decir: “Aquí estás Jesús. Al lado mío. Viendo lo que hago. Sabiendo lo que pienso. Creo que eres Dios. Sé que me quieres más que nadie. Sé que quieres que sea santo, ¡nada menos!. Ayúdame Tú a comprender un poco el misterio de tu amor por mí. Ayúdame porque ya sabes que me cuesta y que prefiero estar en otras cosas porque las veo, porque las deseo”. Y, avanzando en ese coloquio ¡con Dios! que me escucha, ya sólo queda añadir: “Jesús, que has vivido como yo en la tierra, que has trabajado, que te has fatigado, que has curado a los enfermos, que has vivido en una familia, con vecinos, con amigos, que has sentido el dolor de las traiciones, de las malas intenciones... de la Cruz, perdóname mis fallos de amor, mi egoísmo, mi soberbia, y consigue de mi debilidad la fuerza para amarte, para amar a mis cercanos, para rogar por los lejanos”. Dame amor.

LA HOJA SEMANAL
(del 16 al 21 de febrero)

Lunes (16)

San Onésimo, obispo (6ª semana del Tiempo Ordinario)
Palabras: Para ponerlo a prueba (Mc 8,11)
Reflexión: Los fariseos le pidieron una prueba
Propósito, durante el día: Aumenta mi fe, dame vivir en tu presencia

Martes (17)

Los siete santos fundadores de la Orden de los Siervos de María (6ª TO)
Palabras: “¿Y no acabáis de entender? (Mc 8,21)
Reflexión: Tened cuidado con la levadura de los fariseos y de Herodes
Propósito, durante el día: Me ves, me oyes. Ayúdame a ser buen hijo tuyo

Miércoles (18)

De ceniza (empieza la Cuaresma)
Palabras: “Tu Padre que ve en lo oculto, te recompensará” (Mt 6,18)
Reflexión: Cuando des limosna... cuando reces... cuando ayunes...
Propósito, durante el día: Ayúdame a dar, a servir. Ayúdame a rezar

Jueves (19)

Beato Álvaro de Córdoba, confesor (jueves después de Ceniza)
Palabras: “¿De que le sirve a uno ganar el mundo entero?” (Lc 9,25)
Reflexión: Si pierde su alma...
Propósito, durante el día: Contigo. Ahora. Continuamente. Para siempre

Viernes (20)

Beatos Francisco y Jacinta, confesores (viernes después de Ceniza)
Palabras: ¿Es que pueden guardar luto los amigos del novio? (Mt 9,15)
Reflexión: Cuando se lleven al novio, entonces ayunarán
Propósito, durante el día: Contigo: enseñándote mi alma. Ayúdame a limpiarla

Sábado (21)

San Pedro Damiani, obispo y doctor (sábado después de Ceniza)
Palabras: “Dejándolo todo, se levantó y lo siguió” (Lc 5,28)
Reflexión: Vocación de san Mateo, recaudador de impuestos
Propósito, durante el día: Contigo: trabajando contigo, descansando contigo

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del domingo día 15 (6º TO, ciclo B: 3º de san José) nos animan a la conversión para limpiar nuestra alma: “Mientras dure la afección, seguirá impuro; vivirá solo...” (Lv 13); “Seguid mi ejemplo, como yo sigo el de Cristo” (1 Co 10); “Si quieres, puedes limpiarme” (Mc 1); es tiempo de conversión, el día 18 empieza la Cuaresma, de descubrir que vivir con Cristo, en gracia de Dios, debe ser nuestro objetivo permanente. Es tiempo de vivir en y con la familia esa presencia de Dios y de pedirle que cuide de las madres, de los padres, de los hijos, en todo el mundo.

PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO

- “Jesús sanaba: dejaos curar por Jesús. Todos nosotros tenemos heridas, todos: heridas espirituales, pecados, enemistades, celos; tal vez no saludamos a alguien: “¡Ah! Me hizo esto, ya no lo saludo”. Pero hay que curar esto. “¿Y cómo hago?”. Pesa y pide a Jesús que lo sane. Es triste cuando en una familia los hermanos no se hablan por una estupidez, porque el diablo toma una estupidez y hace todo un mundo. Después las enemistades van a delante, muchas veces durante muchos años, y esa familia se destruye. Los padres sufren porque los hijos no se hablan o la mujer de un hijo no habla con el otro, y así los celos, las envidias... El diablo siembra esto. Y el único que expulsa a los demonios es Jesús. El único que cura estas cosas es Jesús. Por eso os digo a cada uno de vosotros: dejaos curar por Jesús.” (Homilía en la parroquia de San Miguel Arcángel, en Pietralata, el domingo, día 8 de febrero de 2015)

- “Esto ocurre también en nuestro tiempo, cuando, no obstante los múltiples avances de la ciencia, el sufrimiento interior y físico de las personas suscita graves interrogantes sobre el sentido de la enfermedad y del dolor y sobre el porqué de la muerte. Se trata de cuestiones esenciales, a las que la acción pastoral de la Iglesia debe responder a la luz de la fe, teniendo delante al Crucificado, en el que se manifiesta todo el misterio salvífico de Dios Padre, que por amor a los hombres no ha perdonado ni a su propio Hijo (cf. Rm 8,32). Por tanto, cada uno de nosotros está llamado a llevar la luz de la Palabra de Dios y la fuerza de la gracia a los que sufren y a cuantos les asisten, familiares, médicos, enfermeros, para que el servicio al enfermo se realice siempre con humanidad, con dedicación generosa, con amor evangélico, con ternura. La Iglesia madre, a través de nuestras manos, suaviza nuestros sufrimientos y cura nuestras heridas, y lo hace con la ternura de una madre.” (Angelus, en la plaza de San Pedro, el día 8 de febrero de 2015) (trad. propia)

- “Una sociedad de hijos que no honran a sus padres es una sociedad sin honor; cuando no se honra a los padres, se pierde el propio honor. Es una sociedad destinada a poblarse de jóvenes desapacibles y ávidos. Pero también una sociedad avara de procreación, a la que no le gusta rodearse de hijos que considera, sobre todo, una preocupación, un peso, un riesgo, es una sociedad deprimida. Pensemos en las numerosas sociedades que conocemos aquí, en Europa: son sociedades deprimidas, porque no quieren hijos, no tienen hijos; la tasa de nacimientos no llega al uno por ciento. ¿Por qué? Cada uno de nosotros debe pensar y responder. Si a una familia numerosa la miran como si fuera un peso, hay algo que está mal... (Audiencia general, en la plaza de San Pedro el día 11 de febrero de 2015)

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