LO TRIBUTARIO

Obtención de pruebas tributarias: los registros

Establece el artículo 142 LGT que los empleados públicos que desarrollen funciones de inspección de los tributos podrán entrar en las fincas, locales de negocios y demás establecimientos o lugares en que se desarrollen actividades o explotaciones sometidas a gravamen, existan bienes sujetos a tributación, se produzcan hechos imponibles o supuestos de hecho de las obligaciones tributarias o exista alguna prueba de los mismos. Si la persona bajo cuya custodia se encontraren dichos lugares se opusieren a la entrada, se precisará la autorización escrita de la autoridad administrativa. Si es necesario entrar en el domicilio constitucionalmente protegido se está al artículo 113 LGT que establece que en ese caso la Administración debe obtener el consentimiento del afectado o la oportuna autorización judicial.

Las sentencias de los tribunales sobre los registros permiten formar criterio. Así: 1) Para que sea lícita la entrada en el domicilio de la empresa debe existir: o consentimiento o flagrante delito o autorización judicial (TS 30-10-08); 2) Se lesionó el derecho a la inviolabilidad del domicilio al haberse realizado la entrada o registro en la sede de la entidad sin permiso de su titular (TS 25-1-12). 3) No hubo infracción del derecho fundamental a la intimidad porque el representante consintió la entrada y el registro asistiendo dos asesores fiscales (TS 23-9-13, dos, y 25-9-13)

La doctrina del “árbol envenenado” determina que tampoco puedan ser utilizadas válidamente las pruebas obtenidas contra Derecho (TC s. 29.11.84). A ella se refiere el art. 11.1 LOPJ al incluir la vulneración “indirecta” de derechos fundamentales. Y así se señala en la doctrina de los tribunales: 1) Violación del domicilio en el registro en una empresa sin mandamiento judicial ni autorización de los representantes legales sin que bastara la autorización del delegado ni del Departamento de la AEAT. Además del almacén, en la empresa había información sensible de la empresa que se utilizó en la estimación indirecta del IS. Pruebas ilícitamente obtenidas. Nulidad de la liquidación consiguiente (TS 23-4-10); 2) Son nulas las pruebas obtenidas, y la liquidación consecuente, en la entrada en el domicilio de la sociedad, y la ocupación de documentos y archivos informáticos, sin autorización judicial ni del titular del derecho (TS 30-9-10); 3) Procede la impugnación del acta de conformidad al considerarse error la firma en conformidad cuando el acta decía que los datos estaban en la documentación de la inspeccionada porque la Inspección no pudo utilizar la información obtenida del volcado del ordenador intervenido en una entrada y registro declarada nula (TSJ Andalucía 28-4-08, dos). 4) En la entrada de inspectores en oficina de empresa sin autorización judicial con el solo consentimiento de un empleado que no tenía representación ni ejercía dirección o administración, se produce la nulidad radical del acto de entrada y de las pruebas y documentos obtenidos (TSJ Asturias 26-2-10). El TC ha matizado su doctrina (TC ss. 2.04.98 y 9.03.09) exigiendo la “conexión de antijuridicidad” que, según cada caso, podría dar validez a la prueba viciada que se hubiera podido obtener por otras fuentes, si fuera inevitable su descubrimiento, si hay buena fe en los agentes que actuaron, si no es grande la relevancia respecto del conjunto de la prueba, según la distancia espacial o temporal entre la obtención de esa prueba y las otras. Lo que no parece aplicable, según las sentencias antes reseñadas, al registro ilegal en el ámbito tributario, al estar legalmente regulado y ser fácilmente comprensible por los funcionarios.

La eficacia de la prueba también depende de que haya sido conservada debidamente.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Fue hace medio siglo; algunos, ahora, no podrán ni imaginárselo. Salvo para muy pocas empresas, comparadas en número con el total, no existía la disciplina contable. La comprobación de los hechos declarados, que además gozaban de presunción de veracidad, era casi imposible. La investigación de los hechos no declarados era una tarea artesanal. Las evaluaciones globales de beneficios y los convenios que estimaban el volumen de operaciones el año antes de que se realizaran aseguraban una reducida recaudación. Aún así, completando censos, se conseguía avanzar en el descubrimiento de empresas ajenas a los cumplimientos fiscales. Se hacían “estudios de productividad” que, a partir del número de empleados, permitían una deducción rudimentaria de la facturación. Eran tiempos en los que adquirían relevancia datos técnicos como la capacidad de producción de la maquinaria instalada o el consumo de energía que llevaban a estimaciones de ventas y beneficios. Surgían así cuestiones de hecho que no se resolvían en los tribunales económico-administrativos que decidían cuestiones de derecho, sino en los Jurados Tributarios. Hasta la nueva Ley General Tributaria de 2003 aún se podía comprobar su rastro en los ya vacíos artículos 147 a 152 LGT/1963. Los preceptos se derogaron por Ley 34/1980.

De aquellos tiempos hay muchas anécdotas referidas a la obtención de pruebas. Como aquella experiencia del joven inspector en prácticas que seguía atento al veterano que lo acompañaba y que miraba los volúmenes de una librería del despacho en el que se desarrollaba la inspección. Aficionado a la fotografía, inocentemente, preguntó si podía ver aquel tomo que indicaba en su lomo “Fotos”. Así empezó y acabó lo que parecía una difícil comprobación: allí estaban todas las imágenes de las obras realizadas, casi ninguna de ellas declaradas. De años más tarde es lo ocurrido con aquella joven inspectora que hizo una excursión a los terrenos que se decían abandonados y que fotografió para demostrar que no existía hierba, sino rastros de la maquinaria pesada que se almacenaba hasta su venta. Y también situado en un tiempo lejano fue aquel registro, preparado, en el que, junto a las copias de documentos enviados aparecieron los originales de otros, escritos a mano, y que, lógicamente, no debían estar allí, sino en manos de sus destinatarios. Cosas de jóvenes ilusionados con su tarea. Cosas de mayores con experiencia en el arte de navegar evitando peligros que les pudieran afectar. Y, así, muchas más experiencias para sacar de la memoria lo que ocurrió y entretener una larga tarde de verano o de invierno.

Cuaresma. Tiempo de revivir la Pasión y Muerte de Jesucristo, Hijo de Dios hecho hombre para la salvación de todos. Si es provechoso para el alma releer las “Enarrationes in Psalmos” agustinianas, también lo es repasar algunos de sus pasajes para revivir ese tiempo de dolor. Empieza así el salmo 22 (21 en la Vulgata), de David: “¡Dios mío, Dios mío! ¿Por qué me has abandonado?”. ¡Cómo olvidar esas palabras!. Y dice más adelante: “Pero soy un gusano, no un hombre, oprobio de los hombres, desprecio del pueblo. Al verme, todos hacen burla de mí, tuercen los labios, mueven la cabeza: “Confió en el Señor, que lo salve Él, que lo libre, si es que lo ama...” Me derramo como el agua, se dislocan todos mis huesos; mi corazón se derrite como cera, se deshace en mis entrañas... Han taladrado mis manos y mis pies. Puedo contar todos mis huesos. Ellos miran, me observan, se reparten mis ropas y echan a suerte mi túnica”... Qué difícil es para el corazón del cristiano pronunciar esas palabras delante de un Crucifijo. Pero eso es amor. El amor del Amor. El amor de Dios que se derrama, el amor que recibimos para amar nosotros. El amor que nos inunda y nos rebosa en todos.

LA HOJA SEMANAL
(día 7 al 12 de abril)

Lunes (7)

San Juan Bautista de la Salle, presbítero (5ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “El que esté libre de pecado que tire la primera piedra” (Jn 8,7)
La reflexión: La mujer sorprendida en adulterio. Se fueron escabullendo
Propósito, durante el día: Pedir perdón. Confiar en la misericordia de Dios

Martes (8)

San Jenaro, mártir (5ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “Ellos no comprendieron que les hablaba del Padre” (Jn 8,27)
La reflexión: Advertencias a los fariseos y a los judíos. Muchos creyeron en él
Propósito, durante el día: Frecuentar al Padre. Pedirle, confiar, notar su amor

Miércoles (9)

Santa María de Cleofás (5ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “La verdad os hará libres” (Jn 8,32)
La reflexión: Quien comete pecado es esclavo
Propósito, durante el día: Evitar la ocasión, rechazar la tentación. Vivir en Cristo

Jueves (10)

San Macario, obispo (5ª semana de Cuarema)
Las palabras: “Antes de que naciera Abrahán, yo soy” (Jn 8,58)
La reflexión: Cogieron piedras para tirárselas
Propósito, durante el día: Repetir “como era en un principio, ahora y siempre”

Viernes (11)

San Estanislao, obispo y mártir (5ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “El Padre está en mí y yo en el Padre” (Jn 10,38)
La reflexión: Cogieron piedras para apedrearle. Y muchos creyeron en él
Propósito, durante el día: Meditar la Pasión y adorar a la Santísima Trinidad.

Sábado (12)

San Julio I, papa (5ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “Os conviene que uno muera por el pueblo” (Jn 11,50)
La reflexión: Palabras de Caifás. Aquel día decidieron darle muerte
Propósito, durante el día: Pedir a mi querido san Julio protección y ayuda

(la reflexión y el propósito, los fija cada uno)

Antes se llamaba “semana de Pasión”. Las lecturas del domingo día 6 (quinta semana, letra A), nos recuerdan la resurrección, el premio de la gloria para siempre: “Os infundiré mi espíritu y viviréis” (Ez 37); “Cristo vivificará también vuestros cuerpos” (Rm 8); “¿No te he dicho que si crees verás las gloria de Dios?” (Jn 11). Un propósito para la semana puede ser repetir las palabras de Santa Teresa: “¡Para siempre!. ¡Para siempre!” y desear ir al cielo.


PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO


“He aquí la diferencia entre la vida deformada por el pecado y la vida iluminada de la gracia. Del corazón del hombre renovado según Dios proceden los comportamientos buenos: hablar siempre con la verdad y evitar toda mentira; no robar, sino más bien compartir lo que se posee con los demás, especialmente con quien pasa necesidad; no ceder a la ira, al rencor y a la venganza, sino ser dóciles, magnánimos y dispuestos al perdón; no caer en la murmuración que arruina la buena fama de las personas, sino mirar en mayor medida el lado positivo de cada uno. Se trata de revestirnos del hombre nuevo, con estas actitudes nuevas.” (Celebración penitencial en la basílica de San Pedro, el día 28 de marzo de 2014)


“Otras veces he dicho en esta plaza una cosa que ayuda mucho en la vida matrimonial. Son tres palabras que se deben decir siempre, tres palabras que deben estar en la casa: permiso, gracias y perdón. Las tres palabras mágicas. Permiso: para no ser entrometido en la vida del cónyuge. Permiso, ¿qué te parece? Permiso, ¿puedo? Gracias: dar las gracias al cónyuge; gracias por lo que has hecho por mí, gracias por esto. Esa belleza de dar las gracias. Y como todos nosotros nos equivocamos, esa otra palabra, que es un poco difícil de pronunciar, pero que es necesario decirla: Perdona. Permiso, gracias y perdón. Con estas tres palabras, con la oración del esposo por la esposa y viceversa, con hacer las paces siempre antes de que termine la jornada, el matrimonio irá adelante. Las tres palabras mágicas, la oración y hacer las paces siempre. Que el Señor os bendiga y rezad por mí.” (Audiencia general, en la plaza de San Pedro, el día 2 de abril de 2014)

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