LO TRIBUTARIO (n.º 1180)

ITPyAJD: 10) Actos notariales

Con toda claridad, establece el artículo 28 LITPyAJD que están sujetas por este concepto: las escrituras, actas y testimonios notariales. Pero añade un insólito “en os términos que establece el artículo 31. Y en este precepto, referido a la cuota tributaria, de referencia aparece no sólo la regulación de su cálculo, sino también la delimitación del hecho imponible y con qué se paga. Dice así que las matrices y las copias de las escrituras y actas notariales se extenderán en todo caso en papel timbrado de 0,30 euros por pliego o de 0,15 euros por folio a elección del fedatario; y añade que las copias simples, no estarán sujetas al impuesto. Las primeras copias de escrituras y actas notariales, cuando tengan por objeto cantidad o cosa valuable, contengan actos o contratos inscribibles en los Registros de la Propiedad, Mercantil de la Propiedad Industrial y de Bienes Muebles, no sujetos al ISyD o a los conceptos comprendidos en el art. 1, ap. 1 (TPO) y 2 (OS) de la LITPyAJD, tributarán, además al tipo de gravamen que, conforme a la Ley 21/2001, haya sido aprobado por la Comunidad Autónoma; y, si la CA no hubiese aprobado un tipo de gravamen,se aplicará el 0,50% en cuanto a tales actos y contratos. Por el mismo tipo y mediante efectos timbrados tributarán las copias de las actas de protesto. El desarrollo reglamentario de esa regulación no es simple: el artículo 71 RITPyAJD regula la cuota fija, el art. 72 la cuota gradual que, a su vez, necesita de preceptos para casos especiales de cuota gradual: condiciones resolutorias explícitas (art. 73 RITPyAJD), préstamos (art. 74), prórroga de sociedades (art. 75). Y un añadido más: lo dispuesto en el art. 31.1 LITPyAJD se aplica a la segunda y sucesivas copias expedidas a nombre de un mismo otorgante (art. 32 LITPyAJD).

También se completa la regulación del hecho imponible con los conceptos a que se refiere la regulación de la base imponible (art. 30 LITPyAJD): En las primeras copias de escrituras públicas que tengan por objeto directo cantidad o cosa valuable servirá de base el valor declarado, sin perjuicio de la comprobación administrativa. La base imponible en los derechos reales de garantía y en las escrituras que documenten préstamos con garantía estará constituida por el importe de la obligación o capital garantizado, comprendiendo las sumas que se aseguren por intereses indemnizaciones, penas por incumplimiento u otros conceptos análogos. Si no constare expresamente el importe de la cantidad garantizada se tomará como base imponible el capital y tres años de intereses. En la posposición y mejora de rango de las hipotecas o de cualquier otro derecho de garantía, la base imponible estará constituida por la total responsabilidad asignada al derecho que empeore de rango. En la igualación de rango, la base imponible se determinará por el total importe de la responsabilidad correspondiente al derecho de garantía establecido en primer lugar. Cuando la base imponible se determine en función del valor de bienes inmuebles, el valor de éstos no podrá ser inferior al determinado según lo dispuesto en el art. 10 LITPyAJD; esto se observará también en las actas notariales, salvo en las de protesto en las que la base imponible coincidirá con la tercera parte del valor nominal del efecto protestado o de la cantidad que hubiese dado lugar al protesto. Se entenderá que el acto es de objeto no valuable cuando durante toda su vigencia, incluso en el momento de su extinción, no pueda determinarse la cuantía de la base. Si ésta no pudiese fijarse al celebrarse el acto, se exigirá el impuesto como si se tratara de objeto no valuable, sin perjuicio de que la liquidación se complete cuando la cuantía quede determinada (cf. arts 69 y 70 RITPyAJD)

No faltó la polémica jurídica politizada en la regulación del IAD aplicable a los actos notariales. En aras de la ideología dominante, con la excusa de favorecer “al pobre” (prestatario) y perjudicar al “poderoso” (entidades de crédito), se modificó la ley en la regulación del sujeto pasivo. El art. 29 LITPyAJD establece que el sujeto pasivo será el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan. El RD-L, naturalmente, 17/2018, dio nueva redacción con el segundo párrafo : Cuando se trate de escrituras de préstamos con garantia hipotecaria, se considerará sujeto pasivo al prestamista.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Ante las joyas se han producido mil pareceres tributarios: impuesto de donaciones, impuesto de transmisiones, impuesto sobre el patrimonio, no son suyas sino del Estado. Cuanta cura! (latín)

Solemnidad de la Santísima Trinidad. En el día en que se celebraba la Visitación de la Virgen María y en que se vive el día “Pro orantibus”, por la vida contemplativa. Tiempo ordinario. Angelus.

Un salmo. “El Señor mira desde el cielo, se fija en todos los hombres; desde su morada observa a todos los habitantes de la tierra: él modeló cada corazón, y comprende todas su acciones... Los ojos del Señor están puestos en sus fieles, en los que esperan en su misericordia, para librar sus vidas de muerte y reanimarlos en tiempo de hambre. Nosotros aguardamos en el Señor: él es nuestro auxilio y escudo; con él se alegra nuestro corazón, en su santo Nombre confiamos. Que tu misericordia, Señor, venga sobre nosotros, como lo esperamos de ti (salmo 32, 13-15, 18-22)

Palabras de Jesús. “Si me amáis, guardaréis mis mandamientos, y yo rogaré al Padre y os dará otro Paráclito para que esté con vosotros siempre, el Espíritu de la verdad, al que el mundo no puede recibir porque no le ve ni le conoce; vosotros le conocéis porque permanece a vuestro lado y está en vosotros. No os dejaré huérfanos, yo volveré a vosotros. Todavía un poco más y el mundo ya no me verá, pero vosotros me veréis porque yo vivo y también vosotros vivis. Ese día conoceréís que yo estoy en el Padre, vosotros en mí y yo en vosotros.” (Jn 14,15-20)

Carta apostólica. “Hermanos, cuando vine a vosotros a anunciaros el misterio de Dios, no lo hice con sublime elocuencia o sabiduría, pues nunca entre vosotros me precié de saber cosa alguna, sino a Jesucristo, y éste crucificado. Me presenté a vosotros débil y temblando de miedo, mi palabra y mi predicación no fue con persuasiva sabiduría humana, sino en la manifestación y el poder del Espíritu, para que vuestra fe no se apoye en la sabiduría de los hombres, sino en el poder de Dios” (1 Co 2,1-5)

Los Padres. “Existe, pues una Trinidad, santa y perfecta, de la cual se afirma que es Dios en el Padre. el Hijo y el Espíritu Santo, que no tiene mezclado ningún elemento extraño o externo, que no se compone de uno que crea y de otro que es creado, sino que toda ella es creadora, es consistente por naturaleza, y su actividad es única. El Padre hace todas las cosas a través del que es su Palabra, en el Espíritu Santo. De esta manera, queda a salvo la unidad de la santa Trinidad. Así en la Iglesia se predica un solo Dios, que lo trasciende todo y lo penetra todo, y lo invade todo. Lo trasciende todo, en cuanto Padre, principio y fuente; lo penetra todo, por su Palabra; lo invade todo en el Espíritu Santo” (san Atanasio, obispo, Carta I a Serapión)

Poesía. “Que bien sé yo la fonte que mana y corre, / aunque es de noche. / Aquella eterna fonte está escondida, / que bien sé yo do tiene su manida, / aunque es de noche. / Su origen no lo sé, pues no lo tiene, / mas sé que todo origen de ella viene, / aunque es de noche. / Sé que no puede ser cosa tan bella / y que cielos y tierra beben de ella, / aunque es de noche. / Bien sé que suelo en ella no se halla, / y que ninguno puede vadealla, / aunque es de noche. / Su claridad nunca es oscurecida, / y sé que toda luz de ella es venida, / aunque es de noche. / Sé ser tan cautelosos sus corrientes, / que infiernos, cielos riegan, y las gentes, / aunque es de noche. / El corriente que nace de esta fuente, bien sé que es tan capaz y omnipotente, / aunque es de noche. / El corriente que de estas dos procede / sé que ninguna de ellas le precede, / aunque es de noche. / Bien sé que tres en sola una agua viva / residen, y una de otra se deriva, aunque es de noche. / Aquesta eterna fonte está escondida / en este vivo pan por darnos vida, / aunque es de noche. / Aquí se está llamando a las criaturas, / y de esta agua se hartan, aunque a oscuras, / porque es de noche. / Aquesta viva fuente que deseo, / en este pan de vida yo la veo, / aunque es de noche.” (himno del Oficio de lectura en la Santísima Trinidad)

LA HOJA SEMANAL
(del 1 al 6 de junio de 2026) (mes dedicado al Sagrado Corazón de Jesús)

Lunes (1)

San Justino, mártir (9ª TO)
Palabras: “La piedra que desecharon los arquitectos es ahora la piedra angular… (Mc 12,10)
Reflexión: … Es el Señor quien lo ha hecho, ha sido un milagro patente”
Propósito, durante el día: Señor, ¿qué debo hacer?

Martes (2)

Santos Marcelino, obispo, y Pedro, exorcista, mártires (9ª TO)
Palabras: “Lo que es del César, pagádselo al César… (Mc12,17)
Reflexión: … y lo que es de Dios a Dios”
Propósito, durante el día: Mándame lo que quieras y dame fuerza para hacerlo

Miércoles (3)

San Carlos Luanga y compañeros mártires (9ª TO) (fiesta familiar en blog)
Palabras: “Cuando resuciten ni los hombres ni las mujeres se casarán … (Mc 12,25)
Reflexión: … serán como ángeles del cielo”
Propósito, durante el día: Señor, que sea como que Tú deseas

Jueves (4)

San Quirino, obispo, mártir (9ª TO)
Palabras: “Amarás al Señor, tu Dios, con todo tu corazón, con toda tu alma… (Mc 12,30)
Reflexión: … con toda tu mente, con todo tu ser…”
Propósito, durante el día: Aleja, Señor, de mi, lo que me aparte de Ti

Viernes (5)

San Bonifacio, obispo y mártir (9ª TO) (día de abstinencia)
Palabras: “Si el mismo David lo llama Señor, ¿cómo puede ser hijo suyo? (Mc 12,37)
Reflexión: … La gente, que era mucha, disfrutaba escuchándolo”
Propósito, durante el día: Señor, ten misericordia de mi y guíame para ser santo

Sábado (6)

San Marcelino Champagnat, fundador de los HH. Maristas (9ª TO) (el Papa León XIV visita España)
Palabras: “Os aseguro que esa pobre viuda ha echado en el gazofilacio más que nadie… (Mc 12,43)
Reflexión:… Los demás han echado de lo que les sobra, pero ella ha echado todo lo que tenía”
Propósito, durante el día: Toma Virgen pura nuestros corazones. No nos abandones. Jamás

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del día 31, domingo (Santísima Trinidad; la Visitación de la Virgen María), nos llaman a la oración continua, intensa, confiada; “Os pongo delante la bendición y la maldición; la bendición si escucháis los preceptos del Señor…” (Dt 11); “Son justificados gratuitamente por su gracia, mediante la redención de Cristo Jesús” (Rm 3); “No todo el que me dice “Señor, Señor” entrará en el reino de los cielos, sino el que cumple la voluntad de de mi Padre” (Mt 7), Amén.

PALABRAS DEL PAPA LEÓN XIV

- “El Espíritu Santo abre las puertas de nuestros corazones, ayudándonos a vencer las resistencias, los egoísmos, las desconfianzas y los prejuicios, y haciéndonos capaces de vivir como hijos de Dios y hermanos entre nosotros. En donde está el Espíritu del Señor nace la fraternidad entre las personas, los grupos, los pueblos de la tierra, y todos hablan el único lenguaje del amor, que une y armoniza las diferencias. Hermanos y hermanas, incluso en nuestros días, especialmente en este día de Pentecostés, debemos invocar al Espíritu Santo, para que abra todas las puertas que aún permanecen cerradas. Necesitamos redescubrir a Dios como Padre que nos ama; edificar una Iglesia en donde todos se sientan en casa; y hacer crecer un mundo fraterno en el que reine la paz entre todos los pueblos. Como los primeros discípulos, nos confiamos a la intercesión de la Virgen María, Morada del Espíritu Santo y Madre de la Iglesia.” (Regina coeli, Pentecostés, 24 de mayo de 2026)

- “Por lo tanto, invito a todos los miembros de la Iglesia y de la familia humana: aprendamos a escucharnos unos a otros, a afrontar los desafíos actuales con valentía y a cooperar en la construcción de una sociedad más humana y fraterna. De esta presentación de “Magnifica humanitas”, por favor, lleven consigo el compromiso de permanecer vigilantes y, como “artesanos de la esperanza”, de seguir construyendo la obra de nuestro tiempo. Que el Espíritu del Señor Jesús Resucitado sostenga nuestro trabajo conjunto. Encomiendo a cada uno de ustedes a nuestra Madre María. Su “Magnificat” canta la grandeza de Dios, que exalta a los humildes. Que ella nos enseñe a reconocer la verdadera grandeza de cada hombre y cada mujer en el amor y en el servicio. Que Dios Todopoderoso haga fecunda la gran empresa que hoy confiamos a su gracia, haciendo madurar en la historia la civilización del amor. Sobre todos ustedes invoco de corazón la bendición de Dios.” (discurso de presentación y promulgación de la encíclica “Magnifica humanitas”, 25 de mayo de 2026)

- “Es cierto que la acción de la Iglesia no s elimita únicamente a la liturgia, sin embargo, todas sus actividades (la predicación, el servicio a los pobres, el acompañamiento de las realidades humanas) convergen hacia esta “cumbre”. En sentido inverso, la liturgia sostiene a los fieles sumergiéndolos siempre y de nuevo en la Pascua del señor y, por lo tanto, a través d ella proclamación de la palabra, la celebración de los sacramentos y la oración común, éstos son fortalecidos, animados y renovados en su compromiso de fe y en su misión. En otras palabras, la participación de los fieles en la acción litúrgica es al mismo tiempo “interior” y “exterior”. (Audiencia general, 27 de mayo de 2026)

- “Introducción. 1. La magnífica humanidad que Dios ha creado se encuentra hoy ante una elección decisiva: levantar una nueva torre de Babel o edificar la ciudad donde Dios y la humanidad habiten juntos. Cada generación recibe como herencia la tarea de dar forma a su propio tiempo: hacer madurar la historia como un lugar donde se proteja la dignidad de cada persona, se promueva la justicia y se haga posible la fraternidad. Pero en cada época se cierne el riesgo de construir un mundo inhumano y más injusto. Allí donde la humanidad corre el peligro de perder su rostro, nosotros, los cristianos, alzamos los ojos hacia el Dios que se hizo carne, sabiendo que “el misterio del hombre sólo se esclarece en el misterio del Verbo encarnado”. En Jesucristo, esta magnífica humanidad encuentra el camino, la verdad y la vida, abriendo a cada uno de nosotros la vía para crecer hacia la plenitud…” … “Dado en Roma, junto a San Pedro, el 15 de mayo del año 2026, segundo de mi Pontificado. LEÓN PP. XIV” (Encíclica “Magnifica humanitas”)

(31.05.26)

Noticias fiscales. En el RD-L 12/2026, de 26 de mayo (BOE del 27) se regula los beneficios tributarios para acontecimientos de carácter excepcional. Antes del régimen se incluía en la Ley de Presupuestos de cada año, aprobada por el Poder legislativo. Como con el régimen ya no se aprueba dicha ley, aquí se ha reunido ese contenido y más en un decreto del Gobierno.

Noticias de los blogs. El blog “El hecho imponible”, de contenido religioso, ha alcanzado las 158.348 visitas desde septiembre de 2013, cuando apareció, y en este mes 7.014, desde servidores en Hong Kong (134), Estaos Unidos (101), Singapur (48), México (31), España (10), Brasil (2), Alemania (2), Israel (2), Australia (1), Otros (90).

El blog “Por entero y sin condiciones” de contenido tributario, se han incluido: 1) los “Cuadernos de JB” con explicación de cada impuesto del sistema tributario estatal (en 2026, IRPF, IS, IP, IRNR, ISyD); 2) los “Prontuarios progresivos de tributación”, con sentencias (TS y AN) y resoluciones (TEAC), desde 2012 y hasta 2025 (en 2026: Aplicación de los tributos, Procedimientos tributarios, Sanciones, Revisión tributaria, Recursos contenciosos tributarios, IRPF, IS, IP, IRNR, ISyD, ITPyAJD); 3) y la revista “RyCT”, con reseñas (con reproducciones literales de textos) y comentarios (seleccionados según el interés) sobre tributación atendiendo, cada mes, a sentencias (TS y AN) y resoluciones (TEAC).

La revista “RyCT” se presenta con este texto: Quien profesa el Estado de Derecho tiene que estar al día de lo que debe conocer: las normas aplicables y el criterio de los tribunales que deciden sobre si los empleados de la Administración tributaria y los administrados tributarios cumplen con su función y su profesión según Derecho. La revista RyCT es un instrumento idóneo para que, en lo tributario, “todo sea como debe ser”.

Julio Banacloche Pérez


 

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