LO TRIBUTARIO

Pruebas tributarias: intervención de peritos

La prueba de peritos se regula en los artículos 335 a 352 LEC y tiene como objeto aportar, cuando sean necesarios, los conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos (art. 335 LEC). El dictamen pericial se valora según las reglas de la sana crítica (art. 348 LEC). La prueba pericial está excluida respecto de cuestiones jurídicas. Así: El informe del catedrático es de contenido jurídico y no se considera como prueba a la vista del art. 335.1 LEC (AN 24-10-13). Igual ocurre cuando interviene un juez o tribunal, por el principio clásico: “el tribunal conoce el Derecho”; y en el procedimiento tributario porque en la discrepancia sobre normas aplicables y su interpretación tanto el parecer de la Administración como el del administrado deben estar jurídicamente fundamentados, de modo que la opinión de un experto o el informe de un órgano consultivo sólo son un criterio más a tener en cuenta al tiempo de resolver.

La prueba pericial es relevante en algunos procedimientos tributarios, como ocurre, por ejemplo, cuando se trata de determinar la capacidad productiva o el contenido y novedad de un procedimiento de investigación o en cuestiones de ciencia y técnica contables. En el proceso penal por delito contra la Hacienda Pública es habitual la participación de peritos de la Administración que, según se ha señalado, sólo se debería referir a hechos y circunstancias, a la obtención y consideración de medios probatorios (contabilidad, facturas, declaraciones de terceros...), sin que se deba extender a la calificación de las conductas que es un aspecto de la exclusiva apreciación del juzgador. Aún así, al menos cuando existe denuncia del delito por la Administración, acompañada de informe, en éste se incluye la apreciación de circunstancias que permiten considerar que existió actuación dolosa. El dictamen pericial a aportar por el acusado se podría referir tanto a los medios de prueba y su valoración, como a la práctica en la actuación administrativa (incompleta, parcial, insuficiente, irregular...) respecto de lo procedimentalmente ordenado. En la consideración de los peritos necesarios para auxilio del juzgador ofrecería mayor garantía jurídica que fueran designados entre profesionales independientes, sin perjuicio de que tanto la Hacienda como el administrado acusado pudieran aportar sus peritos.

Parece conveniente señalar la desconfianza que existe sobre la prueba de peritos. Respecto de los empleados de la Administración tributaria, precisamente por su condición. Respecto de los designados por el administrado precisamente por esa circunstancia. Pero no lo refleja igual la jurisprudencia. Así: 1) Si se duda de la imparcialidad del perito de la Hacienda -que está obligado a servir con objetividad los intereses generales-se debe proponer su recusación o proponer una pericia de parte para respetar el principio de igualdad de armas (TS 30-4-99). 2) No es recusable como perito un inspector porque debe servir con objetividad los intereses generales y no tiene interés personal, sin perjuicio del derecho a proponer una prueba pericial alternativa (TS 6-11-00). En cambio: 1) Que se admitiera la prueba de informes jurídicos no impide que no se considere porque los dictámenes por encargo llevan de ordinario a conclusiones favorables a los intereses de quienes los pidieron (AN 16-10-13). 2) Cabe intuir que el resultado del dictamen pericial hecho a instancia de parte está condicionado por el criterio de aquél a quien beneficia (TSJ Andalucía 26-3-12). Asunto éste que ha adquirido actualidad en noticias de estos días.


DE LO HUMANO A LO DIVINO

Parece un asunto baladí, pero no lo es. Nada menos que un impuesto moderno, europeo, armonizado, como es el IVA, dedica un precepto legal a señalar qué se entiende por “transformación” y, además, lo hace con un cauteloso texto abierto: “Salvo lo dispuesto especialmente en otros preceptos de esta ley, se considerará transformación cualquier alteración de los bienes que determine la modificación de los fines específicos para los cuales eran utilizables” (art. 10 LIVA). Si esa previsión legal se relaciona con alguno de los apartados del artículo 91 LIVA (sustancias o productos que sean susceptibles de ser habitual e idóneamente utilizados para la nutrición humana o animal; animales, vegetales y los demás productos susceptibles de ser utilizados habitual e idóneamente para la obtención de esos productos; aguas aptas para la alimentación humana o animal o para el riego, incluso en estado sólido...) inevitablemente viene a la memoria de los tributaristas viejos la conflictiva aplicación de la exención de “productos naturales” en el antiguo IGTE (leche desnatada, pasterizada, concentrada, esterilizada, evaporada, en polvo...). Y también alguna regularización tributaria memorable que consideró transformación en el mero corte (con una compleja y costosa instalación que eliminaba la parte deficiente de las láminas de acero para obtener “chapa de 1ª”) o los ejemplos de escuela: cortar una pieza de tela no es transformar, cortar según un encargo de medidas es ejecución de obra, producir en serie las piezas cortadas necesarias para un vestido, según las tallas, y venderlas en bolsas independientes es fabricación.

De recuerdos se construyen páginas escritas en el corazón de los cristianos que renuevan su amor a Jesucristo con los misterios dolorosos del Rosario y las estaciones del Vía Crucis. En aquel pueblo murciano, en la noche del Martes Santo, se reunía una multitud en la plaza, para oír el sermón de “Las Siete Palabras”. Después de la “tercera caída” (en la devota sucesión: las rodillas; los codos; la erosión en el pómulo), ya pasadas las murallas (sintiendo nosotros con Él el aroma de las flores del campo en la naciente primavera, como olorosa despedida de la Naturaleza al Hijo del Hombre, Dios, camino del Calvario), la subida de una corta pendiente, desnudado, clavado en la Cruz, expoliado en sus vestidos, se oyeron sus últimas palabras de amor. Las siete frases tantas veces meditadas, en un orden no siempre igual y sin necesidad de mayor fundamento. 1ª En Lucas 23,34: “Perdónalos porque no saben lo que hacen” (¡perdón, Señor!). 2ª En Lucas 23,43: “Hoy estarás conmigo en el Paraíso” (¡qué bien robó de tan amoroso Corazón la promesa el buen ladrón!). 3ª En Juan 19,26-27: “Aquí tienes a tu hijo... Aquí tienes a tu Madre” (y Juan la tomó “in sua”, en su corazón, en lo que más quería, como madre propia). 4ª En Juan 19,28: “Tengo sed” (y le dieron vinagre; Ël ya no tenía nada, salvo fiebre y dolor). 5ª En Mateo 27,46 y Marcos 15,34: “Dios mío, Dios mío ¿por qué me has desamparado?”. 6ª En Juan 19,30: “Todo está consumado”. 7ª En Lucas 23,46: “Padre, en tus manos encomiendo mi espíritu”. Y acaba Juan, que estaba allí, al pie de la Cruz, junto a la Madre, nuestra Madre: “E, inclinando la cabeza, entregó el espíritu”. El sermón de “Las Siete Palabras” terminaba con un silencio total. Y lágrimas. Muchas lágrimas que corrían por la cara de hombres, mujeres y niños.

Algunos corazones cristianos que meditan esos últimos momentos aún añaden dos recuerdos: la frase de los presentes (“En verdad, éste era Hijo de Dios”) y el testimonio de Mateo y Marcos (Mt 27,55; Mc 15,40): “Había allí muchas mujeres mirando desde lejos”. Lucas se refiere, además de a las mujeres, a “todos los conocidos de Jesús” (Lc 23,49). Todos “desde lejos”. Y esa lejanía empuja el alma a correr y abrazarse a la Cruz.

LA HOJA SEMANAL
(del 17 al 22 de marzo de 2014)

Lunes (17)

San Patricio, obispo (2ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “La medida que uséis, la usarán con vosotros” (Lc 6,38)
La reflexión: Sed compasivos, ni juzguéis, no condenéis, perdonad, dad
Propósito, durante el día: En esto, aquí, ahora ¿qué haría Jesús?

Martes (18)

San Cirilo de Jerusalén, obispo y doctor de la Iglesia (2ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “El primero entre vosotros, será vuestro servidor” (Mt 23, 11)
La reflexión: No buscar los primeros puestos, ni las reverencias
Propósito, durante el día: En todo, buscar sólo la gloria de Dios y para Dios

Miércoles (19)

San José, esposo de la Virgen (2ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “Hizo lo que le había mandado el ángel del Señor” (Mt 1,24)
La reflexión: Atento a la voluntad de Dios, aunque ahora no se comprenda
Propósito, durante el día: “Dios mío: lo que quieras, como quieras, porque lo quieres”

Jueves (20)

Santa Eufemia, mártir (2ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “No harán caso ni aunque resucite un muerto” (Lc 16,31)
La reflexión: El rico epulón y el pobre Lázaro. Infierno y cielo. Para siempre.
Propósito, durante el día: Dios espera nuestra llegada. El cielo espera esa alegría

Viernes (21)

San Nicolás de Flue, ermitaño (2ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “Tendrán respeto a mi hijo” ... “Venid, lo matamos” (Mt 21,37-38)
La reflexión: Los intentos de Dios con nosotros. La ocasión malograda
Propósito, durante el día: Jesús a nuestro lado. Escucharle, hablarle, pedirle, agradecerle

Sábado (22)

San Bienvenido, obispo (2ª semana de Cuaresma)
Las palabras: “Se puso en camino a donde estaba su padre” (Lc 15,20)
La reflexión: El hijo pródigo. El hermano mayor. El padre
Propósito, durante el día: Dios mío, siempre estás conmigo y todo lo mío es tuyo

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Celebración de san José, patrono de la Iglesia Universal, modelo de santidad, padre ejemplar (el domingo 16 fue el 7º de los de su devoción; acaba su novena)

Las lecturas del domingo de la 2ª Semana (ciclo A): “Abrán marchó como le había dicho el Señor” (Gn 12), “Dios nos llamó a una vida santa” (2 Tim 1), “¡Qué bien se está aquí!” (Mt,17), nos señalan como posible propósito semanal: escuchar a Dios, atender sus inspiraciones, seguirlas sin reservas, saber que nos espera el cielo con Él.


PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO

(el Papa ha estado haciendo ejercicios espirituales del 9 al 14 de marzo)

“Queridos hermanos, el tiempo de Cuaresma es ocasión propicia para todos nosotros de realizar un camino de conversión, confrontándonos sinceramente con esta página del Evangelio. Renovemos las promesas de nuestro Bautismo: renunciemos a Satanás y a todas sus obras y seducciones –porque él es un seductor-, para caminar por las sendas de Dios y llegar a la Pascua en la alegría del Espíritu (cf. Oración colecta del IV Domingo de Cuaresma, Año A)” (Ángelus, del día 9 de marzo de 2014)

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