LO TRIBUTARIO (n.º 1157)
ISyD: 2) delimitación del hecho imponible (1)
Sin origen ni trascendencia académica, “desde siempre” se ha considerado que tanto el ITP como el ISyD son “impuestos jurídicos” porque su regulación se refiere a hechos, actos o negocios con calificación jurídica según lo establecido en el Derecho común. Esto obliga a señalar las diferencias que, a veces llegan al segundo grado. Así, el IGTE desde 1964 y el IVA desde 1986 se refieren a entregas y servicios y, la doctrina se ocupó de inmediato en aclarar que “entrega” (concepto económico) no es “transmisión” (concepto jurídico). El segundo grado de aclaración se ha producido en el IVA cuando la doctrina del TJUE ha señalado que “entrega” (en teoría, la transmisión del poder de disposición sobre una cosa) es algo más amplio que lo que se creía (cf. AN 11,07.24: En el IVA entrega no equivale a transmisión de la propiedad). En todo caso, el artículo 7 RISyD precisa la diferencia entre interpretación (art. 4 Cc y art. 12 LGT) y calificación (art. 13 LGT) cuando establece que el ISyD se exigirá con arreglo a la verdadera naturaleza del acto o contrato que sea causa de la adquisición, cualquiera que sea la forma elegida o la denominación utilizada por los interesados, prescindiendo de los defectos intrínsecos o de forma que puedan afectar a su validez y eficacia, sin perjuicio del derecho la devolución en los casos que proceda.
El carácter jurídico del ISyD parecía exigir el más cuidadoso rigor en el respeto a los principios del Estado de Derecho. Se puede dudar de esa apreciación cuando se comprueba los “excesos” que el desarrollo reglamentario tiene respecto de la ley del tributo contra el principio de reserva de (art. 8 LGT) que exige regular por ley el hecho imponible, el devengo, la base imponible y liquidable…
Como el hecho imponible (art. 3 LISyD) se refiere a la adquisición de bienes o derechos por sucesión o donación y a la percepción de cantidades por seguro de vida , el artículo 2 RISyD define qué se entiende por incremento de patrimonio a esos efectos. Sin rubor jurídico, los artículos 3 y 4 RISyD regulan supuestos de no sujeción (los premios en juegos autorizados; las subvenciones, becas…, lo recibido por un contrato de trabajo; las prestaciones a beneficiario de Planes y fondos de Pe4nsiones que esté sujetas al IRPF; lo percibido por un contrato de seguro sobre la vida cuando garantiza el pago de una deuda anterior; y en general, lo gravado por el IRPF). Y lo mismo ocurre con las aclaraciones “normativas” de otros términos legales. Así, respecto de las adquisiciones a título sucesorio el artículo 10.2 RISyD establece que se entenderán realizadas el día del fallecimiento del causante, por lo que para exigir el impuesto bastará que esté probado el hecho originario de la transmisión, aunque no se haya formalizado ni presentado a liquidación los documentos, inventarios o particiones. El artículo 11 RISyD dice que se”entre otros” son “títulos sucesorios” a efectos del impuesto, además de la herencia y el legado, la donación “mortis causa”, los contratos o pactos sucesorios, los que atribuyan el derecho a la percepción de las cantidades que las empresas entreguen a los familiares de miembros o empleados fallecidos, si no está dispuesto expresamente que deben tributar por el IRPF, los que atribuyan el derecho a la percepción de cantidades asignadas por testadores a los albaceas en cuanto excedan de lo establecido por los usos y costumbres o del 10% del valor comprobado del caudal hereditario. El artículo 12 RISyD regula que, “entre otros”, se consideran negocios jurídicos gratuitos e “inter vivos”, a los efectos de este impuesto, la condonación de deuda total o parcial con ánimo de liberalidad, la renuncia de derechos a favor de persona determinada, la asunción liberatoria de la deuda de otro sin contraprestación, salvo lo regulad para la deducción de deudas del donante (art. 37 RISyD), el desistimiento o el allanamiento en juicio o arbitraje en favor de la otra parte con ánimo de liberalidad y la transacción de la que resulte renuncia, desistimiento o allanamiento con dicho ánimo, el seguro sobre la vida para el caso de sobrevivencia del asegurado y el seguro individual para el fallecimiento del asegurado que sea persona distinta del contratante, cuando el beneficiario también lo sea. El art. 13 RISyD incluye en el hecho imponible lo obtenido de seguro de accidentes si hay fallecimiento.
DE LO HUMANO A LO DIVINO
Unos compañeros de su ideología han colectado el importe para el pago de la multa impuesta en la condena penal. Tributará por ello. La cuestión es razonar si por IRPF, o por ISyD en cuanto acepte.
Tiempo Ordinario. Se acaba enero y, durante la marcha de los días, en el camino vital para llegar al cielo, ya se ha perdido el sabor agradable de las fiestas navideñas. Porque en el mundo el tiempo pasa y, los paisajes, los sonidos y los sabores: “Si alguno ama al mundo, el amor del Padre no está en él. Porque todo lo que hay en el mundo -la concupiscencia de la carne, la concupiscencia de lo ojos y la arrogancia de los bienes terrenos-no procede del Padre, sino del mundo. Y el mundo es pasajero, y también sus concupiscencias; pero quien cumple la voluntad de Dios permanece para siempre” (1 Jn 2, 15-.17). “Lo sembrado entre espinos es el que oye la palabra, pero las preocupaciones de este mundo y la seducción de las riquezas ahogan la apalabra y queda estéril” (Mt 13,22).
“No temas que te he redimido y te he llamado por tu nombre: tú eres mío. Si atravesaras `pr aguas, estaría contigo; si por ríos, no te anegarían. Si caminaras por el fuego, no te quemaría, ni te abrasarían las llamas, porque Yo soy el Señor, tu Dios… Yo, Yo soy quien borra tus delitos por Mi mismo, y no recordaré tus pecados” (Is 43,1-2.25)
“Los fariseos al oír que había hecho callar a los saduceos, se pusieron de acuerdo, y uno de ellos, doctor de la ley, le preguntó ara tentarle: - Maestro, ¿cuál es el mandamiento principal de la Ley? Él le respondió: - Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón y con toda tu alma y con toda tu mente. Éste es el mayor y primer mandamiento. El segundo es como éste: Amarás a tu prójimo como a ti mismo. De estos dos mandamientos dependen toda la Ley y los profetas” (Mt 22,24-40). “Un mandamiento nuevo os doy: que os améis unos a otros. Como yo os he amado, amaos también unos a otros. En esto conocerán todos que sois mis discípulos, si os tenéis amor unos a otros” (Jn 13,34-35).
“Que la caridad esté libre de hipocresía, abominando el mal, adhiriéndoos al bien; amándoos de corazón unos a otros con el amor fraterno; honrando cada uno a los otros más que a sí mismo; diligentes en el deber, fervorosos en el espíritu, servidores del Señor; alegres en la esperanza, pacientes en la tribulación; compartiendo las necesidades de los santos, procurando practicar la hospitalidad. Bendecid a los que os persiguen; bendecidlos y no los maldigáis. Alegraos con los que se alegran, llorad con los que lloran. Tened los mismos sentimientos los unos hacia los otros, sin dejaros llevar por pensamientos soberbios, sino acomodándoos a las cosas humildes. No os tengáis por sabios ante vosotros mismos. No devolváis a nadie mal por mal: buscad hacer el bien delante de todos los hombres. Si es posible, en lo que está de vuestra parte, vivid en paz con todos los hombres. No os venguéis, queridísimos, sino dejad el castigo en manos de Dios… No te dejes vencer por el mal; al contrario, vence el mal con el bien” (Rm 12, 9-19.21)
“Las heridas que su cuerpo recibió nos dejan ver los secretos de su corazón; nos dejan ver el gran misterio de piedad, nos dejan ver la entrañable misericordia de nuestro Dios, por la que no ha visitado el sol que nace de lo alto. ¿Qué dificultad hay en admitir que tus llagan nos dejan ver tus entraña? No podría hallarse otro medio mas claro que estas tus llagas para comprender que tú, Señor, eres bueno y clemente y rico en misericordia. Nadie tiene una misericordia más grande que el que da su vida por los sentenciados a muerte y a la condenación” (San Bernardo, sermón 61)
“El trabajo nos urge, / nos concentra y astilla. / Poco a poco, la muerte / nos hiere y purifica. / Señor del universo, / con el hombre te alias./ En nuestra actividad, / tu fuerza cómo vibra. / Señor de los minutos, / intensa compañía. / gracias por los instantes / que lo eterno nos hilan. / Gracias por esta pausa / contigo en la fatiga. / Contigo en la alegría.” (himno, Hora intermedia; jueves III)
LA
HOJA SEMANAL
(del 26 al 31 de enero de 2026)
Lunes (26)
Santos Timoteo y Tito, obispos (3ª TO)
Palabras: “Comed lo que os pongan, curad a los enfermos que haya… (Lc 10,8-9)
Reflexión: .. y decid: “Está cerca de vosotros el reino de Dios”
Propósito, durante el día: Señor, que hable contigo; que hable de Ti
Martes
(27)
Santa Ángela de Mérici, virgen (3ª TO)
Palabra: “El que cumple la voluntad de Dios, ése es mi hermano… (Mc 3,35)
Reflexión: … y mi hermana y mi madre”
Propósito, durante el día: Señor, aleja de mí lo que me aparte de Ti
Miércoles
(28)
Santo Tomás de Aquino, presbítero y doctor de la Iglesia (3ª TO)
Palabras: “Los que reciben la simiente en tierra buena; escuchan la palabra, ... (Mc 4,20)
Reflexión: … la aceptan y dan una cosecha del treinta o del sesenta o del ciento por uno”
Propósito, durante el día: Señor, que te escuche, que te recuerde que me dirija por tu amor
Jueves
(29)
San Valero de Zaragoza, obispo (3ª TO)
Palabras: La medida que uséis la usarán con vosotros y con creces…” (Mc 4,24)
Reflexión: … Porque al que tiene se le dará, y al que no tiene se le quitará hasta lo que tiene”
Propósito, durante el día: Señor, todo lo mío es tuyo, dispón de mí. Hágase tu voluntad
Viernes
(30)
Santa Jacinta Mariscotti, virgen (3ª TO) (día de abstinencia)
Palabras: “Todo se lo exponía con parábolas, pero a sus discípulos… (Mc 4,34)
Reflexión: … se lo explicaba todo en privado”
Propósito, durante el día: Señor, que vea lo que quieres. Señor, que sea como Tu quieres
Sábado
(31)
San Juan Bosco, presbítero y fundador (3ª TO)
Palabras: “¿Por qué sois tan cobardes? ¿Aún no tenéis fe? Se quedaron espantados… (Mc 4,40)
Reflexión: y se decían unos a otros: ¿Pero quién es éste? ¡Hasta el viento y las aguas le obedecen!”
Propósito, durante el día: ¡La Madre de Dios es mi Madre!
(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)
Las lecturas del día 25, domingo (3º Tiempo Ordinario, Conversión de san Pablo, ciclo A) llaman a luz de la apalabra de Dios: “El pueblo que caminaba en tinieblas vio una luz grande” (Is 8); “Porque no me envió Cristo a bautizar, sino a anunciar el Evangelio, y no con sabiduría de palabras, para no hacer ineficaz la cruz de Cristo” (1 Co 1); “Entonces comenzó Jesús a predicar diciendo: - Convertíos, porque está cerca el reino de los cielos” (Mt 4). Tiempo de escucha, de reflexión y obrar
PALABRAS DEL PAPA LEÓN XIV
- “Nuestra alegría y nuestra grandeza no se basan en ilusiones pasajeras de éxito y de fama, sino en sabernos amados y deseados por nuestro Padre que está en los cielos. El amor del que nos habla Jesús es el de un Dios que aún hoy viene entre nosotros, no para sorprendernos con efectos especiales, sino para compartir nuestro esfuerzo y asumir nuestras cargas, revelándonos quiénes somos realmente y cuánto valemos a sus ojos. Queridos hermanos, no nos dejemos distraer ante su paso. No malgastemos tiempo y energías persiguiendo lo que es mera apariencia. Aprendamos de Juan el Bautista a mantener alerta el espíritu, amando las cosas sencillas y las palabras sinceras, viviendo con sobriedad y profundidad de mente y de corazón, conformándonos con lo necesario y encontrando cada día, en cuanto sea posible, un momento especial en el que detenernos en silencio para rezar, reflexionar, escuchar; en definitiva, para “ir al desierto”, y allí encontrarnos con el Señor y estar con Él. Que nos ayude en esto la Virgen María, modelo de sencillez, sabiduría y humildad.” (Angelus, 18 de enero de 2026)
- “Gracias a Jesús conocemos a Dios tal como Él nos conoce (cf. Ga 4,9; 1 Co 13,13). De hecho, en Cristo, Dios se nos ha comunicado a sí mismo y, al mismo tiempo, nos ha revelado nuestra verdadera identidad de hijos creados a imagen del Verbo. Este “Verbo eterno ilumina a todos los hombres” (DV, 4) revelando su verdad en la mirada del Padre: “Tu Padre, que ve en lo secreto, te recompensará” (Mt 6,4.6.8), dice Jesús; y añade que “el Padre conoce nuestras necesidades” (cf. Mt 6,32). Jesucristo es el lugar en el que reconocemos la verdad de Dios Padre, al tiempo que nos descubrimos conocidos por Él como hijos en el Hijo, llamados a un mismo destino de vida plena.” (Audiencia general. 21 de enero de 2026)
(25.01.26)