LO TRIBUTARIO (n.º 1181)

ITPyAJD: 11) Documentos mercantiles

En la revista “Crónica Tributaria” a principios de los años setenta del siglo pasado, se produjo con generalizada atención, un debate sobre la sujeción o no al IGTE de las que se denominaban “letras financieras” que como documentos estaban sujetas al IAJD, como “documentos mercantiles” y como préstamos o créditos podía quedar sujetas al impuesto “general” sobre el tráfico de las empresas (IGTE) como operaciones de entidades bancarias y financieras (art. 24 TR LIGTE). Y, con cercanía en el tiempo, algo añadiría al interés de la polémica -dura, pero elegante- la inspección generalizada a dichas entidades por IGTE, como consecuencia de un reto irónico ministerial sobre la preparación de los inspectores técnicos fiscales del Estado para regularizar su situación tributaria por dicho impuesto. Lo que, con el I. Timbre del Estado, había sido “costumbre” de regularización por estimación, se convirtió en análisis detallado de actos y contratos y en calificaciones inusitadas. Y el Cuerpo de inspectores ganó el reto a “primera sangre”, costoso, pero sin gravedad.

El IAJD sujeta los documentos mercantiles según la regulación de los arts. 33 a 39, según el siguiente tenor literal: están sujetas: (i) las letras de cambio, (ii) los documentos que realicen función de giro o suplan aquellas, (iii) los resguardos o certificados de depósitos transmisibles, así como (iiii) los pagarés, bonos, obligaciones y demás títulos análogos emitidos en serie por plazo no superior a 18 meses, representativos de capitales ajenos por los que se satisfaga una contraprestación establecida por diferencia entre el importe satisfecho por la emisión y el comprometido a reembolsar al vencimiento. Se entenderá que un documento realiza función de giro cuando: a) acredite remisión de fondos o signo equivalente de un lugar a otro o implique orden de pago, aun en el mismo en que ésta se haya dado, b) o en él figure la cláusula “a la orden”. Se entenderá que no cumplen función de giro los documentos que se expidan con el exclusivo objeto de probar el pago de una deuda, informar de la cuantía de la misma o con cualquiera otra finalidad análoga no incluida en la relación de documentos mercantiles sujetos (art. 33 LITPySJD y art. 76 RITPyAJD). El art. 45.I.B. 15 regula la exención de las documentos que formalicen préstamos.

Están obligados al pago del impuesto, el librador, salvo que la letra de cambio se hubiese expedido en el extranjero, en cuyo caso lo será su primer tenedor en España. Son sujetos pasivos del tributo que grava los documentos de giro o sustitutivos de las letras de cambio, así como los resguardos de depósitos y pagarés, bonos, obligaciones y títulos análogos emitidos en serie, las personas o entidades que los expidan. Y será responsable solidario del pago del impuesto toda persona o entidad que intervenga en la negociación o cobro de los efectos sujetos al impuesto (arts. 34 y 35 LITPyJD y arts. 77 y 78 RITPy AJD). Según el rt. 36 LITPyAJD, la base imponible en la letra de cambio es la cantidad girada y en los certificados de depósito, su importe nominal. Cuando el vencimiento de las letras de cambio exceda de 6 meses a partir de la fecha de su emisión se exigirá el impuesto que corresponda al duplo de la base. Si en sustitución de la letra de cambio que correspondiere a un acto o negocio jurídico se expidiesen dos o más letras, originando una disminución del impuesto, procederá la adición de las bases respectivas a fin de exigir la diferencia. No se considera producido el fraccionamiento cuando entre las fechas de vencimiento de los efectos exista una diferencia superior a quince días o cuando se hubiere pactado documentalmente el cobro a plazos mediante giros escalonados. Estas reglas serán asimismo aplicables a los documentos que realicen función de giro o suplan a las letras de cambio, con excepción de la regla sobre el doble de la base en las letras con vencimiento superior a seis meses. En los pagarés, bonos, obligaciones y demás títulos análogos emitidos en serie representativos de capitales ajenos por los que se satisfaga una contraprestación establecida por la diferencia entre el importe satisfecho en la emisión y el comprometido en el reembolso l vencimiento, la base será el importe del capital que la emisora se compromete a reembolsar. Los arts. 37 y 38 LITPyAJD regulan la cuota tributaria y la forma en los efectos timbrados y los arts. 116 y 117 RITPyAJD la elaboración y el canje.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Investigado un expresidente de gobierno. Reacción impune contra el Poder Judicial, amnistía, indulto o la revisión política de las decisiones judiciales. La risa irónica de un estado del Derecho.

Celebramos la solemnidad del Cuerpo y Sangre de Cristo, el Corpus Christi, Otro “Jueves” litúrgicamente desaparecido (“Hay tres jueves en el año que relucen más que el sol: Jueves Santo, Corpus Christi y el día de la Ascensión”), pero conservado en el alma de los cristianos que sabemos que Jesús se quedó con nosotros hasta el fin de los siglos (cf. Mt 28,20).

- Evangelio. “En aquel tiempo dijo Jesús a los judíos: - Yo soy el pan vivo que ha bajado del cielo; el que coma de este pan vivirá para siempre. Y el pan que yo daré es mi carne para la vida del mundo. Disputaban los judíos entre sí: -¿Cómo puede éste darnos a comer su carne? Entonces Jesús les dijo: - Os aseguro que si no coméis la carne del Hijo del hombre y no bebéis su sangre, no tenéis ida en vosotros. El que come mi carne y bebe mi sangre tiene vida eterna y yo lo resucitaré en el último día. Mi carne es verdadera comida y mi sangre es verdadera bebida” (Jn 6,51-55).

- Cartas. “El cáliz de bendición que bendecimos ¿no es comunión con la sangre de Cristo? Y el pan que partimos, ¿no es comunión con el cuerpo de Cristo? El pan es uno y así nosotros aunque somos muchos, formamos un solo cuerpo, porque comemos todos del mismo pan” (1Co 10,16-17). “Yo he recibido una tradición, que procede del Señor y que a mi vez os he transmitido: que el Señor Jesús, en la noche en que iban a entregarlo, tomó un pan y, pronunciando la acción de gracias, lo partio y dijo: -Esto es mi cuerpo, que se entrega por vosotros. Haced esto en memoria mía. Lo mismo hizo con el cáliz, después de cenar, diciendo: - Este cáliz es la nueva alianza sellada con mi sangre, haced esto cada vez que lo bebáis, en memoria mía. Por eso, cada vez que coméis de este pan y bebéis de este cáliz proclamáis la muerte del Señor hasta que vuelva” (1 Co 11,23-26)

- Teología. “El Hijo único de Dios, queriendo hacernos partícipes de su divinidad, tomó nuestra naturaleza, a fin de que, hecho hombre, divinizase a los hombres. Además, entregó por nuestra salvación todo cuanto tomo de nosotros. Porque por nuestra reconciliación ofreció, sobre el altar de la cruz, su cuerpo como víctima a Dios, su Padre, y derramó su sangre como precio de nuestra libertad y como baño sagrado que nos lava, para que fuésemos liberados de un miserable esclavitud y purificados de nuestros pecados. Pero a fin de que guardásemos por siempre jamás en nosotros la memoria de tan gran beneficio, dejó a los fieles, bajo la apariencia de pan y de vino, su cuerpo, para que fuese nuestro alimento, y su sngre, para que fuese nuestra bebida. ¿Oh banquete precioso y admirable, banquete saludable y lleno de toda suavidad! ¿Qué puede haber, en efecto, de más precioso que este banquete en el cual no se nos ofrece para comer carne de becerros o de machos cabríos, como se hacía antiguamente, bajo la ley, sino el mismo Cristo, verdadero Dios?” (Santo Tomás de Aquino, Op. 57, en el Corpus Christi)

- La Poesía. “Que la lengua humana / cante este misterio: / la preciosa sangre y el precioso cuerpo. / Quien nació de Virgen / Rey del Universo, / por salvar el mundo / dio su sangre en precio. / Se entregó a nosotros, / se nos dio naciendo / de una casta Virgen: / y, acabado el tiempo, / tras haber sembrado / la palabra al pueblo, / coronó su obra / con prodigio excelso. / Fue en la última cena / -ágape fraterno-, / tras comer la Pascua / según mandamiento, / con sus propias manos / repartió su cuerpo, / lo entregó a los Doce / para su alimento. / La Palabra es carne / y hace carne y cuerpo / con palabras suya / lo que fue pan nuestro. / Hace sangre el vino, / y, aunque no entendemos, / basta la fe, si existe / corazón sincero. / Adorad postrados / este Sacramento. / Cesa el viejo rito; / se establece el nuevo. / Dudan los sentidos / y el entendimiento: / que la fe lo supla / con asentimiento. / Himnos de alabanza, / bendición y obsequio; / por igual la gloria / y el poder y el reino / al eterno Padre / con el Hijo eterno / y el divino Espíritu / que procede de ellos.” (“Pange linguae”, himno en Vísperas del Corpus Christi),


LA HOJA SEMANAL
(del 8 al 13 de junio de 2026) (mes dedicado al Sagrado Corazón de Jesús)

Lunes (8)


San Fortunato de Fano, obispo (10ª TO)
Palabras: “Dichosos los limpios de corazón, porque ellos verán a Dios… (Mt 5,8)
Reflexión: … Dichosos los que trabajan por la paz, porque serán llamados Hijos de Dios”
Propósito, durante el día: Señor, toma mi libertad, mi memoria, mi entendimiento, mi voluntad

Martes (9)


San Efrén, diácono y doctor de la Iglesia (10ª TO)
Palabras: “Vosotros sois la luz del mundo ...” (Mt 5,14)
Reflexión: … Alumbre así la luz a los hombres para que vean vuestras buenas obras…”
Propósito, durante el día: Señor, toma todo mi haber y mi poseer. Tú me lo diste, a Tí lo torno

Miércoles (10)


San Landerico de París, obispo (10ª TO)
Palabras: “El que se salte uno solo de los receptos menos importantes… (Mt 5,19)
Reflexión:… y así lo enseñe a los hombres, será el menos importante rn el reino de los cielos”
Propósito, durante el día: Señor, todo lo que tengo es tuyo. Dispón de mí, según tu voluntad

Jueves (11)


San Bernabé, apóstol (Nª Sª de la Capilla)
Palabras: “Lo que habéis recibido gratis, dadlo gratis (Mt 10,8)
Reflexión: Id y proclamad que el reino de los cielos está cerca
Propósito, durante el día: Señor, dame tu amor y tu gracia que eso me basta

Viernes (12)


Sagrado Corazón de Jesús
Palabras: Cargad con mi yugo y aprended de mí que soy manso y humilde de corazón (Mt 11,29)
Reflexión: Y encontraréis vuestro descanso, Porque mi yugo es llevadero y mi carga ligera
Propósito, durante el día: Sagrado Corazón de Jesús en Ti confío

Sábado (13)


Inmaculado Corazón de María (san Antonio de Padua presbítero y doctor de la Iglesia)
Palabras: Y su madre le dijo: Hijo, ¿por qué nos has hecho esto? … (Lc 2,48)
Reflexión: Y su madre conservaba cuidadosamente todas las cosas en su corazón
Propósito, durante el dia: Dulce Corazón de María, sed mi salvación

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del día 7, domingo (solemnidad del Cuerpo y Sangre de Cristo, ciclo A) nos recuerdan que Dios, en su Hijo, “nos amó hasta el extremo”, dio su vida por nosotros y nos alimenta con su cuerpo y su sangre: “Te alimentó con el maná que tú no conocías ni conocieron tus padres” (Dt 8); “Formamos un solo cuerpo porque comemos todos del mismo pan” (1 Co 10); “El que come mi carne y bebe mi sangre habita en mí y yo en él...el que come este pan vivirá para siempre” (Jn 6):

PALABRAS DEL PAPA LEÓN XIV

- “Queridos amigos, en el Misterio de Dios, Padre e Hijo y Espíritu Santo, estamos en casa, tal y como Nicodemo se sintió en casa junto a Jesús. La vida de Dios es maravillosa y cautivadora, da paz a nuestro corazón, a menudo tan inquieto, y nos permite encontrarnos como hermanos y hermanas en la alegría del Espíritu. La Trinidad nos hace amar todo y a todos; descubrimos que cada criatura está hecha para la comunión, la relación, el encuentro. Y, por contraste, comprendemos por qué las divisiones, las polarizaciones y el desprecio de la diversidad traen al mundo destrucción, tristeza y aridez. Nicodemo formaba parte del Sanedrín, el Consejo de los jefes de Israel. Cuando oyó en el Sanedrín palabras de desprecio hacia Jesús, invitó a todos a escucharlo antes de condenarlo. Había recibido de Dios, a través del mismo Cristo, el Espíritu de la comunión, que abre el corazón a la nueva verdad y a la verdadera novedad. Quien no acoge a este Espíritu envejece pronto, sumido en la queja; se encuentra solo, nunca tiene el ánimo festivo. Hoy, en cambio, queridos hermanos y hermanas, es fiesta. La fiesta de Dios es nuestra fiesta. Por eso san Pablo escribe a los corintios: «Por lo demás, hermanos, alegraos, trabajad por vuestra perfección, animaos; tened un mismo sentir y vivid en paz. Y el Dios del amor y de la paz estará con vosotros» (2 Co 13,11)” (Angelus, Santísima Trinidad, 31 de mayo de 2026)

- “El rito da forma a la acción litúrgica y, a través de ella, a nuestra vida, generando en nosotros una sensibilidad espiritual que nos hace capaces de saborear la presencia de Dios por medio de Jesucristo. Naturalmente eso sucede si nosotros no nos quedamos al margen o como espectadores mudos (cf. ibid.) respecto a la liturgia, sino que participamos con todo nuestro ser -cuerpo, mente y corazón-, en obediencia al mandato del Señor. A través del sagrado rito nos formamos en la escucha de la Palabra de Dios, en la acción de gracias y en la adoración, en el hecho de compartir de forma fraterna y en la comunión eclesial. Descubrimos que somos una asamblea de muchos rostros, reunida por la misma fe. El rito nos implica en una secuencia de gestos y de oraciones bien definida, que a veces puede contrastar con nuestra tendencia individual a la espontaneidad. Su lógica no consiste en encorsetar la libertad en esquemas. Al contrario, con la sobriedad solemne de sus ritmos, el rito interrumpe actividades frenéticas, reconduciéndonos a lo esencial. Descubrimos así otra dimensión de la acción, que no se rige por los cálculos productivos y otra experiencia del tiempo y del espacio. En el rito experimentamos una lógica de gratuidad, encontramos un descanso que regenera el corazón, reconocemos que nos precede la gracia divina, aprendemos a vivir a un ritmo habitado por el Espíritu Santo.” (Audiencia general, 3 de junio de 2026)

- “… 16. A todos los fieles católicos, a todos los cristianos, a todos los hombres y mujeres de buena voluntad les dirijo un vehemente llamamiento: no temamos ensuciarnos las manos en la obra de nuestro tiempo. Como Nehemías, oremos, proyectemos con sabiduría, trabajemos con perseverancia, poniendo a Dios en el horizonte de nuestro actuar y al ser humano en el centro de nuestras decisiones. Entonces las piedras desechadas -los pobres, los enfermos, los migrantes, los pequeños- se convertirán en piedras angulares, y sobre la tierra surgirá un hogar común sólido y hospitalario, donde el amor y la verdad finalmente se encontrarán, y la justicia y la paz se besarán (cf. Sal 85,11). Esta es la bendición que imploramos a Dios y la tarea que tenemos por delante: ser constructores de comunión, no arquitectos de Babel; siervos del Reino que viene, no dueños de torres destinadas a derrumbarse. Y, con ánimo de pastor y de padre, pido a todos que detengan la construcción de la enésima Babel y que unan fuerzas para edificar en el bien, para que la humanidad nunca pierda su propia belleza y el mundo pueda reconocer una vez más, en el corazón del ser humano, el lugar donde Dios desea habitar.

CAPÍTULO PRIMERO: UN PENSAMIENTO DINÁMICO FIEL AL EVANGELIO, 17. En este primer capítulo mi intención es recorrer, de manera sintética, el camino a través del cual la Doctrina social de la Iglesia ha ido tomando forma en el Magisterio reciente de los Papas y del Concilio Vaticano II, para poner de relieve su carácter dinámico. En cada época, de hecho, las “res novae” instan a esta enseñanza a medirse con las preguntas de la historia a la luz de la Verdad revelada. Por eso, también la IA debe entenderse no como un apéndice temático, o como una emergencia que hay que gestionar, sino como una transformación que interpela desde dentro las categorías de la Doctrina social y exige un mayor desarrollo de la misma, en fidelidad al Evangelio…” (Enc. “Magnifica humanitas”)

(7.06.26)

EL PAPA EN ESPAÑA. LEÓN XIV estará siete días en Madrid, Barcelona y Canarias. Deo gratias

Noticia fiscal. El RD-L 13/2026, de2 junio (BOE del 3), del “régimen”, expone sin rubor: “La Ley de Presupuestos Generales del Estado se convierte cada año en el instrumento necesario para dotar a las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales de los recursos resultantes de la aplicación de los sistemas de financiación territorial a través de las entregas a cuenta que se deben transferir…”. Reconocida esa necesidad, parece que lo honesto habría sido aprobar la LPGE y no estar tres años sin presentarla incumpliendo el mandato constitucional, pero lo natural del régimen es el decreto ley del Gobierno. Se anuncia su preparación para 2027 -que ya veremos-, pero asumiendo otro incumplimiento por 2026. Y, como se hacen trampas hasta con el D-L, se ha aprovechado éste para revocar el control sobre la discrecionalidad en las entidades públicas territoriales que se estableció en tiempo de la mayoría “de centro”, anterior al “régimen”. Lo positivo de “esto” es que cuando proceda se podrán exigir responsabilidades jurídicas por vía judicial “por traición a las instituciones del Estado”, en terminología germánica.

Noticia del blog. El blog “El hecho imponible” ha alcanzado las 159.355 visitas desde su aparición en septiembre de 2013. En el último mes las visitas han sido 7.416, desde servidores en Hong Kong (126), Alemania (108), Singapur (66), México (45), Estados Unidos (35), Brasil (7), España (6), Azerbaiyan (2), Reino Unido (2), Otros (19). Gracias a Dios 

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