LO TRIBUTARIO (nº º1031)

Ciencia de la Hacienda: 53) la prueba; (7) los sujetos

El anciano tributarista se disgustaba cuando leía en el crucigrama: tipo de “impuesto”, y había que escribir “tasa”, porque uno y otra son tributos, y ésta no es un tipo de aquél. En la aplicación de los tributos se exige al que debe contribuir que conozca y distinga los términos fiscales: no sujeción y exención, deducción y reducción, base imponible y liquidable, imputación y atribución; ya es para nota y debate: tipo efectivo, tipo medio, tipo marginal. Y con general confusión: declaración, declaración-liquidación y autoliquidación. En el origen, los contribuyentes y lo que debían pagar estaba escrito en listas que hacía la Hacienda recaudadora; luego, se exigía declarar hechos y cantidades y se debía hacer con veracidad, integridad y exactitud y en la LGT/1963 la “infracción de omisión” se tipificaba en no declarar o hacerlo de forma incompleta o inexacta; y el respeto al Estado de Derecho determinaba la presunción legal de veracidad de lo declarado, porque presumir que era inveraz era presumir la culpa. Con la nefasta Ley 10/1985 cambió la tipificación de la infracción que pasó a ser “no ingresar en plazo” el importe que debía resultar de la autoliquidación. La deficiente legalidad obligó a revisar el tratamiento de los ingresos extemporáneos espontáneos (sin requerimiento administrativo) y la obsesión recaudatoria llevó a introducir la infracción de no avisar de que la autoliquidación espontánea era extemporánea. La LGT/2003 deterioró las garantías de los contribuyentes: lo declarado se presumía cierto sólo para el que declaraba, pero se presumía cierto lo que terceros declaraban sobre él, a no ser que protestara por inexactitud (art. 108.4 LGT); y desapareció la presunción legal de buena fe de los contribuyentes establecida en la Ley 1/1998 (art. 33 LDGC).

En la consideración de la prueba en la aplicación de los tributos es jurídicamente inevitable relacionar las obligaciones tributarias y las consecuencias de su cumplimiento. Empezando por la generalización de las autoliquidaciones (y las declaraciones-liquidaciones del IVA) que obligan a los administrados a ser expertos tributarios y que pueden ser sancionador aunque declaren la verdad de los hechos, “por no ingresar en plazo” el importe resultante de la calificación jurídica de los hechos y de las operaciones propias de la técnica de liquidación tributaria. Los requerimientos de información son masivos sobre los propios hechos o sobre los de terceros, pero a pesar de esa inmensa información en poder de la Administración se obliga a probar los hechos cuando así se requiera y las facturas, aunque en sí mimas son un medio de prueba, porque es prioritario, pero no privilegiado, obligan a probar la realidad de su contenido (art. 107 LGT). Ciertamente un tributo no es una sanción, pero, en algunos casos, requerir información puede ser obligar a la autoinculpación (contra art. 24 CE). Y mantener que al tiempo de un recurso no se puede aportar pruebas que no se aportaron en la comprobación ha sido una pretensión de la Administración rigurosamente reprochada por las sentencias de los tribunales.

Desde luego, no hay pericia sobre el Derecho, pero si se niega la prueba por dictámenes jurídicos o contables profesionales porque son retribuidos, con igual o mayor motivo hay que desechar el valor probatorio de los fundamentos de actos e informes administrativos que son objeto de incentivos económicos. No se diga otra cosa de las calificaciones de los peritos judiciales “de la Hacienda” en los delitos fiscales. En todo, lo más grave es la sanción al contribuyente que yerra y la impunidad de la Administración y de sus empleados en actos anulados por haber sido realizados contra Derecho.

DE LO HUMANO A LO DIVINO

Dictadura es una forma de gobierno en la que se prescinde de la soberanía popular tanto en la aprobación de las leyes como en el control de las acciones del gobierno del dictador.

Tiempo Ordinario. El cristiano se debe mantener animoso en su camino hacia el cielo, porque sabe que Dios es su Padre: “No temas, que Yo estoy contigo, no desmayes, que Yo soy tu Dios ,.. Te daré fuerzas, te socorreré, te sostendré con mi diestra victoriosa… No temas, que te he redimido y te he llamado por tu nombre: tú eres mío… Yo, Yo soy quien borra tus delitos por Mi mismo, y no recordaré tus pecados… ¿Es que puede una mujer olvidarse de su niño de pecho, no compadecerse del hijo de sus entrañas ¡Pues, aunque ellas se olvidaran, Yo no te olvidaré!... Aunque se aparten los montes y vacilen las colinas, mi amor no se apartará de ti, … ¡Pero tú eres nuestro Padre! Aunque Abrahán ya no nos conozca e Israel nos ignore, ¡Tú, Señor, eres nuestro Padre, nuestro Redentor! Tu nombre es eterno… Nunca se oyó, ni oído escuchó ni ojo vio a un Dios fuera de Ti, que haga tanto con quien espera en Él. Tú sales al encuentro de quien se goza en hacer justicia, de los que se acuerdan de tus caminos… Pero ahora, Señor, Tú eres nuestro Padre; nosotros el barro, Tú nuestro alfarero, y todos nosotros la obra de tus manos… Como alguien a quien su madre consuela, así os consolaré” (Is 41,10; 43, 1,25; 49, 15; 54,10; 63,16; 64,3-4,7; 66,13).

Tiempo de ángeles. Litúrgicamente reunidos en el 29 de septiembre los tres arcángeles, Miguel, Gabriel y Rafael, celebramos también, cada uno, nuestro ángel custodio, el 2 de octubre. “Yo mandaré un ángel delante de ti que te defienda en el camino y te haga llegar al lugar que te he dispuesto. Obedécele y escucha su voz (Ex 23,20).

Envía a sus ángeles cerca de ti, dice el salmo para que te guarden en todos tus caminos. Por eso mismo hemo de venir con más cuidado, ya que no habría tanta solicitud por nosotros en el cielo si no nos viesen tan necesitados. No pondrían tantos guardianes si no fuera tanta la asechanza …” (sermón 11 sobre el salmo 90). “A sus ángeles ha dado órdenes para que te guarden en tus caminos. Estas palabras deben inspirarte una gran reverencia, deben infundirte una gran devoción y conferirte una gran confianza. Reverencia por la presencia de los ángeles, devoción por su benevolencia, confianza por su custodia. Porque ellos están presentes junto a ti, y lo están por tu bien. Están presentes para protegerte, lo están en beneficio tuyo. Y, aunque los están porque Dios les ha dado esta orden no por ello debemos de dejar de estarles agradecidos, pues cumplen con tanto amor esta orden y nos ayudan en nuestras necesidades. Que son tan grandes…” (san Bernardo, sermón 12 sobre el salmo “Qui hábitat”)

Y la poesía litúrgica. “Ángel santo de la guarda, / compañero de mi vida, / tú que nunca me abandonas ni de noche ni de día. / Aunque espíritu invisible, / sé que ta hallas a mi lado, / escuchas mis oraciones y cuentas todos mis pasos. / En las sombras de la noche, / me defiendes del demonio, / tendiendo sobre mi pecho / tus alas de nácar y oro. / Ángel de Dios, que yo escuche / tu mensaje y que lo siga / que vaya siempre contigo / hacia Dios, que me lo envía. / Testigo de lo invisible, / presencia de cielo amiga, / gracias por tu fiel custodia, / gracias por tu compañía. / En presencia de los ángeles, / suba al cielo nuestro canto: / gloria al Padre, gloria al Hijo, / gloria al espíritu Santo” Amén

Ten confianza con tu Ángel Custodio. – Trátalo como un entrañable amigo -lo es- y él sabrá hacerte mil servicios en los asuntos ordinarios de cada día” (Camino 562). Trátalo por el nombre que habéis convenido; pídele que interceda con el ángel de tu interlocutor.

LA HOJA SEMANAL
(del 23 al 28 de septiembre)

Lunes (23)

San Pío de Peietrelcina, presbítero (25ª TO)
Palabras: “Al que tiene se le dará, al que no tiene … (Lc 8,18)
Reflexión: … se le quitará hasta lo que cree tener”
Propósito, durante el día: Señor, todo lo que tengo es tuyo, tú me lo diste

Martes (24)

Nuestra Señora de la Merced
Palabras: “¡Bendita tú entre las mujeres, y bendito el fruto de tu vientre” (Lc 1,42)
Reflexión: María dijo: Se alegra mi espíritu en Dios, mi salvador
Propósito, durante el día: Reina y Madre de misericordia, muéstranos a Jesús

Miércoles (25)

San Pablo y compañeros mártires (Nª Sª de la Fuencisla) (25ª TO)
Palabras: “Se pusieron en camino y fueron de aldea en aldea… (Lc 9,6)
Reflexión: … anunciando el Evangelio y curando en todas partes”
Propósito, durante el día: Señor, dame amor de tu amor para que yo dé amor

Jueves (26)

Santos Cosme y Damián, mártires (25ª TO)
Palabras: “Herodes tenía ganas de ver a Jesús” (Lc 9, 9)
Reflexión: A Juan lo mandé decapitar yo, ¿quién es éste del que oigo semejantes cosas?
Propósito, durante el día: Señor, que te busque, que te encuentre, que te ame

Viernes (27)

San Vicente de Paúl, presbítero (25ª TO) (día de abstinencia)
Palabras: “¿Y vosotros quién decís que soy yo? (Lc 9,20)
Reflexión: … Pedro tomó la palabra y dijo: - El Mesías de Dios”
Propósito, durante el día: Señor, creo que estás aquí, te adoro, te pido perdón y gracia

Sábado (28)

San Wenceslao, mártir (25ª TO)
Palabras: “Al Hijo del hombre lo van a entregar en manos de los hombres” (Lc 9,44)
Reflexión: Pero ellos no entendían ese lenguaje ... Les daba miedo preguntar
Propósito, durante el día: ¡María es mi Madre! ¡La Madre de Dios es mi Madre!

(la reflexión y el propósito los fija cada uno, claro)

Las lecturas del día 22, domingo (25º TO, ciclo B) nos animan a confiar en Dios, siempre y en todo: “Dijeron los impíos: Acechemos al justo, que nos resulta incómodo: se opone a nuestras acciones, nos echa en cara nuestros pecados, nos reprende nuestra educación errada” (Sb 2); “No tenéis porque no pedís. Pedís y no recibís, porque pedís mal, para dar satisfacción a vuestras pasiones” (St 3); “Quien quiera ser el primero que sea el último de todos y el servidor de todos” (Mc 9). Adultos, jóvenes, seamos como niños, confiados en nuestro Padre, seguros con nuestra Madre, acompañados del ángel.

PALABRAS DEL PAPA FRANCISCO

- “En efecto, también nosotros hemos aprendido algo sobre Dios, conocemos la doctrina, rezamos las oraciones de manera correcta y, tal vez, a la pregunta de “¿quién es Jesús para ti?” respondemos bien, con alguna fórmula que hemos aprendido del catecismo. Pero, ¿estamos seguros de que esto significa conocer realmente a Jesús? En realidad, para conocer al Señor no basta con saber algo de Él, sino que es necesario seguirlo, dejarse tocar y cambiar por su Evangelio. Se trata de tener con Él una relación, un encuentro. Yo puedo conocer muchas cosas de Jesús, pero si no lo he encontrado, entonces yo no sé quién es Jesús. Es necesario este encuentro que cambia la vida: cambia el modo de ser, cambia el modo de pensar, cambia las relaciones que tienes con los hermanos, la disposición a acoger y a perdonar, cambia las elecciones que haces en la vida. ¡Todo cambia si realmente has conocido a Jesús! Todo cambia.” (Angelus, 15 de setiembre de 2024)

-“El cambio de sexo… 60. La dignidad del cuerpo no puede considerarse inferior a la de la persona como tal…En este sentido, hay que recordar que el cuerpo humano participa de la dignidad de la persona, ya que está dotado de significados personales, especialmente en su condición sexual. Es en el cuerpo, de hecho, donde cada persona se reconoce generada por los demás, y es a través de su cuerpo que el varón y la mujer pueden establecer una relación de amor capaz de generar a otras personas… De ahí que toda operación de cambio de sexo, por regla general, corra el riesgo de atentar contra la dignidad única que la persona ha recibido desde el momento de la concepción. Esto no significa que se excluya la posibilidad que una persona afectada por anomalías genitales, que ya son evidentes al nacer o que se desarrollan posteriormente, pueda optar por recibir asistencia médica con el objetivo de resolver esas anomalías. En este caso, la operación no constituiría un cambio de sexo en el sentido que aquí se entiende.

- La violencia digital… 61. Los medios de comunicación digitales pueden exponer al riesgo de dependencia, de aislamiento y de progresiva pérdida de contacto con la realidad concreta, obstaculizando el desarrollo de relaciones interpersonales auténticas. Nuevas formas de violencia se difunden mediante los “social media”, por ejemplo el ciberacoso; la “web” también es un canal de difusión de la pornografía y de explotación de las personas para fines sexuales o mediante el juego de azar”… Estas tendencias representan el lado oscuro del progreso digital.

(El Sumo Pontífice Francisco, en la Audiencia concedida al suscrito Prefecto junto al Secretario para la Sección Doctrinal del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el día de 25 marzo de 2024, ha aprobado la presente Declaración, decidida en la Sesión Ordinaria de este Dicasterio con fecha 28 de febrero de 2024, y ha ordenado su publicación. Dado en Roma, en la sede del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el 2 de abril de 2024, 19° aniversario de la muerte de san Juan Pablo II. Víctor Manuel Card. Fernández. Prefecto)

(22.09.24) 

No hay comentarios:

Publicar un comentario