LO TRIBUTARIO

La inspección de los tributos

En la LGT de 1963 sólo se regulaba un procedimiento de gestión (arts. 101 a 125), un procedimiento en la recaudación,, el de apremio (arts. 127 a 139), y los procedimientos de revisión especiales (de nulidad, extraordinario de revisión, de devolución de ingresos indebidos, por errores materiales o de hecho y los aritméticos, mediante declaración de lesividad y recurso contencioso), el recurso de reposición (arts. 160 a 162) y las reclamaciones y recursos económico-administrativos (arts. 163 a 171). La inspección de los tributos no era un procedimiento, sino el trámite probatorio y de calificación que podía terminar con una liquidación como acto resolutorio. Se establecían sus funciones, facultades y documentos a utilizar (arts. 140 a 146) y, dentro del procedimiento de gestión, se regulaba el concepto y contenido de la comprobación y de la investigación tributarias (arts. 109 y 110). La posibilidad de comprobación por órganos de gestión estaba prevista en el artículo 123 (especialmente a partir de la Ley 25/1995 y 1/1998), que limitaba los supuestos, el contenido y el procedimiento para realizarla.

La LGT de 2003 multiplica los procedimientos que, interrumpiendo la prescripción, pueden sucederse sin llegar a la regularización definitiva de la situación tributaria del administrado afectado y, aún así, señala que, además de los regulados, caben otros procedimientos (art. 123.1). La inspección de los tributos se configura mediante una relación de funciones (art. 141: investigar para descubrir hechos ignorados por la Administración, comprobar la veracidad y exactitud de las declaraciones presentadas, obtener información mediante requerimientos, comprobar valores, comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos para beneficios o incentivos fiscales y devoluciones tributarias, informar a los administrados sobre sus derechos y obligaciones tributarias y las formas de cumplirlas, practicar liquidaciones tributarias resultantes de sus actuaciones de comprobación e investigación, realizar comprobaciones limitadas, asesorar a la Administración pública, realizar la intervención, permanente o no, cuando proceda y las demás que se establezcan). El artículo 142 LGT regula las facultades de la inspección (examinar documentos, libros, contabilidad principal y auxiliar, ficheros, facturas, justificantes, correspondencia con trascendencia tributaria, bases de datos informatizadas, programas, registros y archivos informáticos relativos a actividades económicas; así como inspeccionar bienes, elementos, explotaciones y cualquier antecedente o información que se deba facilitar a la Administración o que sea necesario para la exigencia de las obligaciones tributarias; con las condiciones legales o reglamentarias, entrar en fincas, locales de negocio y establecimientos o lugares en que se desarrolle una actividad o explotación, se produzcan hechos imponibles o supuestos de hecho de las obligaciones tributarias, e incluso en domicilios)

Los empleados públicos en el desempeño de sus funciones de inspección se consideran agentes de la autoridad y deben acreditar su condición cuando actúen fuera de las oficinas públicas. Los administrados deben atender a la inspección y prestar la debida colaboración, personándose por sí o por representante si así se les requiere, aportando o teniendo a disposición de la inspección la documentación y demás elementos solicitados. Las autoridades públicas prestarán la protección y auxilio necesario a los empleados públicos para el ejercicio de su funciones de inspección.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Como noticia recurrente, hace poco días se pudo conocer por los medios de comunicación los datos resultantes para 2013 de la eficaz tarea de la Agencia Tributaria estatal en la prevención y lucha contra el fraude. Y, como también suele ocurrir, los contribuyentes pueden mantener la duda sobre si se computa como fraude descubierto todas las regularizaciones tributarias practicadas. Esta vez alentaba esa duda la inclusión de los datos referidos a la minoración de las cantidades solicitadas para su devolución. Salvo que se trate de casos en los que se hubiera descubierto una maquinación para ocultar o impedir el descubrimiento de la realidad de los hechos, parece imposible señalar como fraude una devolución “solicitada” y, por tanto, sometida a una comprobación antes de resolver.

No hay fraude en el error de derecho, ni siquiera cuando se considere que la norma “es clara” o que la interpretación del contribuyente no es razonable. Hay pronunciamientos de los Tribunales que se quedan en la memoria por lo rotundo de su fundamento: La complitud y la veracidad eliminan la sanción (TS 21-9-87). La sinceridad elimina la malicia (TS 13-10-89). El tipo de la infracción grave no es simplemente no ingresar en plazo, sino que exige que la falta de ingreso resulte de la no presentación, de la presentación fuera de plazo o de la presentación de declaraciones intencional y culposamente incompletas. Después de la Ley 25/1995, el régimen de autoliquidación obligatorio exige que la falta de ingreso se derive de una declaración-liquidación manifiestamente errónea y hasta cabría decir que temerariamente producida (TS 27-9-99). Cuando la ley obliga al contribuyente a calificar y valorar los hechos imponibles, a interpretar las normas tributarias y a aplicarlas, si no oculta nada y actúa razonablemente, no existe infracción tributaria, aunque luego la Administración Tributaria discrepe (TS 25-1-02). La lucha contra el fraude exige, sobre todo, investigación de los hechos no declarados. Incluso cuando, como ocurre frecuentemente en la economía sumergida, “sin factura”, las cantidades a regularizar son de pequeña cuantía o supone revisar la aplicación de una estimación objetiva singular. Son “pocos” que, sumados, hacen un “mucho”. Investigar, descubrir, es realizar la Justicia y determina una justificada satisfacción profesional y social.

Pascua de Resurrección. Tiempo de alegría cristiana. ¡Ha resucitado!. Imposible olvidar lo ocurrido en la mañana de aquel domingo. Todos, apenados, alrededor de la Madre. En un momento dado apareció su sonrisa, inigualable, como el sol de primavera en el cielo azul sin una nube. Algo había pasado. Fue un encuentro gozoso con el Hijo. No hay noticia, pero no es posible pensar que el Hijo no viera a su Madre la primera. Ella, como siempre, lo guardaba en su corazón.

En la contemplación de los misterios gloriosos del rosario, algún cristiano rememora los hechos. La alegría de la Madre; la alegría de las mujeres (Mt 28,9), la de la Magdalena (Mc 16,9; Jn 20,17: “Noli me tenere” ); la alegría de Pedro (1 Co 15,5); la alegría en Emaús (Mc 16,12; Lc 24,13-35: “Quédate con nosotros porque ya atardece y el día declina”); las apariciones en el Cenáculo (Mc 16,14; Jn 20,19-29) y las dudas de Tomás (“Señor mío y Dios mío”); las apariciones a más de 500 hermanos a la vez (“la mayoría de los cuales viven todavía”) y a Santiago (1 Co 15,5-7). Y, así, hasta la aparición en el lago cuando Juan, el discípulo amado, adivinó a Jesús en la orilla: “Es el Señor” (Jn 21, 1-14). Es como si no quisiera dejarnos. Y no nos ha dejado. El “Divino Cautivo” sigue con nosotros. Es el amor del Amor. Nos acompaña y nos espera. ¡Ha resucitado!

LA HOJA SEMANAL
(del 21 al 26 de abril)

Lunes (21)

Lunes de la Octava de Pascua (san Anselmo, obispo y doctor)
Las palabras: “No tengáis miedo” (Mt 28,10)
La reflexión: Se postraron ante él y le abrazaron los pies
Propósito, durante el día: Actos de fe y esperanza. Vivir la alegría pascual

Martes (22)

Martes de la Octava de Pascua (santos Severo y Cayo)
Las palabras: “He visto al Señor y me ha dicho esto” (Jn 20,18)
La reflexión: ¿Por qué se lo han llevado? ¿Dónde lo han puesto?
Propósito, durante el día: Rezar por nuestros olvidos, nuestras faltas de amor

Miércoles (23)

Miércoles de la Octava de Pascua (san Jorge, mártir)
Las palabras: “Quédate con nosotros” (Lc 24,29)
La reflexión: Camino triste hacia Emaús. Regreso alegre a Jerusalén
Propósito, durante el día: Vivir la presencia continua de Jesús a nuestro lado

Jueves (24)

Jueves de la Octava de Pascua (san Fidel de Sigmaringa, presbítero y mártir)
Las palabras: “Vosotros sois testigos de estas cosas” (Lc 24,48)
La reflexión: Creían ver un fantasma. Les enseñó las manos y los pies taladrados
Propósito, durante el día: Actos de presencia de Dios. Acciones de gracias

Viernes (25)

Viernes de la Octava de Pascua (san Marcos, evangelista)
Las palabras: “Es el Señor” (Jn 21,7)
La reflexión: Echad la red... repleta de peces grandes: ciento cincuenta y tres
Propósito, durante el día: Pedir a Dios frutos abundantes por nuestro testimonio

Sábado (26)

Sábado de la Octava de Pascua (san Isidoro de Sevilla, obispo y doctor)
Las palabras: “Alumbre así vuestra luz a los hombres” (Mt 5,16)
La reflexión: Sois la sal de la tierra. Que vean vuestras buenas obras
Propósito, durante el día: Vocación de cristianos. Compromiso, fidelidad, obras

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del Domingo de Resurrección están llenas de mensajes: “Nos encargó predicar, dando testimonio” (Hechos, 10); “Vuestra vida está con Cristo, escondida en Dios” (Col 3); “Vio y creyó” (Jn 20). El propósito semanal es para toda la vida: acoger la fe, vivir la presencia de Dios, dar testimonio, con obras, de nuestro amor a Dios que es Amor y que nos ama, a todos sin excepción, como nadie puede amar.


PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO


- “Hemos oído muchos nombres, tantos nombres. El grupo de dirigentes, algunos sacerdotes, algunos fariseos, algunos maestros de la ley, que habían decidido matarlo. Estaban esperando la oportunidad de apresarlo. ¿Soy yo como ellos?

También hemos oído otro nombre: Judas. 30 monedad. ¿Yo soy como Judas? Hemos escuchado otros nombres: los discípulos que no entendían nada, que se adormentaban mientras el Señor sufría. Mi vida, ¿está adormecida? ¿O soy como los discípulos, que no entendían lo que significaba traicionar a Jesús? ¿O como aquel otro discípulo que quería resolverlo todo con la espada? ¿Soy como ellos? ¿Soy como Judas, que finge amar y besa al Maestro para entregarlo, para traicionarlo? ¿Soy yo, un traidor? ¿Soy como aquellos dirigentes que organizan a toda prisa un tribunal y buscan falsos testigos? ¿Soy como ellos? Y cuando hago esto, si lo hago, ¿creo que de este modo salvo al pueblo?

¿Soy yo como Pilato? Cuando veo que la situación se pone difícil, ¿me lavo las manos y no sé asumir mi responsabilidad, dejando que condenen –o condenando yo mismo- a las personas?

¿Soy como aquel gentío que no sabía bien si se trataba de una reunión religiosa, de un juicio o de un circo, y que elige a Barrabás? Para ellos da igual: era más divertido, para humillar a Jesús.

¿Soy como los soldados que golpean al Señor, le escupen, lo insultan, se divierten humillando al Señor?

¿Soy como el Cireneo, que volvía del trabajo, cansado, pero que tuvo la buena voluntad de ayudar al Señor a llevar la cruz?

¿Soy como aquellos que pasaban ante la cruz y se burlaban de Jesús: <¡Él era tan valiente...! Que baje de la cruz y creeremos en Él>? Mofarse de Jesús...

¿Soy yo como aquellas mujeres valientes, y como la Madre de Jesús, que estaban allí y sufrían en silencio?

¿Soy como José, el discípulo escondido, que lleva el cuerpo de Jesús con amor para enterrarlo?

¿Soy como las dos Marías que permanecen ante el sepulcro llorando y rezando?

¿Soy como aquellos jefes que al día siguiente fueron a Pilato para decirle: , y bloquean la vida, bloquean el sepulcro para defender la doctrina, para que no salte fuera la vida?

¿Dónde está mi corazón? ¿A cuál de estas personas me parezco? Que esta pregunta nos acompañe durante toda la semana.” (Homilía del Domingo de Ramos, en el atrio de San Pedro, el día 13 de abril de 2014)


- “Jesús, que eligió pasar por esta senda, nos llama a seguirlo por su mismo camino de humillación. Cuando en ciertos momento de la vida no encontramos algún camino de salida para nuestras dificultades, cuando precipitamos en la oscuridad más densa, es el momento de nuestra humillación y despojo total, la hora en la que experimentamos que somos frágiles y pecadores. Es precisamente entonces, en ese momento, que no debemos ocultar nuestro fracaso, sino abrirnos confiados a la esperanza en Dios, como hizo Jesús. Queridos hermanos y hermanas, en esta semana nos hará bien tomar el crucifijo en la mano y besarlo mucho, mucho, y decir: gracias, Jesús, gracias señor.” (Audiencia general, día 16 de abril de 2014)

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