LO TRIBUTARIO (nº
928)
Reforma de mayo: 4) comprobación limitada
No se debe olvidar: desde la LGT/2003, la regla es la
liquidación provisional; y la excepción, la liquidación definitiva (art. 102
LGT). En el ámbito administrativo lo provisional se convierte en definitivo por
liquidación de la Administración o por prescripción. Pero esa liquidación puede
ser, a su vez, provisional y duradera sin límite temporal y la prescripción no
impide la comprobación y la modificación de los hechos y de su calificación
(art. 115 LGT) a efectos de la tributación en períodos no prescritos. No hay
perención (TS s. 4.12.98). Todo es revisable (arts. 217 a 244 LGT). Pero
faltaba dar carta de naturaleza a esa situación de inseguridad jurídica y la
LGT/2003 la proporcionó regulando el procedimiento de comprobación limitada que,
por definición, determina una liquidación provisional. “Por definición” se debe
entender que todo lo provisional, es insuficiente, incompleto (cf. art. 102
LGT), y desde luego lo es cuando se regula un procedimiento de gestión
tributaria en el que está limitado el contenido de la comprobación.
No obstante tan desafortunada situación, se ha
comprobado que la agilidad gestora la Administración ha producido muy buenos
resultados recaudatorios y cuando la reforma parece que debería haber ido por
la liquidación definitiva en la comprobación “íntegra” de “pequeños
contribuyentes”, la LGT 13/2023 lo que ha hecho ha sido ampliar el ámbito de la
discrecionalidad. Modifica los apartados 2, c y d) y 4 del artículo 136 LGT que
quedan así: 2. En este
procedimiento, la Administración tributaria podrá realizar únicamente las
siguientes actuaciones: … c) Examen de los registros y demás documentos
exigidos por la normativa tributaria y de cualquier otro libro, registro o
documento de carácter oficial, así como el examen de las facturas o documentos
que sirvan de justificante de las operaciones incluidas en dichos libros,
registros o documentos. El examen de la contabilidad se limitará a constatar la
coincidencia entre lo que figure en la misma y la información que obre en poder
de la Administración tributaria, incluida la obtenida en el procedimiento. El
examen de la contabilidad no impedirá ni limitará la ulterior comprobación de
las operaciones a que la misma se refiere en un procedimiento de inspección. d)
Requerimientos a terceros para que aporten información y documentación
justificativa con el objeto de comprobar la veracidad de la información que
obre en poder de la Administración tributaria, incluida la obtenida en el
procedimiento.” Así, ha desaparecido la previsión que permitía el examen de la
contabilidad cuando se aportaba por el administrado sin requerimiento previo,
si bien se mantiene la limitación de la sola “comprobación por contraste”. El
efecto preclusivo del procedimiento de gestión no trasciende a la comprobación
inspectora sobre la misma documentación. El apartado d) procura un aparente más
eficaz contenido precisamente en la comprobación de datos proporcionados por
terceros por disposición general (o si protesta el afectado: art. 108.4 LGT)
En el apartado
4, respecto de las actuaciones de comprobación limitada, que no podrán
realizarse fuera de las oficinas de la Administración, se añade a las
anteriores la salvedad de las que procedan para el examen de la contabilidad. En
estos casos los funcionarios que desarrollen las actuaciones tendrán las
facultades reconocidas en el artículo 142.2 y 4 LGT. Hay muchos intereses
detrás: Gestión en la calle e Inspección en los despachos propios o de las
grandes empresas. Sin marcha atrás. Sea para bien.
DE LO HUMANO A LO DIVINO
Meses de verano. Tiempo de viajes. Tiempo de cartas y
postales. Tiempo de recuerdos.
El principio de la carta a los de Éfeso, contiene un precioso himno. “Pablo, apóstol de Cristo Jesús por voluntad de Dios, a los santos, que están en Éfeso, a los fieles en Cristo Jesús: Gracia y paz a vosotros de parte de Dios, nuestro Padre, y del Señor Jesucristo. Bendito sea Dios, Padre de nuestro Señor Jesucristo, / que nos ha bendecido en Cristo / con toda clase de bendiciones espirituales en los cielos. / Él nos eligió en Cristo antes de la fundación del mundo / para que fuésemos santos e intachables ante él por el amor. / Él nos ha destinado por medio de Jesucristo, / según el beneplácito de su voluntad, / a ser sus hijos, para alabanza de la gloria de su gracia, / que tan generosamente nos ha concedido en el Amado. / En él, por su sangre, tenemos la redención, / el perdón de los pecados, / conforme a la riqueza de la gracia que en su sabiduría y prudencia / ha derrochado sobre nosotros, / dándonos a conocer el misterio de su voluntad: el plan que había proyectado realizar por Cristo, / en la plenitud de los tiempos: / recapitular en Cristo todas las cosas del cielo y de la tierra. En él hemos heredado también / los que ya estábamos destinados por decisión / del que lo hace todo según su voluntad, para que seamos alabanza de su gloria / quienes antes esperábamos en el Mesías. / En él también vosotros, / después de haber escuchado la palabra de la verdad / -el evangelio de vuestra salvación-, / creyendo en él / habéis sido marcados con el sello del Espíritu Santo prometido. / Él es la prenda de nuestra herencia, / mientras llega la redención del pueblo de su propiedad, / para alabanza de su gloria.” (Ef 1,1-14)
Lleno de Dios, metido en Dios, el cristiano sigue los
pasos de Jesús, escucha sus palabras, medita sus preguntas: “Yo soy la
resurrección y la vida; quien cree en mí, aunque muera vivirá, y todo el que vive
y cree en mí, no morirá para siempre ¿Crees tú eso? Dícele: Sí, Señor, yo creo
que tú eres el Cristo, el Hijo de Dios, que viene al mundo… Señor, ya huele;
lleva cuatro días. Dícele Jesús: ¿No te he dicho que si creyeres verás la
gloria de Dios? (Jn 11,25-27.39-40). La resurrección y la vida son fundamento
de nuestra fe: “Porque os transmití en primer lugar lo mismo que yo recibí: que
Cristo murió por nuestros pecados, según las escrituras, que fue sepultado y
que resucitó al tercer día según las escrituras” (1 Co 15,3-4).
“Si no hay resurrección de los muertos, tampoco Cristo
ha resucitado. Y si Cristo no ha resucitado, inútil es nuestra predicación,
inútil es también vuestra fe. Resultamos ser además falsos testigos de Dios,
porque, en contra de Dios, testimoniamos que resucitó a Cristo, a quien no
resucitó, si de verdad los muertos no resucitan. Pues si los muertos no
resucitan, tampoco los Cristo ha resucitado; pero si Cristo no ha resucitado,
vana es vuestra fe, todavía estáis en vuestros pecados. E incluso los que han
muerto en Cristo perecieron. Y si tenemos puesta la esperanza en Cristo sólo
para esta vida, somos los más miserables de todos los hombres” (1 Co 15,13-19).
Caminando con Jesús, como en el camino de Emaús,
“comenzando por Moisés y por todos los profetas les interpretó en todas las
Escrituras lo que se refería a Él. Y, como entonces, “hizo ademán de continuar
adelante, pero le retuvieron diciéndole: Quédate con nosotros, porque se hace
tarde y está ya anocheciendo” (Lc 24, 28-29). Y, así, también nosotros nos
quedamos con Él.
LA HOJA SEMANAL
(del 28 al 31 de agosto y 1 y 2 de septiembre)
Lunes (28)
San Agustín, obispo y doctor de la Iglesia (21ª TO
Palabras: “Cerráis a los hombres el reino de los cielos… (Mt 23,13)
Reflexión: … Ni entráis vosotros, ni dejáis entrar”
Propósito, durante el día: Y mándame ir a Ti para que con tus santos te alabe
Martes (29)
Martirio de san Juan Bautista
Palabras: “El rey se puso muy triste; pero por el juramento … (Mc 6,26)
Reflexión: … y los convidados no quiso airarla” Mandó que trajese la cabeza de Juan
Propósito, durante el día: Aleja, Señor, de mí, lo que aparte de Ti
Miércoles (30)
Santa Margarita Ward, mártir (21ª TO)
Palabras; “Os parecéis a los sepulcros blanqueados. Por fuera tienen… (Mt 23,27)
Reflexión: … buena apariencia, pero por dentro están llenos … de podredumbre”
Propósito, durante el día, Señor, venga a nosotros tu Reino
Jueves (31)
San Ramón Nonato, religioso (21ª TO)
Palabras: “Estad también preparados porque a la hora que menos penséis… (Mt 24,44)
Reflexión: … viene el Hijo del Hombre” Que nos encuentre portándonos bien
Propósito, durante el día: No nos dejes caer en la tentación y líbranos del Malo
Viernes (1)
San Gil, abad (21 ª TO; Nª Sª de los Ángeles del Puig) (día de abstinencia)
Palabras: “En verdad os digo que no os conozco” (Mt 25,12)
Reflexión: … Velad porque no sabéis el día ni la hora”
Propósito, durante el día: Gustad y ved qué bueno es el Señor
Sábado (2)
San Zenón, mártir (21ª TO)
Palabras: “Como has sido fiel en lo poco, te daré un cargo importante” (Mt 25,23)
Reflexión: … Eres un siervo negligente y holgazán…”
Propósito, durante el día: Madre del Amor Hermoso, ayuda a tus hijos
(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)
Las lecturas del día 27, domingo (21º TO, ciclo A;
santa Mónica) nos llaman a la confianza en Dios: “Pongo sobre sus hombros la
llave del palacio de David abrirá y nadie cerrará… Será un trono de gloria para
la estirpe de su padre” (Is 22); ¿Quién le ha dado primero para tener derecho a
la recompensa? Porque de él, por él y para él existe todo” (Rm 11); “Tú eres
Pedro y sobre esta piedra edificaré la Iglesia, y el poder del infierno no la
derrotará” (Mt 16). Dios confía en mí. Toda mi confianza está en Dios.
PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO
- Hermanos
y hermanas, a la luz de todo esto (curación de la hija de la cananea) podemos
hacernos algunas preguntas. A partir del “cambio de Jesús”, por ejemplo:
¿yo soy capaz de cambiar de opinión? ¿Sé ser comprensivo, sé ser compasivo o
permanezco rígido en mis posiciones? ¿En mi corazón hay algo de
rigidez? Que no es firmeza: la rigidez es mala, la firmeza es buena. Y a
partir de la “fe de la mujer”: ¿cómo es mi fe? ¿Se detiene en conceptos y
palabras o es realmente vivida con la oración y las acciones? ¿Sé dialogar con
el Señor, sé insistir con Él, o me conformo con recitar cualquier fórmula
hermosa? Que la Virgen nos haga disponibles al bien y concretos en la fe.”
(Angelus, 20 de agosto de 2023)
(27.08.23)
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